Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 06/07/2011
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
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Franqueo a pagar Registro de la 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
948.707
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Director: Dr. JUAN CHAQUÍRES
Nº 17017F10
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Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LIX
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 28 PAGINAS
RESISTENCIA, MIERCOLES 06 DE JULIO DE 2011
DECRETOS
DECRETO Nº 986
Resistencia, 18 mayo 2011
VISTO:
Las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo en el Artículo 141 de la Constitución Provincial 19571994; y CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo ha establecido para el ejercicio 2011 como política salarial, la pauta de incremento uniforme, para los diversos regímenes escalafonarios existentes en la Administración Pública Provincial, de un treinta y dos coma veinticinco por ciento 32,25% sobre las escalas salariales vigentes, en dos tramos, uno a partir de marzo y otro de julio del corriente año;
Que dicha política está en relación con los criterios de responsabilidad y sustentabilidad de las finanzas públicas provinciales;
Que a través del presente se propone otorgar el incremento mencionado para el personal jornalizado de la Administración Central y Organismos Descentralizados;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Fíjase, a partir de 01 de marzo de 2011, la retribución del personal jornalizado diario en los siguientes importes:
Oficial $ 88,10
Medio Oficial $ 85,43
Ayudante $ 82,13
Aprendiz $ 81,48
Artículo 2: Fíjase, a partir de 01 de julio de 2011, la retribución del personal jornalizado diario en los siguientes importes:
Oficial $ 101,32
Medio Oficial $ 98,25
Ayudante $ 94,45
Aprendiz $ 93,70
Artículo 3: Autorízase a la Dirección General de Finanzas y Programación Presupuestaria dependiente de la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas, en su carácter de órgano rector del sistema presupuestario, a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes para dar cumplimiento al incremento de erogaciones corrientes dispuesta en el presente.
Artículo 4: El presente Decreto será refrendado en acuerdo general de ministros.
Artículo 5: El gasto que demande la aplicación de la medida que se propicia será imputado a las jurisdiccio-
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.229
nes que correspondan, según la naturaleza del gasto.
Artículo 6: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Pedrini / Judis / Aguilar /
Orban / Bogado / Romero / Baquero s/c.
E:6/7/11
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DECRETO Nº 1163
Resistencia, 10 junio 2011
VISTO:
La Ley N 6476; y CONSIDERANDO:
Que dicha Ley aprueba el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial no Financiera, para el Ejercicio 2010;
Que en su Título IV, relativo al Presupuesto de Gastos y Recursos de las Entidades con Regímenes Institucionales Especiales, se autoriza al Poder Ejecutivo a aprobar por decreto el presupuesto de la jurisdicción 12-Lotería Chaqueña Presupuesto de Erogaciones, Recursos y Planta de Personal, correspondiente al Ejercicio 2010, así como las modificaciones que resulte necesario introducir a dicho presupuesto;
Que deben introducirse modificaciones finales en el presupuesto de este organismo, para el Ejercicio 2010, resultando necesario autorizar una compensación de partidas afectando parte del crédito disponible a las partidas que registraron insuficiencias, e incorporar partidas específicas para gastos financiados con recursos de la propia jurisdicción;
Que en función de lo señalado precedentemente es procedente el dictado del presente instrumento legal;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Autorícese una modificación del presupuesto de la jurisdicción 12-Lotería Chaqueña, Ejercicio Financiero 2010, de conformidad con la Planilla Anexa I que forma parte integrante del presente Decreto, y que totaliza aumentos por pesos treinta y dos millones quinientos sesenta y dos mil setecientos ochenta y tres con veintiún centavos $ 32.562.783,21 y disminuciones por pesos diecinueve millones sesenta y dos mil setecientos ochenta y tres con veintiún centavos $
19.062.783,21.
Artículo 2: Modifícase el Cálculo de Recursos de la jurisdicción 12-Lotería Chaqueña, Ejercicio 2010, de conformidad con la Planilla Anexa II que forma parte integrante del presente Decreto y que totaliza aumentos por pesos trece millones quinientos mil $ 13.500.000.
Artículo 3: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Aguilar s/c.
E:6/7/11