Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

Dra.
ALICIA
KIRCHNER
Dra.
ALICIAMARGARITA
MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Gobernadora Sr.Sr.
LEANDRO
ZULIANI
LEANDRO EDUARDO
EDUARDO ZULIANI
Ministro de Ministro de Gobierno Gobierno Dr.Dr.
LISANDRO
DELA
LATORRE
TORRE
LISANDROGABRIEL
GABRIEL DE
Ministro de Ministro deSeguridad Seguridad Lic.
Lic.IGNACIO
IGNACIO PERINCIOLI
PERINCIOLI
Ministro Infraestructura Ministrode deEconomía, Economía, Finanzas Finanzas eeInfraestructura Sra.
CLAUDIA
MARTINEZ
Sra.
CLAUDIAALEJANDRA
ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de Ministra de la la Secretaría SecretaríaGeneral General de la Gobernación de la Gobernación Lic.
SILVINA
CORDOBA
Lic.
SILVINADEL
DEL VALLE
VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Producción, Comercio Comercio e Industria Ministra de la e Industria Sr.Sr.FERREYRA
DANIEL
FERREYRA JORGE
JORGE DANIEL
Ministro de de Desarrollo Desarrollo Social Ministro Social Dr.Dr.
CLAUDIO
GARCIA
CLAUDIO JOSE
JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Ministro de Salud y Ambiente Sr.Sr.
TEODORO
CAMINO
TEODORO SEGUNDO
SEGUNDO CAMINO
Ministro de Ministro de Trabajo, Trabajo, Empleo y Seguridad Social Empleo y Seguridad Social Lic.
MARIA
VELAZQUEZ
Lic.
MARIACECILIA
CECILIA VELAZQUEZ
PresidenteConsejo ConsejoProvincial Provincial de Presidente deEducación Educación Dr.
TANARRO
Dr.FERNANDO
FERNANDO PABLO
PABLO TANARRO
Fiscal de Fiscal de Estado Estado
DECRETO N 0737
RÍO GALLEGOS, 24 de Junio 2021.VISTO:
El Expediente JP - R Nº 15.991/18, elevado por el Ministerio de Seguridad; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo, la Jefatura de Policía propicia la Cesantía del Cabo de Policía Fernando Félix GOMEZ, a partir del día de la fecha;
Que las presentes actuaciones, se inician en virtud del parte informativo confeccionado por el Oficial Inspector Gastón SUAREZ, obrante a fojas 05, dando cuenta que en fecha 03 de Junio del año 2018, procedió a notificar al agente Loreto LEMOS, a que efectúe la corrección de un informe que debía ser elevado mediante Oficio Nº 454
C-DGRG/18, ante la Fiscalía Federal de Primera Instancia de esta ciudad capital, en donde al presentarse y observar, el nombrado agente expresó que la firma obrante en el mencionado informe no es de su autoría y que el mismo hubo de ser entregado como documento Word al Cabo Fernando Félix GOMEZ, en razón que este último fue designado como secretario durante su ausencia;
Que a fojas 08, obra Oficio 486-C-DNRG/18, por el cual el Comisario Daniel Leandro CARRILLO, informa al Juzgado Provincial de Primera Instancia de Instrucción Nº Tres, sobre los hechos objeto de investigación y anexó partes de inteligencia e informes;
Que a fojas 09/13, corren agregado los informes relacionados a la labor investigativa que realizaban en la División de Narcocriminalidad, en los que se observa que el funcionario actuante es LEMOS José Loreto AGENTE Policía de Santa Cruz y su firma;
Que a fojas 14 vuelta y 17, obran las Declaraciones Testimoniales del Agente de Policía José Loreto LEMOS y el Sargento de Policía Nelson Gustavo MUÑOZ, respectivamente, como así también la Exposición de Descargo del Cabo de Policía Fernando Félix GOMEZ, obrante a fojas 20 y vuelta;
Que en atención a lo expuesto, obra a fojas 23, el informe producido por el oficial informante, del cual surge:
a fojas 19, habiendo recepcionado correspondiente Exposición de Descargo al encartado GÓMEZ, mismo confesó que había realizado la firma falsa en el sello del Agente José Loreto LEMOS, expresando con motivos de su accionar que no quería molestarlo debido a que se encontraba de Licencia Extraordinaria por el nacimiento de su hijo y que de dicho accionar no tenía conocimiento el citado LEMOS, por lo que a raíz de lo expuesto, el Subcomisario Alfonso Ramiro DOMINGUEZ, en su carácter de Segundo Jefe a cargo de la División Narcocriminalidad, dispuso transformar los presentes actuados en Sumario Administrativo conforme lo establece el artículo 84º inciso 1º Apartado a del R.R.D.P., a los fines de dilucidar la falta cometida por el Cabo Fernando Félix GOMEZ, según lo obrante a fojas 27;
Que a fojas 59, obra Oficio Judicial Nº 2257/18, procedente del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº Tres de esta Ciudad Capital, librado en los autos
caratulados: DIVISIÓN NARCOCRIMINALIDAD
R.G. S/REMITE ACTUACIONES POR S/FALSEDAD IDEOLÓGICA, Expte. Nº 14.796/18, solicitando que se informe si en relación al hecho que se investiga se iniciaron actuaciones administrativas internas, requiriendo copias de las mismas;
Que a fojas 101/103, toma intervención la Dirección General de Asuntos Legales mediante Dictamen Nº 705D.G.A.L./20, concluyendo que habiendo examinado las pruebas reunidas, surge que existe responsabilidad administrativa imputable al Cabo Fernando Félix GOMEZ, quien con su conducta consiste en: Haber firmado informes que debían ser elevados a la Justicia Ordinaria Fiscalía, como si fuese el Agente Lemos José Loreto, siendo desconocida la firma inserta, incurrió con su accionar en una falta de carácter grave, conforme lo establece el artículo 9º en concordancia en el Artículo 41º Incisos 1º, 2º, 6º y 8º del R.R.D.P., por la naturaleza, los hechos y las circunstancias que lo rodearon, quien en su carácter de Funcionario Policial ha omitido cumplir con las diligencias judiciales ordenadas con la debida diligencia y probidad, la buena fe, que todo funcionario debe observar las normas y procedimientos para el cumplimiento de funciones como auxiliares de la justicia, induciendo a error y engaño a sus superiores que el informe fue firmado por el Agente Lemos, por lo que tal conducta no se condice con los deberes esenciales para el personal policial establecidos en el Artículo 28º Inciso a y Artículo 30º inciso b de la Ley Nº 746, teniendo el deber de observar y hacer cumplir la Ley, ello es pasible de sanción por infracción prevista en el Artículo 9º del R.R.D.P., agravada conforme las normas establecidas en el artículo 41º inciso 1º, 2º, 6º y 8º del R.D.D.P., toda vez que por el hecho se encuentra involucrado en actuaciones judiciales afectando así prestigio e imagen de la institución Policial;
Que, continuando con el dictamen del área legal de la Institución, opina que de acuerdo a todo lo expuesto y teniendo presente lo normado en el Artículo 3º del RRDP y el Artículo 179º del RRDP, considera que la causa debe ser resuelta con la aplicación de la sanción disciplinaria contemplada en los Artículos 10º, 34º y 35º CESANTÍA; con las causas de agravación previstas en el Artículo 41º incisos 1, 2, 3, 5, 6 y 8 del Decreto Provincial Nº 2091/72, en concordancia con lo establecido en el Artículo 47º Inciso d y Artículo 62º Inciso a de la Ley Provincial Nº 746;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5605 DE 16 PAGINAS

Que en el marco de lo actuado, en sede administrativa se emitió Disposición Nº 388-JP/2020 de fecha 26 de Octubre del año 2020, por la cual el señor Jefe de Policía de la Provincia, dispone encuadrar la conducta del Cabo Fernando Félix GOMEZ, como falta de carácter grave;
Que por Ley Provincial Nº 3680, se sustituyó el Artículo 1º de la Ley Orgánica de Ministerios Nº 3480 y su modificatoria, incorporando como inciso i al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial, aprobando su estructura organizativa y funcional mediante Decreto Provincial Nº 1165/19;
Que se aprueba el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial mediante Ley Nº 3720 y por Decreto Provincial Nº 1078/19, se aprueba el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Provincial;
Que nada obsta a proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes Nº 003-DALyS/2021, emitido por la Dirección de Asesoría Legal y Sumarios dependiente del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 123/125 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 528/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 132/133;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DECLÁRASE CESANTE, a partir del día de la fecha, al Cabo de Policía Fernando Félix GOMEZ Clase 1986 - D.N.I. N 32.259.028, en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su transgresión al Artículo 9º, en concordancia con el Artículo 41º Inciso 1 y 2 del R.R.D.P., por aplicación de los Artículos 10º, 34º y 35º del R.R.D.P, en concordancia con los Artículos 47 Inciso d y 62 Inciso a de la Ley Provincial Nº 746, con situación de revista en la JURISDICCIÓN:
Ministerio de Seguridad - SAF: 420 - Jefatura de Policía, Fuente de Financiamiento: 11 Tesoro Provincial, Categorías Programáticas: 1. 0. 0. 0. IPP: 114 - Sueldo Anual Complementario, del Ejercicio Presupuestario 2021.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Seguridad y a la Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Lisandro Gabriel De La Torre ________
DECRETO N 0738
RÍO GALLEGOS, 24 de Junio 2021.VISTO:
El Expediente MTEySS-N 525.386/21, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia homologar en todas sus partes los acuerdos concertados mediante Actas Nº 12, 13, 15, 16, 17, 19 y 20 celebradas entre el PODER EJECUTIVO - MINISTERIO DE SALUD Y

OctubreRosa

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/10/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date21/10/2021

Page count16

Edition count1654

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Dernière édition21/03/2023

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