Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/05/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

DECRETO No 0127/20

AÑO CVI - TOMO DCLXV - Nº 125
CORDOBA, R.A. VIERNES 29 DE MAYO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DECRETO No 0129/20
Cosquín, 11 de marzo de 2020

Cosquín, 13 de marzo de 2020

VISTO: El Expediente No 2020-489-1 Dirección de Personal, registro de este Municipio, mediante el cual solicita la designación de personal para prestar servicios en diferentes áreas de este Municipio como Beneficiario del Programa Municipal de Becas, correspondiente al período del mes de febrero del año 2020.

VISTO: El Expediente No 2020-519-1, Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, donde familiares del Agente Municipal de Planta Permanente BAO, RAÚL OSCAR, DNI No 12468134 fallecido el 15/02/2020, solicitan se abone la liquidación de sueldo pendiente al señor BAO, Diego Oscar, DNI No 33411921, de común acuerdo con los demás herederos.

Y CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza No 2572/04 se crea el Programa Municipal de Becas, destinado a personas residentes en la ciudad de Cosquín que se encuentren desocupados, perciban o no ayuda económica provenientes de otros Programas Laborales Nacionales o Provinciales.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá determinar la nómina del personal beneficiado, las tareas de capacitación a desempeñar y el horario a cumplir.

Que por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102-Orgánica Municipal,
Y CONSIDERANDO:
Que juntamente con la solicitud se exhiben las partidas de nacimiento y documentos de identidad con las que se acredita el vínculo invocado, también se remite partida de defunción.
Que el área de Dirección de Personal informa la repartición en la cual revistaba el causante a la fecha de su descenso, prestación de servicios y haberes pendientes a reintegrar en concepto de los servicios prestados, licencias no usufructuadas y aguinaldo.

Que si bien es cierto que la petición analizada desde un punto estrictamente legal, exigiría la Declaratoria de Herederos, desde otro enfoque de razonabilidad dicha exigencia equivaldría a una negativa a la percepción de los haberes toda vez que el costo del trámite judicial es superior largamente a la suma de haberes a percibir.
Que teniendo como antecedente las previsiones del artículo 248 de L.C.T., la documentación acompañada resulta suficiente para dar seguridad a la Municipalidad de que se está pagando a quién corresponde, razón por la cual da lugar a lo solicitado.
Por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones.

D E C R ETA

Artículo 1o.- DESIGNANSE Beneficiarios del PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS, para el período comprendido entre el 01/02/2020 y el 29/02/2020, a las personas que desempeñarán tareas de capacitación en las distintas áreas de este Municipio tal como surge del Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.

D E C R ETA
Artículo 2o.- AQUELLAS personas que tuvieran en forma paralela el beneficio de cualquier otro Programa Nacional o Provincial deberán dar cumplimiento a los horarios correspondientes a estos Programas a través de Dirección de Personal.
Artículo 3o.- LA oficina de Personal deberá certificar a Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en forma mensual, el cumplimiento del horario establecido para cada becario, documentación que será parte de la orden de pago para la percepción del beneficio.
Artículo 4o.- LA Municipalidad deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para todo el personal designado a través de este Programa Municipal de Becas.
Artículo 5o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1o a la Partida 1.5.51.501 Becas, del Presupuesto vigente.
Artículo 6o.- REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.

Artículo 7o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

Fdo.: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 258642 - s/c - 29/05/2020 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 1o.- ABÓNESE al señor BAO, Diego Oscar, DNI No 33411921
de común acuerdo con los demás herederos, la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON SESENTA Y DOS
CENTAVOS $93830,62, correspondiente al pago de los haberes, SAC
y licencia, adeudados pendientes hasta el día de la fecha de defunción del Agente Municipal de Planta Permanente BAO, RAÚL OSCAR, DNI No 12468134, conforme a lo descripto en los visto y considerando del Presente y a los informes incorporados en el Expediente No 2020-519-1-Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad.
Artículo 2o.- FACULTASE a la Secretaría de Economía y Finanzas Públicas a determinar la metodología de pago de la liquidación referida en el Artículo 1o de este instrumento legal.
Artículo 3o.- REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese para su conocimiento y demás efectos, cumplido archívese.
Fdo.: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 258645 - s/c - 29/05/2020 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/05/2020 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date29/05/2020

Page count4

Edition count1420

Première édition31/07/2018

Dernière édition06/05/2024

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