Modelo de Auto de Declaración de Herederos Abintestato (España)

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº …. DE …….

Procedimiento: Declaración de herederos abintestato nº

Demandante:
Procurador:

Demandado:
Procurador:

AUTO

En ……, a ……..

HECHOS:

PRIMERO: Con fecha .........., se remite a este Juzgado, a instancia de ........., mayor de edad, vecina de ....... (.......), provista de D.N.I nº ........., solicitud de DECLARACION DE HEREDEROS ABINTESTATO, de ........, a favor de ...............

SEGUNDO: Por medio de Providencia de ................, se dio por repartido el escrito de solicitud, y se requirió a las partes para que su ratificación, siendo esta efectuada por medio de comparecencia de la solicitante ante este Juzgado, en fecha ................, teniendo por instado el expediente de Jurisdicción Voluntaria para la declaración de herederos abintestato de ............, y ordenando la practica de la información testifical con citación y asistencia del Ministerio Fiscal

TERCERO: Practicada el acta de información testifical, en fecha ..............., se dicto Providencia de misma fecha, pasando los Autos al Ministerio Fiscal para informe, siendo éste realizado en fecha ............... Quedan los Autos pendientes de resolución.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

PRIMERO: En las presentes actuaciones, la parte actora pretende que se por parte del Juzgado, se proceda a la declaración de herederos abintestato de ........, a favor de ..............., argumentando como base de la solicitud, el fallecimiento de este sin testamento, ni descendientes o ascendientes o cónyuge que tenga derecho a la sucesión intestada.

SEGUNDO: La sucesión intestada o “abintestato” tiene lugar cuando el causante fallece careciendo de testamento. Esta figura guarda sus antecedentes en el Derecho Romano, así la Ley de las XII Tablas hablaba de la “successio si intestatus moritur”, estableciéndose, en tal caso, que la sucesión se defería, dado el sistema agnaticio, que atendía a los vínculos civiles con independencia de los de sangre. Nuestro CC, trascribe el sistema romano, estableciendo dos tipos de sucesión, la testada y la intestada, en su art. 658 cuando dispone que “La sucesión se defiere por la voluntad del hombre manifestada en testamento, y, a falta de éste, por disposición de la ley. La primera se llama testamentaria, y la segunda legítima. Podrá también deferirse en una parte por voluntad del hombre, y en otra por disposición de la ley.”. Visto lo cual, la sucesión intestada se puede definir como “aquella establecida por la ley para regular la ordenación y distribución de los bienes dejados por una persona, cuando muere sin haber otorgado testamento o si, habiéndolo otorgado, es este ineficaz o insuficiente para llevarse a cabo aquella distribución”.

Por otro lado, nuestra LEC 1/2000 de 7 de Enero, establece en si Disposición Derogatoria Única apartado primero punto segundo que “1. Se deroga la Ley de Enjuiciamiento Civil, aprobada por Real Decreto de 3 de febrero de 1881, con las excepciones siguientes: 2ª El Título I del Libro II, así como el art. 11, sobre la conciliación y la sección 2ª del Título IX del Libro II, sobre declaración de herederos abintestato, que estarán vigentes hasta la entrada en vigor de la regulación de ambas materias en la Ley sobre Jurisdicción Voluntaria.”. Así, son los Arts. 977 a 1000 de la LEC de 1881, los que recogen la regulan del la Declaración de herederos Abintestato, bajo un procedimiento de Jurisdicción Voluntaria. Es el Art. 980 LEC 1881 el que marca la forma de efectuar la solicitud, disponiendo que “Los demás herederos abintestato podrán obtener la declaración en vía judicial justificando debidamente el fallecimiento de la persona de cuya sucesión se trate y su parentesco con la misma y, con la certificación del Registro general de actos de última voluntad y con la información testifical, que dicha persona ha fallecido sin disposición de última voluntad, y que ellos solos, o en unión de los que designen, son sus únicos herederos. Para deducir esta pretensión no necesitarán valerse de Procurador pero sí de Letrado cuando el valor de los bienes de la herencia exceda de 400.000 pesetas. Dicha información se practicará con citación del Fiscal, a quien se comunicará después el expediente con seis días para que dé su dictamen. Si encontrare incompleta la justificación, se dará vista a los interesados para que subsanen la falta.”.

A la vista de la solicitud formulada por la actora, se ha presentado con la misma toda la documentación exigida por el citado precepto:1) Justificación del fallecimiento mediante el correspondiente certificado de defunción; 2) Relación de colateralidad con de los solicitantes; 3) Certificación del Registro General de Actos de última voluntad; y 4) La información testifical, siendo ésta última practicada con citación del Ministerio Fiscal, el cual en su informe no muestra oposición a la declaración.

TERCERO: Acreditados los requisitos del Art. 980 de la LEC 1881, el Art. 981.1 de la misma dispone que “Practicadas por el Secretario las diligencias a que se refieren los arts. 980 y, en su caso, 984, el Juez, a propuesta de aquél, dictará auto haciendo la declaración de herederos abintestato si la estimase procedente, o denegándola con reserva de su derecho a los que la hayan pretendido para el juicio ordinario.”. Habiéndose practicado todas las diligencias, y no existiendo oposición alguna a la declaración de herederos abintestato, procede ésta, declarando como herederos abintestato del difunto, ................ , a ........

En virtud de lo anteriormente razonado,

Vistos los artículos citados y demás de aplicación al caso

PARTE DISPOSITIVA

Que DEBO DECLARAR y DECLARO herederos abintestato del difunto, ......., a ............

Notifíquese la presente resolución a la parte que la ha instado y al Ministerio Fiscal, indicándoles que contra la misma cabe recurso de apelación a interponer en el plazo de CINCO días siguientes al de su notificación, escritos que se presentarán en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de .........

Así lo acuerda, manda y firma ………, Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción NUM …. de …….., doy fe.

Juez. Ante mí.


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