Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/05/2020 - 5º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

AÑO CVI - TOMO DCLXV - Nº 125
CORDOBA, R.A. VIERNES 29 DE MAYO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DECRETO No 0130/20
Cosquín, 13 de marzo de 2020
VISTO: Que con fecha 12 de marzo se promulgo el Decreto de Necesidad y Urgencia N 260/2020 EMERGENCIA SANITARIA Coronavirus COVID-19 y el decreto Provincial 0190/2020.
Y CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL
DE LA SALUD OMS, declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia.
Que, en la situación actual, resulta necesario la adopción de nuevas medidas oportunas, transparentes, consensuadas a fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario.
Que la evolución de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes.

Que el Art. 18 del Decreto Nacional N260/2020 autoriza el cierre de lugares de acceso público y la suspensión de eventos masivos a los efectos de evitar conglomeraciones.
Que el decreto Provincial N 0190/2020 en sintonía con el decreto nacional en su art. 7 insta a Comunas y Municipios a adherirse al mismo.
Que a los fines de adoptar las medidas necesarias correspondientes, el D.E.M convocó, a través de Defensa Civil del Municipio, al Comité de Emergencia a los fines de establecer los protocolos de acciones a llevar adelante.

Por todo lo antes expuesto, el Señor Intendente Municipal, en uso de atribuciones conferidas por la ley Orgánica Municipal, DECRETA
Artículo 1º.- Adhiérase a los protocolos de salud que establezcan el Ministerio de Salud de la Nación y de la Provincia.

MUNICIPALIDAD DE

Artículo 2º.- SUSPÉNDANSE hasta nuevo aviso las actividades culturales, deportivas, las relacionadas con el turismo y todo evento que implique una aglomeración de personas a realizarse en Centro de Congresos y Convenciones, Micro cine Adalberto Nogués; Salón Cura Monguillot; Plaza Próspero Molina en todos sus espacios y Teatro Municipal Alma Encantada.
Artículo 3º.- ESTABLÉCESE en el marco de lo dispuesto por Ley N
27.541, ampliada por el Decreto de Necesidad y Urgencia ? 260/2020, el Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria declarado por Decreto ?
156/2020, y de conformidad a lo establecido por el artículo 18 del DNU
citado, en consonancia con el Decreto provincial N 3190/2020, la SUSPENSIÓN en la Ciudad de Cosquín de la realización de eventos públicos o privados con concentración masiva de personas de la naturaleza que fueren, social, cultural, académicos, de capacitación, artísticos, deportivos, quedando en consecuencia sin efecto ni valor alguno las habilitaciones que hubieren otorgado los organismos municipales de la Administración central o descentralizada a esos efectos.
Artículo 4º.- ENVÍESE el presente decreto Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5o.- REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.Fdo.: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 258646 - s/c - 29/05/2020 - BOE

CHILIBROSTE

DECRETO MUNICIPAL Nº 01/2020
24 días el mes de enero del año 2020
VISTO: La solicitud de ayuda económica remitida por una institución de nuestra localidad Ballet Alfonsina Storni, ante este D.E.M, para ser destinada a gastos de transporte. La posibilidad de este Municipio de contribuir y colaborar con las instituciones y vecinos de nuestro pueblo.
Y CONSIDERANDO:

Que el ballet ALFONSINA STORNI es una institución de la localidad.
Que solicita ser asistido económicamente para poder realizar un viaje participativo y cultural a una localidad de la zona, donde se destaca la actuación y por ende la localidad de Chilibroste.
Que en consecuencia y conforme lo diligenciado por Secretaría de Gobierno, es posible efectuar este tipo de aportes, en cuanto a la disponibilidad de la partida y créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial Nº 8102 - Orgánica Municipal;
POR ELLO:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CHILIBROSTE, EN USOS DE SUS
FACULTADES:
DECRETA:
Artículo 1º.- Otórguese una ayuda económica de Pesos $ 9860,00
al Prof. Gerardo Lira del Ballet Alfonsina Storni, para abonar el costo del transporte de la localidad de Chilibroste hacia la localidad de Pozo del Molle, el día sábado 25-01-20 a los fines de que puedan participar en evento cultural programado.
Artículo 2º.- El D. E. M. se reserva el derecho de solicitar la rendición de cuentas relativas a los fondos otorgados, de acuerdo a la estructura interna administrativa de cada institución o beneficiado.
Artículo 3º.- Las erogaciones que demande la presente serán imputables en la Partida: subvenciones y subsidios varios del Presupuesto de Gastos vigente. CUENTA Nº 1.3.05.02.4-

3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/05/2020 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date29/05/2020

Page count4

Edition count1421

Première édition31/07/2018

Dernière édition07/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31