Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 29/10/2003
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Boletín Oficial Tarifa Res. N 408
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
CASA DE GOBIERNO
S.C. G.
Director: Dr.CARLOS EDUARDO CLAUDIANI
Correo Privado Postal
Franqueo a pagar Cuenta N 17.100
Oficina Boletín Oficial: Julio A. Roca 227 Planta Alta AÑO XLIX
RESISTENCIA, MIÉRCOLES 29 DE OCTUBRE DE 2003
LEYES
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5.262
ARTICULO 1º: Créase, en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Justicia y Trabajo de la Provincia, un registro de ex - empleados retirados a través de los Bonos para la Creación de Empleos en los Sectores Privados Provinciales BOCEP, que se hubieren adherido a la ley 3.900
y sus modificatorias.
ARTICULO 2: Establécese como requisitos para incorporarse en el presente registro los siguientes:
a Haber sido personal de planta permanente de los Poderes Legislativos, Ejecutivo o Judicial, Organismos Autárquicos o Descentralizados de la Provincia y Municipios;
b acreditar, mediante informes provenientes de la ANSES, AFIP y DGR encontrarse desocupado o no realizar actividad lucrativa alguna al momento de su registración;
c probar fehacientemente edad y años de servicio sujetos a aportes, que hayan prestado en la Administración Pública Provincial o Municipal.
ARTICULO 3º: El término de vigencia de la presente ley, será de treinta 30 días corridos a partir de la promulgación, siendo este plazo perentorio y establecido por única vez.
ARTICULO 4º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a un día del mes de octubre del año dos mil tres.
Pablo L. D. Bosch Carlos Urlich Secretario Presidente DECRETO Nº 2.207
Resistencia, 21 octubre 2003
VISTO:
La Sanción Legislativa Nº 5.262; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones Constitucionales, las emanadas de la Ley Nº 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: PROMULGASE y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la Sanción Legislativa Nº 5.262, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Rozas / Toledo s/c.
E:29/10/03
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN N 33/03 Ac. Plenario EXPTE. N 402070901-16387-E
Modifica el artículo 1º de la Resol. Sala II T.C. N 74/02, el que quedará redactado de la siguiente forma: Declarar
948.707
Tel. 03722 453520 - CTX Int. 03527
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 16 PAGINAS
Registro de la Propiedad Intelectual
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.100
responsables solidarios a los Sres. Roberto Pruncini, Alberto David Perea y José María Orieta, por los hechos verificados en la presente causa y condenándolos al resarcimiento patrimonial de la suma de Trescientos dos mil ochocientos cincuenta y siete pesos con 01/100 $
302.857,01; de conformidad a lo señalado en el Considerando 3, puntos a, b, c y d de la presente.
Hace saber a los responsables que el monto de condena deberá hacerse efectivo en este Tribunal de Cuentas, en el plazo previsto por el artículo 84 de la Ley N 4159, bajo apercibimiento de su ejecución judicial por conducto de la Fiscalía de Estado; para lo cual se le dará oportuna intervención conforme el artículo 86 del mismo cuerpo legal.
RESOLUCIÓN N 66/03 Sala II
EXPTE. N 402150202-16816-E
Aprueba la Rendición de Cuenta de la Municipalidad de Cote Lai - Ejercicio 2002.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 45º, inc. a de la Ley N 4159 Orgánica del Tribunal de Cuentas.
Devuelve a la Municipalidad de Cote Lai, los libros y las documentaciones objeto del presente estudio.
RESOLUCIÓN N 69/03 Sala II
EXPTE. N 402150202-16827-E
Aprueba la Rendición de Cuenta de la Municipalidad de La Clotilde - Ejercicio 2002.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 45, inc. a de la Ley N 4159 Orgánica del Tribunal de Cuentas.
Devuelve a la Municipalidad de La Clotilde, los libros y las documentaciones objeto del presente estudio.
RESOLUCIÓN N 73/03 Sala I
EXPTE. N 401150498-13159-E
Declara responsable al Sr. Antonio Kopovoy por los hechos objeto de la presente causa, condenándolo al resarcimiento patrimonial de la suma de Treinta y seis mil quinientos nueve pesos con 07/100 $ 36.509,07.
Formula observación con alcance de Reparo y aplicar una multa de Trescientos pesos $ 300 prevista en el Artículo 6 - Apartado 5 - Inciso a, Subinciso 4 de la Ley 4159, al Presidente del Consorcio Caminero N 34 La Clotilde - Sr. Antonio Kopovoy, con domicilio en La Clotilde - C.P. 3701.
Intima al responsable al pago de las sumas determinadas en los Artículos 1 y 2, en el plazo establecido en el Artículo 84 de la Ley N 4159. Vencido el mismo quedará constituido en mora.
Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el Artículo 86 de la Ley 4.159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del Artículo 3 de la presente.
RESOLUCIÓN N 74/03 Sala II
EXPTE. N 402271102-17.575-E
Aplica a la Sra. Intendente Municipal de Colonia Elisa, Dra.
Hilda Graciela Pereyra, una multa de Doscientos pesos $ 200; de acuerdo a lo establecido en el artículo 6, apartado 5, inciso a, subinciso 1 de la Ley N 4159, por no haber dado cumplimiento al emplazamiento efectuado por Requerimientos Nros. 166, 167, 180 y 226 de 2003.
Intima a la responsable al pago de la multa aplicada en el plazo establecido por el art. 84 de la Ley N 4159. Vencido el mismo, quedará constituida en mora.
Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86 de la Ley N 4159, para promover la