Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 29/12/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Boletín Oficial Tarifa Res. N 408

SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
CASA DE GOBIERNO

S.C. G.

Director: Dr. ANTONIO LUIS MARTÍNEZ

Correo Privado Postal
Franqueo a pagar Cuenta N 17.100

Oficina Boletín Oficial: Julio A. Roca 227 Planta Alta AÑO XLIX

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, LUNES 29 DE DICIEMBRE DE 2003

LEYES
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE
RESOLUCIÓN Nº 1487
1º Insistir en la sanción original del proyecto de ley 5.276.
2 Regístrar la presente resolución, efectuar las comunicaciones pertinentes y oportunamente, proceder a su archivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil tres.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Juan Carlos Bacileff Ivanoff Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5.276
ARTÍCULO 1º: Modifícase el artículo 18 de la ley 5.174, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 18: Cada Consejo Regional estará constituido por las organizaciones o representaciones correspondientes a la región que constituye el ámbito territorial del Consejo y en cada caso, deberá proceder conforme lo determinan los siguientes incisos:
a Gobiernos Municipales: a través de la Unión Regional de Municipios en los términos de los artículos 38 y concordantes de esta ley y de los respectivos reglamentos.
b Organizaciones representativas o personas destacadas de la población residente: de conformidad con lo que establezca el Estatuto.
c Delegaciones o agencias de organismos o dependencias provinciales: de acuerdo con lo que determine el Director de la UCC en coordinación con las autoridades dcl Consejo Regional.
d Delegaciones o agencias de organismos o dependencias nacionales: del modo que acuerden con las autoridades del Consejo Regional y con la participación del Director de la UCC.
e Un representante de la UCC designado por su Director. El Director de la UCC podrá disponer la incorporación a cada Consejo Regional de representantes de las unidades sectoriales, en la medida que ello se justifique por razones de competencia y previa coordinación con las autoridades del respectivo Consejo Regional.
La Cámara de Diputados: a través de la Comisión de Asuntos Municipales, designará sus representantes en cada Consejo Regional, los que serán ratificados por el Cuerpo. Tendrán el carácter de observadores pudiendo participar en todas las instancias y deliberaciones sin derecho a Voto".

948.707

Tel. 03722 453520 - CTX Int. 03527

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 12 PAGINAS

Registro de la Propiedad Intelectual
EDICION N 8.125

ARTÍCULO 2º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil tres.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Irene Ada Dumrauf, Vicepresidente 1º DECRETO Nº 102
Resistencia, 18 diciembre 2003
VISTO:
La Sanción Legislativa Nº 5.296, vetada por el Poder Ejecutivo a través de la Nota Nº 092 de fecha 17 de noviembre del 2003; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1487 de fecha 03 de diciembre del 2003, la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco insiste en la sanción original del mencionado Proyecto de Ley;
Que en consecuencia, conforme a las disposiciones de la Constitución Provincial 1957-1994, en su artículo 118 y las emanadas de la Ley Nº 4647, procede su promulgación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: PROMULGASE y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la Sanción Legislativa Nº 5.276, cuya insistencia en su sanción original ha sido dispuesta por la Cámara de Diputados a través de la Resolución Nº 1487/
03, cuyas fotocopias autenticadas forman parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Nikisch / Grabow s/c.
E:29/12/03

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN N 84/03 Sala II
EXPTE. N 402150202-16.848-E
Aprueba la Rendición de Cuenta de la Municipalidad de Puerto Bermejo - Ejercicio 2002. Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 45, inc. a de la Ley N 4159 Orgánica del Tribunal de Cuentas.
Devuelve a la Municipalidad de Puerto Bermejo, los Libros y las documentaciones objeto del presente estudio.
RESOLUCIÓN N 85/03 Sala II
EXPTE. N 402040403-17.959-E
Libera de responsabilidad a los Sres. Rubén Argañaraz y Oscar Luis Soto, por los hechos objeto de la presente causa.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el art. 52 de la Ley N 4159
Orgánica del Tribunal de Cuentas.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 29/12/2003

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data29/12/2003

Conteggio pagine12

Numero di edizioni3256

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione10/06/2026

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