Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

AÑO LXVI N 5606

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETO DEL
PODER EJECUTIVO

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Sr. FERREYRA JORGE DANIEL
Ministro de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
DECRETO N 0760
RÍO GALLEGOS, 28 de Junio de 2021.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 203.325/21, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social y;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la ratificación del Convenio Marco de Colaboración, suscripto en fecha 9 de Abril del 2021, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la Doctora Alicia Margarita KIRCHNER, por una parte y por la otra parte, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por su titular el Licenciado Daniel ARROYO, el cual como Anexo forma parte integrante del presente;
Que el citado convenio tiene por objeto el establecimiento de estrechas relaciones de colaboración entre las partes orientadas a la realización conjunta de acciones, proyectos y actividades de mutuo interés, intercambio de información y conocimiento, con miras a la inclusión social y la igualdad de oportunidades promoviendo el desarrollo humano;
Que este Gobierno Provincial a través del Ministerio de Desarrollo Social despliega distintas intervenciones socio comunitarias de promoción de derechos, prevención de problemáticas sociales, implementación de programas y estrategias de acción, llegando así a una gran cantidad de titulares de derecho pertenecientes a diferentes grupos sociales y de diversas edades, respondiendo a las demandas de carácter cultural, productivo, artístico, educativo y/o deportivo;
Que en esta línea de trabajo resulta importante establecer medidas de fortalecimiento de dichas actividades a través de la elaboración y celebración de herramientas de este tipo, que permitan dotar a la cartera social provincial de herramientas y recursos con el propósito de promover la participación constante y activa para ampliar el alcance de los programas y las actividades en todo el territorio de la Provincia;
Que el Ministerio de Desarrollo Social a través de sus áreas dispositivos territoriales actualiza y adapta sus prácticas institucionales de acuerdo al contexto histórico social y la identidad barrial, las acciones territoriales son el producto del análisis de las distintas demandas e intereses comunitarios;
Que en este marco y teniendo en cuenta la modalidad de trabajo que este Gobierno viene implementando no solo desde lo vertical-horizontal sino también interinstitucional e interjurisdiccional, resulta menester trabajar de manera coordinada con los Municipios y Comisiones de Fomento, a fin de tener diagnostico actualizado de la comunidad;
Que en este sentido es de vital importancia coordinar acciones entre Nación-Provincia-Municipio, en cuestiones inherentes a la política social, promoción, cuidados e inclusión social, desarrollo humano, seguridad alimentaria, reducción de la pobreza, cobertura a sectores vulnerables en particular, personas con discapacidad, niñas, niños y adolescentes, mujeres y adultos mayores, protección de la familia;
Que las acciones que se decidan implementar y los aspectos operativos concernientes a las actividades in-

dividuales a desarrollar serán instrumentados mediante Convenios específicos suscriptos por las autoridades competentes;
Que el presente tendrá una duración de dos 2 años y se renovará de manera automática por el mismo periodo;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALyJ-Nº 824/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 22/23 y SLyT-GOB-Nº 539/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 38/39;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio Marco de Colaboración, suscripto en fecha 9 de Abril del 2021, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la Doctora Alicia Margarita KIRCHNER, por una parte y por la otra parte, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por su titular el Licenciado Daniel ARROYO, el cual como Anexo forma parte integrante del presente, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Dra. Bárbara Dolores Weinzettel _________

DECRETOS
SINTETIZADOS

RÍO GALLEGOS, 26 de Octubre de 2021.-

Locación de Servicios con el Doctor Emiliano CAMUTTI MORRISON Clase 1993 - D.N.I. Nº 36.452.002, en base a una 1 Categoría 22 - Agrupamiento: Profesional, para cumplir funciones como abogado en la Casa de Santa Cruz dependiente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - SAF:
820 Casa Santa Cruz, a partir del día 1º de Mayo y hasta el día 31 de Diciembre del año 2021, de conformidad a los términos del Decreto Nº 2996/03 Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial.FACÚLTASE a la titular del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación a suscribir y aprobar el respectivo Contrato de Locación de Servicios debiendo incluir las imputaciones preventivas del gasto que demandará la atención del mismo, como asimismo a disponer los cambios de destino laboral o modificar el lugar de prestación de servicios dentro de la jurisdicción debiendo para ello dictar la Resolución Ministerial pertinente._______
DECRETO N 0749
RÍO GALLEGOS, 28 de Junio de 2021.Expediente MSA-Nº 980.468/21.INCORPÓRASE a partir del día de la fecha, en el Régimen Escalafonario de la Ley Nº 1795 CARRERA
PROFESIONAL SANITARIA y sus modificatorias, Agrupamiento D - Grado I - Categoría: 17 - Régimen Horario: 120 Horas mensuales Part Time, dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente - SAF: 149 Hospital de Caleta Olivia a la agente Maglene Noemí ANGULO CUICUY D.N.I. Nº 30.392.018
quien actualmente revista como personal Planta Permanente Agrupamiento: Servicios Generales Categoría: 10 Régimen Horario: 120 Horas mensuales según Acuerdo Homologado por Decreto Nº 565/21, de la Ley Nº 813 y su modificatoria Ley Nº 1084.ESTABLÉCESE que a los efectos dispuestos por el Artículo anterior, se deberá tener por ELIMINADA
una 1 Categoría: 10 del Agrupamiento Presupuestario:
Personal Obrero, Maestranza y Servicios y por CREADA una 1 Categoría: 17 - Agrupamiento C - Grado I - Régimen Horario: 120 Horas Mensuales Part Time de la Ley Nº 1795 Carrera Profesional Sanitaria en el Hospital Zonal de Caleta Olivia dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente - SAF: 149
Hospital de Caleta Olivia.FACÚLTASE al titular del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demande la presente erogación en el Ejercicio 2021 - Ley de Presupuesto Nº 3720._______

DECRETO N 0748

DECRETO N 0750

RÍO GALLEGOS, 28 de Junio de 2021.Expediente MSGG-Nº 335.490/21.-

RÍO GALLEGOS, 28 de Junio de 2021.Expediente MSA-Nº 980.710/21.-

AUTORÍZASE a la titular del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación a suscribir el Contrato de
AUTORÍZASE al Ministro de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud y
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B.O. Nº 5606 DE 22 PAGINAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/10/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date26/10/2021

Page count22

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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