Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/5/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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BOLETIN OFICIAL

RÍO GALLEGOS, 17 de Mayo de 2022.-

para el cumplimiento de la presente.Artículo 5.- VIGENCIA. Establécese que la presente entrará en vigencia dentro de los noventa 90 días de su promulgación, una vez aprobada su estructura orgánica.Artículo 6.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 28 de Abril de 2022.KARINA ALEJANDRA NIETO
Vicepresidenta 1
Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO N 0578
RÍO GALLEGOS, 12 de Mayo de 2022.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Abril de 2022; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley, se aprueba la MODIFICACIÓN de la Ley 3480 Orgánica de Ministerios - Creación del Ministerio de la Igualdad e Integración;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 0564/22, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- PROMÚLGASE bajo en N 3778 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Abril de 2022, mediante la cual se aprueba la MODIFICACIÓN de la Ley 3480
Orgánica de Ministerios Creación del Ministerio de la Igualdad e Integración, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.Artículo 2.- El presento Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez _______

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias;
Que el artículo 5 de la mencionada Ley establece que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias se destinará a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y será previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior quien será el encargado de su asignación;
Que mediante Resolución N 203-2021-APN-MI, de fecha 21 de Octubre de 2021, el Ministerio del Interior de la Nación, otorgó en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES
$ 200.000.000,00.-, a la provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 5 obra Nota N 897/DGB-TGP/2021, de la Dirección General de Bancos de la Tesorería General de la Provincia, certificando el ingreso de los fondos antes mencionados;
Que para posibilitar su utilización resulta necesario incorporar dichos fondos al Presupuesto en vigencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 14 de la Ley N 3720;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 770/21, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 17/18 y vuelta y SLyT-GOB Nº 1121/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 28/29;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS DOSCIENTOS MILLONES $ 200.000.000,00.-, el total de los Recursos del Presupuesto 2021, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS
DOSCIENTOS MILLONES $ 200.000.000,00.- el total de Gastos del Presupuesto 2021, el crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO;
CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS; IPP, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo III, forma parte integrante del presente.Artículo 3º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo anterior AMPLÍASE en la suma de PESOS
DOSCIENTOS MILLONES $ 200.000.000,00.-; el total de las Contribuciones y Gastos Figurativos de la Administración Central, conforme al detalle en las Planillas que como Anexos II y IV, forman parte integrante del presente.Artículo 4º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establecido en el Artículo 14
de la Ley Nº 3720.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Desarrollo Social a cargo del Despacho de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 6.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Jorge Daniel Ferreyra _______

DECRETO N 1606

DECRETO N 1607

de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias;
Que el Artículo 5 de la mencionada Ley establece que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias se destinará a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y será previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior quien será el encargado de su asignación;
Que mediante Resolución N 186-2021-APN-MI, de fecha 29 de Septiembre de 2021, el Ministerio del Interior de la Nación, otorgó en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES
$ 300.000.000,00.-, a la provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 7 obra Nota N 812/DGB-TGP/2021, de la Dirección General de Bancos de la Tesorería General de la Provincia, certificando el ingreso de los fondos antes mencionados;
Que para posibilitar su utilización resulta necesario incorporar dichos fondos al Presupuesto en vigencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 14 de la Ley N 3720;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 765/21, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 24/25 y vuelta y SLyT-GOB Nº 1122/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 35/36;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS TRESCIENTOS MILLONES $ 300.000.000,00.-, el total de los Recursos del Presupuesto 2021, conforme al detalle que figura en la Planilla que, como Anexo I, forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS
TRESCIENTOS MILLONES $ 300.000.000,00.- el total de Gastos del Presupuesto 2021, el crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO;
CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS; IPP, conforme al detalle que figura en las Planillas que como Anexos II a IV, forman parte integrante del presente.Artículo 3º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo anterior AMPLÍASE en la suma de PESOS
TRESCIENTOS MILLONES $ 300.000.000,00.-; el total de las Contribuciones y Gastos Figurativos de la Administración Central, conforme al detalle en las Planillas que como Anexos II y IV, forman parte integrante del presente.Artículo 4º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establecido en el Artículo 14
de la Ley Nº 3720.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Desarrollo Social a cargo del Despacho de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Jorge Daniel Ferreyra _______
DECRETO N 1609

RÍO GALLEGOS, 16 de Diciembre de 2021.-

RÍO GALLEGOS, 16 de Diciembre de 2021.-

RÍO GALLEGOS, 16 de Diciembre de 2021.-

VISTO:
El Expediente MEFI-Nº 409.754/21, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, la Ley N 3720, la Resolución del Ministerio del Interior de la Nación N
203 de fecha 21 de Octubre de 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que el Inciso 3 del Artículo 75 de la Constitución Nacional determina que corresponde al Congreso de la Nación Establecer y Modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables, por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara;
Que el Inciso d del Artículo 3 de la Ley N 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales dispuso que el UNO POR CIENTO 1% de lo recaudado por los gravámenes a que se refiere dicha ley será destinado al Fondo
VISTO:
El Expediente MEFI-Nº 409.600/21, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, la Ley N 3720, la Resolución del Ministerio del Interior de la Nación N
186 de fecha 29 de Septiembre de 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que el Inciso 3 del Artículo 75 de la Constitución Nacional determina que corresponde al Congreso de la Nación Establecer y Modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables, por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara;
Que el Inciso d del Artículo 3 de la Ley N 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales dispuso que el UNO POR CIENTO 1% de lo recaudado por los gravámenes a que se refiere dicha ley será destinado al Fondo
VISTO:
El Expediente JGM-Nº 904.259/21, elevado por la Jefatura de Gabinete de Ministros; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita autorizar al titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros a renovar los Contratos de Locación de Servicios, vigentes hasta el día 31 de Diciembre del año 2021, suscriptos con las personas que se detallan en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, por el período comprendido entre las fechas 1º de Enero y hasta el día 31 de Diciembre del año 2022 inclusive;
Que la presente gestión se realiza en los términos del Decreto Nº 2996/03, Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial;
Que en consecuencia corresponde facultar al titular de
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5661 DE 16 PAGINAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/5/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date17/05/2022

Page count16

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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