Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 12/07/2002
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Boletín Oficial Tarifa Res. N 408
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
CASA DE GOBIERNO
S.C. G.
Director: Dr.CARLOS EDUARDO CLAUDIANI
Correo Privado Postal
Franqueo a pagar Cuenta N 17.100
Oficina Boletín Oficial: Julio A. Roca 227 Planta Alta AÑO XLVIII
RESISTENCIA, VIERNES 12 DE JULIO DE 2002
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución Nº 63/02 Sala I
EXPTE. Nº 401040199-13.746-E
Modifica el Artículo 1º de la Resolución T.C.- Sala I Nº 31/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1º: Aprobar, a excepción de la suma de Un mil cincuenta pesos con 39/100 $ 1.050,39 que se deriva al área Juicio Administrativo de Responsabilidad, la Rendición de Cuentas del "In.S.S.Se.P. - Farmacia y Optica Social -S-Rendiciones de Cuentas - Ejercicio 1999", con el siguiente Movimiento de Fondos: INGRESOS: Ocho millones ochocientos once mil ochenta y dos pesos con 91/100 $8.811.082,91;
EGRESOS:Ocho millones cuarenta y cinco mil doscientos treinta y tres pesos con 01/100 $ 8.045.233,01
y un SALDO al 31/12/99 de Setecientos sesenta y cinco mil ochocientos cuarenta y nueve pesos con 90/
100 $ 765.849,90; de conformidad a lo determinado en el Resultando VI de la presente".
Resolución Nº 62/02 Sala I
EXPTE. Nº 401190201-15.809-E
Declara responsable al Ing. Leopoldo de Urrutia, por los hechos objeto de la presente causa, condenándolo al resarcimiento patrimonial de la suma de Tres mil trescientos treinta y cuatro pesos con 32/100 $ 3.334,32.
Intima al responsable al pago de la suma determinada en el Artículo 1º, en el plazo establecido en el Art. 84º de la Ley 4.159. Vencido el mismo, quedará constituido en mora.
Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el Art. 86º de la Ley 4.159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del Artículo 2º de la presente.
Dr. Damián Servera Serra, Secretario s/c.
E:8/7v:12/7/02
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PROVINCIA DEL CHACO
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución Nº 26/02 Sala II
Expediente Nº 403230998-13.491-E
Ordena el archivo de las presentes actuaciones conforme las constancias de la causa y lo previsto por el art. 60 inc. b de la Ley 4.159. Aplica al Sr. Samuel Orellana una multa de doscientos pesos $ 200 conforme lo previsto por el art. 53 y 6 de la Ley 4.159.
Intima al citado funcionario, al pago de la multa aplicada en el plazo establecido por el art. 84 de la Ley 4.159.
Vencido el mismo quedará constituido en mora. Da intervención a la Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86 de la Ley 4.159, a fin de promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del artículo 3º. Da intervención al área de la Cuenta.
Resolución Nº 27/02 Sala II
Expediente Nº 403040701-16.257-E
No hace lugar a la nulidad articulada a fs. 80, y continúa el trámite de autos.
948.707
Tel. 03722 453520 - CTX Int. 03527
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 14 PAGINAS
Registro de la Propiedad Intelectual
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 7.906
Resolución Nº 28/02 Sala II
Expediente Nº 403100400-14.991-E
Aplica al Sr. Intendente de la Municipalidad de Charata, don José María Ireneo Bielsa, una multa de trescientos pesos $ 300 por no haber dado cumplimiento al art. 6º ap. 5 - a - 1 de la Ley 4.159. Emplaza al citado funcionario para que en el término de 5 días proceda a cumplimentar la información solicitada por Oficio Nº 762.
Intima al responsable al pago de la multa aplicada en el artículo 1º, en el plazo establecido por el art. 84 de la Ley 4.159. Vencido el mismo quedaría constituido en mora. Da intervención a la Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86 de la Ley 4.159, a promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del artículo 3º de la presente.
Resolución Nº 29/02 Sala II
Expediente Nº 403070201-15.768-E
Aplica al Sr. Intendente Municipal de Gral. San Martín, Chaco, don Carlos Alfredo Guardianelli, una multa de trescientos pesos $ 300 por no haber dado cumplimiento al art. 6º ap. 5 - a - 1 de la Ley 4.159. Emplaza al citado funcionario para que en el término de 5 días proceda a cumplimentar la información solicitada por Oficio Nº 706. Intima al responsable al pago de la multa aplicada en el artículo 1º, en el plazo establecido por el art. 84 de la Ley 4.159. Vencido el mismo quedaría constituido en mora. Da intervención a la Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86 de la Ley 4.159, a promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del artículo 3º de la presente.
Resolución Nº 30/02 Sala II
Expediente Nº 402220201-16.013-E
Declara responsables solidarios a los Sres. Pedro Javier Franco, Fernando Fabián Speciale y Máximo Julián Ramallo, por los hechos objeto de la presente causa, condenándolos al resarcimiento patrimonial de la suma de treinta y cuatro mil sesenta y tres pesos con 62/100
$ 34.063,62. Formula a los Sres. Pedro Javier Franco, Fernando Fabián Speciale y Máximo Julián Ramallo, reparo. Aplica a los Sres. Pedro Javier Franco, Fernando Fabián Speciale y Máximo Julián Ramallo, la multa prevista en el art. 6º, ap. 5, inc. a, subinc. 4 de la Ley Nº 4.159, por cien pesos $ 100 para cada uno. Intima a los responsables al pago del cargo formulado y las multas aplicadas, en el plazo establecido por el art. 84
de la Ley Nº 4.159. Vencido el mismo quedarán constituidos en mora. Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86 de la Ley Nº 4.159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del artículo 4º de la presente.
Resolución Nº 64/02 Sala I
Expediente Nº 401060900-15.349-E
Declara responsable a la Sra. María Eva Piceda de Rodrigo, por los hechos objeto de la presente causa, condenándola al resarcimiento patrimonial de la suma de sesenta y dos mil cuatrocientos trece pesos con 78/100 $ 62.413,78. Formula a la Sra. María Eva Piceda de Rodrigo, observación con alcance de reparo