Gaceta Oficial de Venezuela del 15/03/2022 - Ordinaria

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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

NREMIGIO
6.691 Extraordinario CEBALLOS ICHASO

Artículo 5. Se fija como monto de las pensiones otorgadas a las pensionadas y los pensionados, por el Instituto Venezolano de los
Refrendado
Seguros Sociales I.V.S.S., el salario mínimo nacional obligatorio establecido en el artículo 1 de este Decreto.

para la Defensa y Vicepresidente Sectorial
s actos
El Ministro del Poder Popular
de Soberanía Política, Seguridad y Paz
Artículo 6. Cuando la participación en el proceso social de trabajo se hubiere convenido a tiempo parcial, el salario estipulado como mínimo, 7.
Los actos jurídicos del Consejo Nacional Electoral que requieren podrá someterse a lo dispuesto en el artículo 172 del Decreto con publicación de conformidad con la Constitución de la República Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Bolivariana de Venezuela y fuere la Ley,pertinente.
así como las providencias de sus las Trabajadoras, en cuanto
entes y órganos.
Artículo 7. El pago de un salario inferior a los estipulados como mínimos en este Decreto, obligará al patrono o patrona a su pago de 8. Los actos jurídicos del Ministerio Público que requieren publicación conformidad con el artículo 130 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza Ley Orgánica con del la Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, de conformidad Constitución de la República Bolivariana dey dará lugar a la sanción indicada en su artículo 533.
Venezuela y la Ley, así como las providencias de sus órganos y entes..
Artículo 8. Se mantendrán inalterables las condiciones de trabajo no 9.
Los actosenjurídicos de la salvo Defensoría Pueblo que requieren modificadas este Decreto, las quedel se adopten o acuerden en beneficio delde trabajador y la trabajadora.
publicación conformidad con la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y la Ley, así como las providencias de sus Artículo 9. El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de órganos y entes.
Trabajo queda encargado de la ejecución de este Decreto.
Artículo 10.jurídicos Este Decreto en vigencia a partir 15 de marzo 10.
Los actos de la entra Contraloría General de ladel República que de 2022.
requieren publicación de conformidad con la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y la Ley, así como Dado en Caracas, a los quince días del mes de marzo del año dos las mil veintidós 2022. Año 211 de la Independencia, 163 de la providencias de sus órganos y entes.
Federación y 23 de la Revolución Bolivariana.
11.
Los actos jurídicos de la Defensa Pública que requieren Ejecútese, L.S.
publicación de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley, así como las providencias de sus NICOLÁS MADURO MOROS
órganos y entes.

L.S.
VLADIMIR PADRINO LÓPEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información y Vicepresidente Sectorial de Comunicación y Cultura L.S.
FREDDY ALFRED NAZARET ÑAÑEZ CONTRERAS
5 Refrendado La Ministra del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior L.S.
DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional L.S.
JOSÉ GREGORIO BIOMORGI MUZATTIZ

Refrendado La Ministra del Poder Popular de Comercio Nacional L.S.

12. Los demás actos que se consideren convenientes en concordancia
DHELIZ ADRIANA ALVAREZ MARQUEZ

con el Reglamento que rige la materia.
Refrendado
Efectos de la publicación Refrendado
Artículo 8. La publicación los actos jurídicosdedel Estado yen la La Vicepresidenta Ejecutiva de de la República Bolivariana Venezuela Primera Consejo de Ministros de Venezuela le otorga Gaceta Vicepresidenta Oficial de la del República Bolivariana
El Ministro del Poder Popular para el Turismo L.S.
ALÍ ERNESTO PADRÓN PAREDES

carácter público y con fuerza de documento público.
L.S.
DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ

Refrendado El Ministro del Poder Popular
Refrendado
para la Agricultura Productiva y Tierras
El Ministro del Poder Popular del
L.S.

Despacho de la Presidencia y Seguimiento
4

de la Gestión de Gobierno
WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO
Refrendado
L.S.

La Ministra del Poder Popular de
JORGE ELIESER MÁRQUEZ MONSALVE
Refrendado
Agricultura Urbana L.S.

El Ministro del Poder Popular
GREICYS DAYAMNI BARRIOS PRADA

para Relaciones Exteriores
Refrendado
L.S.

La Ministra del Poder Popular
FÉLIX RAMÓN PLASENCIA GONZÁLEZ

de Pesca y Acuicultura L.S.

Refrendado
OLGA LUISA FIGUEROA YÉPEZ

El Ministro del Poder Popular
Refrendado
para Relaciones Interiores, Justicia y Paz,
El Ministro del Poder Popular para
y Vicepresidente Sectorial para la Seguridad Ciudadana y la Paz
la Alimentación
L.S.

L.S.

REMIGIO CEBALLOS ICHASO
Refrendado
CARLOS AUGUSTO LEAL TELLERÍA

Acerca de esta edición

Gaceta Oficial de Venezuela del 15/03/2022 - Ordinaria

TitreGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

PaysVenezuela, République Bolivarienne du

Date15/03/2022

Page count8

Edition count317

Première édition02/01/2013

Dernière édition22/05/2023

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