Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 21/09/2011
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
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Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
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Director: Dr. JUAN CHAQUÍRES
Nº 17017F10
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Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LIX
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 44 PAGINAS
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, MIÉRCOLES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2011
DECRETOS
DECRETO Nº 1817
Resistencia, 09 septiembre 2011
VISTO:
La actuación simple N E5-2011-7400A del registro del Ministerio de Producción y Ambiente y agregados por cuerda expedientes N E5-2010-1687, E5-2010-1686
y E5-2010-1686; y CONSIDERANDO:
Que en expediente N E5-2010-1687 E consta Plan de Aprovechamiento de Cambio de Uso del Suelo en el predio constituido como Fracción Este, U. P. N 28, Subdivisión Legua B, Lote 22, Sección primera, Departamento Maipú Chaco, propiedad del señor Franco Sebastián Píccoli DNI N 30.039.947, con domicilio legal en calle San Lorenzo N 1624, Manzana 52, Parcela 2, Barrio Yapeyú, localidad Presidencia Roque Sáenz Peña Chaco;
Que en expediente N E5-2010-1686 E consta Plan de Aprovechamiento de Cambio de Uso del Suelo en el predio constituido como Parcela N 2, Circunscripción XIX, Subdivisión Legua B, Lote 22, Sección primera, Departamento Maipú Chaco, propiedad del señor Franco Sebastián Píccoli DNI N 30.039.947, con domicilio legal en calle San Lorenzo N 1624, Manzana 52, Parcela 2, Barrio Yapeyú, localidad Presidencia Roque Sáenz Peña Chaco;
Que en expediente N E5-2010-1685 E consta Plan de Aprovechamiento de Cambio de Uso del Suelo en el predio constituido como Fracción Sudoeste, U.P. N 38, Subdivisión Legua B, Lote 22, Sección primera Chaco, propiedad del señor Franco Sebastián Píccoli DNI N
30.039.947, con domicilio legal en calle San Lorenzo N
1624, Manzana 52, Parcela 2, Barrio Yapeyú, localidad Presidencia Roque Sáenz Peña Chaco;
Que los Planes de Cambio de Uso del Suelo conforman la presentación de documentación legal, técnica y un Estudio de Impacto Ambiental, por parte de los responsables según lo requerido por Ley N 26.331 de Presupuestos Mínimos de Bosques Nativos, Ley de Ordenamiento Territorial N 6.409, Decreto Reglamentario 932/10
y la Disposición N 039/10 de la Subsecretaría de Recursos Naturales del Ministerio de Producción y Ambiente;
Que de acuerdo a las facultades, otorgadas por la Ley de Bosques N 2.386 y por el Decreto N 932/10, la Dirección de Bosques, dependiente de la Subsecretaría de Recursos Naturales del Ministerio de Producción y Ambiente, aprobó los requerimientos técnicos y legales de los Planes mencionados precedentemente;
Que el Estudio de Impacto Ambiental EsIA es el documento técnico que tiene como objetivo predecir las consecuencias de la ejecución de un plan sobre el ambiente, establecer medidas de prevención, mitigación, corrección y/o compensación;
Que el mismo tiene por finalidad analizar los posibles impactos que se produzcan a raíz del plan de aprovechamiento de cambio de uso del suelo presentado y a su vez lograr que los mismos se generen con el menor impacto posible sobre el ambiente;
EDICION N 9.261
Que la Ley de Ordenamiento Territorial N 6409
establece que los Estudios de Impacto Ambiental EsIA
deben ser sometidos a un mecanismo con participación ciudadana, para garantizar a la población su intervención en los procesos de toma de decisión sobre actos administrativos, tal como lo instituye el Artículo 2, inciso c, de la Ley General del Ambiente N 25.675, el Artículo 26 de la Ley N 26331 y el acceso a la información pública ambiental del Artículo 41 de la Constitución Nacional;
Que de acuerdo a la envergadura de los intereses presentados en materia ambiental y a los efectos de garantizar una efectiva participación pública en las decisiones, resulta necesario habilitar un espacio institucional para que la ciudadanía en general participe en el proceso de toma de decisiones y que todo aquel que pueda verse afectado o tenga un interés particular o general, exprese su opinión sobre las cuestiones puestas en consulta Artículo 3, Anexo I, Decreto N 01/08;
Que el Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Provincial, aprobado por el Decreto N 01/08, es de aplicación en las audiencias públicas convocadas en el ámbito de la administración pública provincial;
Que el sistema de audiencias públicas consagrado por la Ley N 4.654 t.v. y el Decreto N 01/08, establece que la convocatoria a la audiencia pública se realizará por decreto y es el señor Gobernador de la Provincia del Chaco el que presidirá la misma, pudiendo éste designar a otros funcionarios que lo representen;
Que en tal virtud corresponde convocar a audiencia pública los Estudios de Impacto Ambiental de los Planes de Aprovechamiento del Cambio de Uso del Suelo de los predios identificados como Parcela N 2, Circunscripción XIX, Subdivisión Legua B, Lote 22, Sección primera, Departamento Maipú Chaco; Parcela N 2, Circunscripción XIX, Subdivisión Legua B, Lote 22, Sección primera, Departamento Maipú Chaco y Fracción Sudoeste, U. P. N 38, Subdivisión Legua B, Lote 22, Sección primera Chaco;
Que acorde al procedimiento establecido por el Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Provincial, regulado por el Anexo I del Decreto Reglamentario N 01/08, se propone habilitar por 20 días previos a la audiencia pública, el Registro para la inscripción de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que quieran hacer uso de la palabra en la audiencia y/o de incorporar al trámite documentación que se considere relevante;
Que la inscripción se efectuará hasta dos 02
días antes de la celebración de la audiencia pública en la Dirección de Bosques ubicada en Marcelo T. Alvear N
145, 3 piso, ciudad de Resistencia Chaco, en la Delegación de Bosques de la localidad de Presidencia Roque Sáenz Peña ubicada en Pellegrini N 445, 1 piso, de la misma ciudad o en cualquier Oficina Forestal de la Provincia del Chaco;
Que el Registro se pondrá en funcionamiento conforme a la legislación vigente y de acuerdo a lo que instrumente la autoridad de aplicación;
Que para garantizar un efectivo conocimiento por parte de la sociedad resulta indicado publicar durante