Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/05/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXV - Nº 125
CORDOBA, R.A. VIERNES 29 DE MAYO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Artículo 4º.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, Dese al RM Y archívese.
ANEXO

MOLINA HECTOR HUGO, DNI Nº 16.447.829 con domicilio en calle mitre nº 370, de esta localidad de Chilibroste, por el cual ésta acepta realizar las tareas propuestas.

2 días - Nº 259236 - s/c - 01/06/2020 - BOE

DECRETO MUNICIPAL Nº 02/2020
VISTO: La necesidad de contar con personal idóneo para tareas de albañilería en general, servicios, conservación, mantenimiento, operación y manejo de herramientas, maquinaria y automotores en general y demás tareas dispuestas por el D.E.M. La necesidad de regular la parte registral -legal del empleado.
Y CONSIDERANDO:
Que es posible contar con el personal que pueda desarrollar dicha tarea, y que en el Presupuesto de Gastos se prevé la partida para tal fin y que la Ordenanza del presupuesto vigente faculta al Intendente a realizar contrataciones de personal;
Que se debe renovar el contrato entre las partes;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CHILIBROSTE
HACIENDO USO DE SUS FACULTADES DECRETA
Artículo 1º.- CONTRATASE al Sr. MOLINA HECTOR HUGO, DNI Nº 16.447.829 para realizar tareas de albañilería en general, servicios, conservación, mantenimiento, operación y manejo de herramientas y maquinaria en general y demás tareas dispuestas por el D.E.M, en el ámbito Municipal.
Artículo 2º.- RATIFÍCASE en todos sus términos el Contrato Administrativo adjunto, celebrado entre la Municipalidad de Chilibroste y el Sr.

COMUNA DE

Artículo 3º.- La retribución mensual establecida en Cláusula Segunda del citado Contrato Administrativo, estarán sujeto a aportes y retenciones previsionales, de las mutuales y a riesgo de trabajo de acuerdo a la legislación vigente.
Artículo 4º.- El Señor Sr. MOLINA HECTOR HUGO, se desempeñará en cuanto al cumplimiento de sus funciones, bajo la órbita del Ejecutivo Municipal y/o quien este designe.
Artículo 5º.- Las erogaciones que demande la presente Contratación serán imputables en la Partida: Personal Contratado del Presupuesto de Gastos vigente. CUENTA Nº 1.1.01.02.1.01
Artículo 6º.- Tómese conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales, a sus correspondientes efectos, del Contrato citado en Artículo 1º del presente Decreto, el cual regirá por el término de seis 6 meses, desde el 01/02/2020 hasta el 31/07/2020, pudiendo ser renovado de común acuerdo de partes.
Artículo 7º.- COMUNIQUESE, publíquese, dese a la dirección de personal, al Registro Municipal y archívese.
Dado en el Despacho Público del Departamento Ejecutivo Municipal, de la Municipalidad de Chilibroste, a los 28 días el mes de enero del año 2020.
CONSTE.2 días - Nº 259238 - s/c - 01/06/2020 - BOE

LAS RABONAS

RESOLUCION Nº 049/2020
Las Rabonas, Dpto. San Alberto, Cba., 26 de mayo de 2020.VISTO: La prórroga del aislamiento social preventivo y obligatorio decretada por el Gobierno Nacional mediante DNU 493 de fecha 24 de mayo de 2020;
CONSIDERANDO:

Que esta Comuna mediante Resolución Nro.035/2020 se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional 260/2020 de emergencia sanitaria y que luego la Nación decreto mediante DNU 297 dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Que esta medida preventiva ha sido nuevamente prorrogada debido al avance de la pandemia y recomendaciones de los expertos de salud del Poder Ejecutivo Nacional.
Que estas medidas vienen siendo ratificadas por el Gobierno Provincial mediante decretos 190 y 195, y la prórroga mediante Decreto n235/2020 y Decretos 245/2020, 280/2020, 323/2020 y ahora mediante Decreto Nro. 370. Por ello, en concordancia con las medidas preventivas de seguridad para evitar la propagación de virus COVID-19, corresponde adherir a los plazos del aislamiento obligatorio dispuesto por decreto nacional hasta el 07 de junio del corriente año inclusive, en los mismos términos y efectos dispuestos por la Resolución Nro. 036/2020.BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Por ello, en virtud de las facultades y obligaciones impuestas por la Ley 8.102, conforme el art. 186 inc. 7 de La Constitución Provincial, y art. 7 del decreto provincial 190/2020.-

LA COMISION DE LA COMUNA DE LAS RABONAS
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Art. 1º ADHERIR al Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 493/2020
y Decreto Provincial 370, en todo su contenido, con los mismos efectos y alcances, prorrogando el plazo del aislamiento social preventivo y obligatorio hasta el 07 de junio del cte. Año inclusive.
Art. 2º PRORROGAR todas las medidas sanitarias y preventivas adoptadas en el marco de la emergencia dispuesta por las Resoluciones Nros 036/2020 y 037/2020 hasta el 07 de junio de 2020 inclusive.
Art. 9 NOTIFÍQUESE, Comuníquese, dese copia al Boletín Oficial, archívese.
1 día - Nº 259302 - s/c - 29/05/2020 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/05/2020 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date29/05/2020

Page count4

Edition count1420

Première édition31/07/2018

Dernière édition06/05/2024

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