Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 07/10/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
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Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
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Director: JULIO RENE SOTELO
Nº 17017F10
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Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXI

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 32 PAGINAS

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, LUNES 07 DE OCTUBRE DE 2013

DECRETOS
DECRETO Nº 1970
Resistencia, 10 septiembre 2013
VISTO:
La Ley N 7269 y el Decreto 1449/13; y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 2 de la Ley mencionada se modificó el Artículo 13 bis de la Ley N 2017 -de factoy sus modificatorias -Estatuto para el personal de la Administración Pública Provincial-, quedando establecido que las vacantes producidas por acogimiento al beneficio previsional o fallecimiento de agentes de la Administración Pública del Poder Ejecutivo, que hayan sido soldados combatientes de la Guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur, serán cubiertas por un familiar de primer grado de consanguinidad mediante concurso de antecedentes y oposición;
Que por Decreto 1449/13 se promulgó la Ley antes mencionada;
Que por lo antes mencionado es necesario aprobar el Reglamento del Procedimiento de Concurso de Antecedentes y Oposición para el ingreso a planta permanente de un familiar de primer grado de consanguinidad de los soldados combatientes en la Guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Apruébese el Reglamento del Procedimiento de Concurso de Antecedentes y Oposición, que como Anexo I
forma parte del presente Decreto, para el ingreso a planta permanente de las personas que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 7269, en los organismos cuyo personal se rija por la Ley N 2017 "de facto" -t.v.-, en el nivel inferior del cargo mínimo escalafonario que corresponda.
Artículo 2: Apruébense el FORMULARIO DE DESCRIPCIÓN DE PUESTO DE TRABAJO y el FORMULARIO DE
INSCRIPCIÓN que como Anexos II y III respectivamente, forman parte del presente Decreto.
Artículo 3: Facúltese a la Subsecretaría Gobierno, Justicia y Culto, a actuar como autoridad de aplicación y coordinación del presente Decreto, pudiendo además emitir instructivos, definir procedimientos, criterios y formularios, así como toda otra herramienta que fuere menester para asegurar el fiel cumplimiento del proceso.
Artículo 4: Determínese que los gastos ocasionados en cumplimiento de lo establecido por este Decreto, serán soportados por el organismo que propicia el llamado a Concurso.
Artículo 5: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Verbeek s/c.
E:7/10/13
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DECRETO Nº 2011
Resistencia, 12 septiembre 2013
VISTO:
La actuación simple N E4-2013-5986/A y los Decretos, N 780/10 y N 248/12;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 780/10 se creó el Fideicomiso de Cancelación de Deudas con el objeto de gestionar activos y cancelar las deudas que el Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos de la Provincia manten-

EDICION N 9.557

ga con proveedores de medicamentos e insumos hospitalarios del Ministerio de Salud Pública;
Que por su parte el Ministerio de Salud Pública ha manifestado su interés en adherirse al "Fideicomiso de Cancelación de Deudas" como fiduciante y beneficiario, efectuando aportes con destino a la adquisición de equipamiento, medicamentos e insumos hospitalarios para abastecer los distintos establecimientos sanitarios situados en la provincia y cumplir con eficacia el fin último de este Ministerio que es garantizar el acceso a la salud;
Que en función de lo expuesto resulta necesario readecuar el objeto del "Fideicomiso de Cancelación de Deudas" a los fines propuestos por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia del Chaco, aceptando su incorporación al mismo como fiduciante y beneficiario, como así también ampliar el plazo del mismo;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Incorpórese al Ministerio de Salud Pública de la Provincia del Chaco como fiduciante y beneficiario del "Fideicomiso de Cancelación de Deudas", en virtud de los motivos expuestos en los Considerandos del presente Decreto.
Artículo 2: Amplíase el objeto del "Fideicomiso de Cancelación de Deudas" a la adquisición de equipamientos, medicamentos e insumos hospitalarios conforme las instrucciones que imparta el Ministerio de Salud Pública de la Provincia del Chaco en su rol de fiduciante".
Artículo 3: Incorpórese al Ministerio de Salud Pública de la Provincia del Chaco al Anexo N I del Decreto N 248/12, como fiduciante y beneficiario del "Fideicomiso de Cancelación de Deudas".
Artículo 4: Establézcase que el plazo mencionado en el Decreto N 780/10 se ampliará por el término de cinco 5 años a contar desde la fecha de suscripción de la Addenda, extinguiéndose una vez cumplido este plazo o el objeto, lo que ocurra primero. Este plazo podrá ser prorrogado a los fines del cumplimiento del objeto. De conformidad a lo preceptuado por el Artículo 25 inc. b de la Ley N 24.441, el/los fiduciante/s podrán revocar el fideicomiso con anterioridad al cumplimiento del plazo previsto. Una vez extinguido, el fiduciario procederá a otorgar los instrumentos necesarios para transmitir el patrimonio que quedare como remanente al fideicomiso.
Artículo 5º: Establézcase que los aportes que se remitan al fiduciario con destino a la adquisición de equipamiento, medicamentos e insumos hospitalarios del Ministerio de Salud Pública serán imputados a la Jurisdicción 6 - Ministerio de Salud Pública, según la naturaleza del gasto correspondiente.
Artículo 6º: Apruébese el modelo de Addenda que forma parte del presente Decreto como Anexo I.
Artículo 7º: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese Fdo.: Capitanich / Muñoz Femenia / Morante s/c.
E:7/10/13

RESOLUCIONES
PROVINCIA DEL CHACO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
RESOLUCION Nº 0965
Resistencia, 27 septiembre 2013
VISTO:
El Decreto Nº 1059/13; y

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 07/10/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data07/10/2013

Conteggio pagine32

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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