Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 03/02/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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Franqueo a pagar 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Registro de la 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
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S.C. G.
Director: Dr. JUAN CHAQUÍRES
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Correo Privado
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LVI

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 18 PAGINAS

RESISTENCIA, MIÉRCOLES 03 DE FEBRERO DE 2010

DECRETOS
DECRETO Nº 2695
Resistencia, 04 diciembre 2009
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo considera una acción prioritaria realizar la subasta de los bienes muebles del Estado en condiciones improductivas y antieconómicas, renovando su patrimonio con el producido de la venta mediante leasing y/o compras;
Que por Decretos N 968/09 y N 2346/09, se procedió a incorporar modificaciones al Régimen Patrimonial vigente, Decreto N 408/73 con la finalidad de actualizar la norma dándole mayor agilidad ante las diferentes situaciones en las que se encuentran los bienes muebles en el ámbito de la Administración Pública;
Que en el marco del Decreto N 408/73 t.v. se fueron desarrollando las acciones administrativas propias del proceso de remate, primeramente en el ámbito de la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas y con posterioridad y por imperio del Decreto N 2346/09, en la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Pública;
Que en este contexto, se conformó la Comisión Técnica Patrimonial, mediante Disposición N 47/09 en el ámbito de la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Pública;
Que asimismo, se procedió a formalizar la designación de los Martilleros que intervendrían en el proceso de subasta, mediante Disposición N 48/09 de la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Pública;
Que en base a datos aportados por las jurisdicciones sobre los vehículos en condiciones de ser incorporados a la subasta pública, la Comisión Técnica Patrimonial, luego de un minucioso análisis, procedió a confeccionar el listado de los muebles rodados que serán ofrecidos en remate público;
Que luego de la verificación por parte de la Comisión Técnica Patrimonial y Policial, surge la existencia de automotores que por su estado de desgaste y envejecimiento, ameritan su venta en calidad de chatarra o desarme procediendo a darlos de baja de los Registros Nacionales pertinentes;
Que a fin de agilizar a favor del comprador la transferencia de los bienes vendidos, a efectos de salvaguardar los intereses del estado en calidad de titular y de deslindar responsabilidades una vez aprobada la subasta, resulta conveniente facultar al responsable de la Dirección General de Gestión de Bienes dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Pública, a suscribir y/o firmar los formularios, documentos y actuaciones notariales pertinentes ante los organismos que correspondan;
Que la Comisión Técnica Patrimonial ha confeccionado la lista de bienes, debidamente clasificados e identificados por lotes, con su respectiva definición de precio base de oferta y condiciones de ventas a las que se sujetará la subasta pública;
Que a los efectos de diligenciar el presente trámite con la máxima celeridad posible, resulta procedente aplicar el plazo reducido establecido en el Decreto N
2195/01 ampliatorio del Decreto N 3566/77 t.v. y ratificado por su similar N 692/01, exceptuándolo del Artículo 130 de su similar Nº 408/73 t.v.;
Que a los fines de continuar con las acciones necesarias para llevar a cabo el remate de los bienes aludidos, corresponde el dictado del presente instrumento legal;

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.022

Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Autorízase a la Dirección General de Gestión de Bienes dependiente de la Subsecretaria de Coordinación y Gestión Pública, a proceder a dar de baja del Sistema Patrimonial Jurisdiccional de Primer Orden, que corresponda, los muebles rodados propiedad del Estado Provincial e indicados en Anexo I, que forma parte del presente Decreto, procediendo a la venta en remate oficial de los mismos, en un todo de acuerdo con los considerandos expuestos.
Artículo 2: Facúltese a la Dirección General de Gestión de Bienes dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Pública, a realizar las tramitaciones de baja de los vehículos detallados en Anexo II que forma parte del presente, ante los Organismos Nacionales y/o Municipales que correspondan.
Artículo 3: Apruébese la Lista de Bienes confeccionada por la Comisión Técnica Patrimonial de los vehículos a ser subastados, la cual contiene: numeración en lotes, identificación, descripción del bien y precios base y que como Anexo III forma parte del presente decreto.
Artículo 4: Apruébese el Pliego de Condiciones de Venta, a las cuales deberá sujetarse la subasta pública organizada por la Comisión Técnica Patrimonial, el que como Anexo IV forma parte del presente.
Artículo 5: Autorízase a la Dirección de Administración de la Gobernación a utilizar la cuenta del Nuevo Banco del Chaco S.A., N 14477/00 "Recaudaciones Gobernación"
para incorporar lo producido del remate, facultándose a la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Pública a realizar todas y cada una de las tramitaciones administrativas propias de la habilitación del Recurso y de la definición de la estructura de gastos del mismo, contemplando las partidas necesarias para nuevas adquisiciones mediante compras o leasing.
Artículo 6: Facúltese al responsable de la Dirección General de Gestión de Bienes dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Pública, a suscribir los formularios y actuaciones notariales necesarios a fin de concretar la transferencia, a favor del comprador de los rodados vendidos en la subasta pública, ante los organismos pertinentes.
Artículo 7: Determínase como fecha de realización del acto público de la subasta el día 17 de diciembre del 2009
a las 8:00 horas, y días posteriores de ser necesarios, el que se realizará en el Salón "General Obligado" de Casa de Gobierno de la Provincia del Chaco, sito en calle Marcelo T. de Alvear N 145, Planta Baja de esta ciudad, adoptando para la muestra o exhibición de los rodados, la modalidad virtual.
Artículo 8: Aplícase el plazo reducido para el presente diligenciamiento, según lo previsto en el Decreto N 2195/
01, ampliatorio del Decreto N 3566/77 t.v. y ratificado por su similar N 692/01, exceptuándolo del Artículo 130
del Decreto N 408/73 t.v..
Artículo 9: Autorízase a la Dirección de Administración de la Gobernación a abonar los gastos emergentes de la presente subasta, debiendo imputar los mismos a las partidas que correspondan según la naturaleza del gasto, en la Jurisdicción 02 - Gobernación.
Artículo 10: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Judis s/c.
E:3/2/10

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 03/02/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data03/02/2010

Conteggio pagine18

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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