Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2020 - 5º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?*Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad
del General Manuel Belgrano
VIERNES 15 DE MAYO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXV - Nº 114
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE

5

a SECCION
SUMARIO

BALLESTEROS SUD

MUNICIPALIDAD DE BALLESTEROS SUD
Decreto N 11/2020 Pag Decreto N 12/2020 Pag Ordenanza N 546/2020 Pag Ordenanza N 547/2020 Pag
DECRETO Nº 11/20
Ballesteros Sud, 30 de abril de 2020.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1
2 2
2

MUNICIPALIDAD DE ADELIA MARÍA
Decreto N 35/2020 Pag 3
Decreto N 34/2020 Pag 4

Y VISTOS: Que atenta la situación de público conocimiento y la Emergencia Pública de carácter Sanitario, declarada por el Estado Nacional mediante DNU N 260/20, en el marco de la Ley Nacional 27.541, y normas modificatorias y complementarias.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en art. 3 de la ley 10.690 de Adhesión de la Provincia de Córdoba a la Emergencia Pública de carácter Sanitario, declarada por el Estado Nacional en el marco de la Ley Nacional 27.541
artículos 1, 64 a 85 y concordantes, el Decreto N 486/2002 y el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N 260/2020, con las adecuaciones que resulten pertinentes a la situación provincial, arts.
59, 144 inc. 15 cctvos. y cctes. de la Constitución Provincial.

Que, en el marco de la emergencia sanitaria declarada, se disponen a través del Ministerio de Salud de la provincia las medidas de organización y ejecución del sistema de salud provincial, tanto del sector público como privado a los efectos de centralizar el manejo de las acciones necesarias que requiera la situación, quedando facultado a determinar medidas y acciones sanitarias de excepción.
Que por Resolución N 311/2020 dictada por el Ministerio de Salud Provincial y su modificatoria Resolución N 382/2020- se dispuso la creación de un órgano de actuación interdisciplinaria conformado por distintas instituciones Nacionales, Provinciales y Municipales denominado CENTRO
DE OPERACIONES DE EMERGENCIA C.O.E con el fin de concretar la planificación, organización, dirección, coordinación y control de todas las acciones referidas a los eventos adversos relacionados con la Pandemia Coronavirus COVID 19.

Que el C.O.E., con fechas 7 y 27 de abril del corriente año, aprobó una serie protocolos por los cuales se instrumenta la flexibilización del aislamiento social, preventivo y obligatorio en las denominadas zonas blancas, a realizar en el ámbito del radio municipal a saber: Protocolo de Comercio, Protocolo de Control Sanitario Industrial, Protocolo de Habilitación de Obras Privadas, Protocolo de Bioseguridad para el ejercicio de profesionales liberales.

Que la facilitación para la realización de tareas en el ámbito de nuestra localidad, constituye una necesidad imperiosa. Que nuestra población forma parte del conjunto de localidades denominadas blancas, lo que hace posible la citada flexibilización mientras se mantenga dicha condición, al mismo tiempo que no se puede perder de vista la necesidad de seguir en estado de alerta a los fines de lograr conservar este estado, por lo que resulta necesaria la aplicación de los protocolos remitidos por el C.O.E.
Que el municipio cuenta con el poder de policía de contralor de la de-

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD DE VILLA CURA BROCHERO
Decreto N 31/2020 Pag Decreto N 42/2020 Pag Decreto N 43/2020 Pag Decreto N 46/2020 Pag
5 5
5 5

MUNICIPALIDAD DE COSQUIN
Ordenanza N 3773/2020 Pag 6
Ordenanza N 3774/2020 Pag 7
Ordenanza N 3775/2020 Pag 8
Ordenanza N 3776/2020 Pag 10
Ordenanza N 3777/2020 Pag 11
Ordenanza N 3778/2020 Pag 12
Ordenanza N 3780/2020 Pag 12
Ordenanza N 3781/2020 Pag 15
Ordenanza N 3782/2020 Pag 16
Ordenanza N 3783/2020 Pag 18
COMUNA DE LAS RABONAS
Resolución N 47/2020 Pag 22

bida aplicación de dichos protocolos dentro del ejido local.
Por ello LA INTENDENTE MUNICIPAL DE BALLESTEROS SUD EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, DECRETA:
ART.1.- PERMITIR en el radio municipal las actividades indicadas por el Gobierno Provincial a través del Centro de Operaciones de Emergencia C.O.E. y ADHERIR a los Protocolos remitidos por el citado organismo que, como Anexo I, II, III y IV forman parte integrante del presente decreto, COMPROMETIENDOSE a ejercer el poder de policía de contralor de la debida ejecución y cumplimiento de los mismos.

ART.2.- REMITASE al H. Concejo Deliberante para su ratificación.

ART.3.- REFRENDA el presente el Sr. Secretario de Gobierno. ART.4.COMUNIQUESE, hágase saber, dése copia, publíquese y archívese.

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2020 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date15/05/2020

Page count22

Edition count1392

Première édition31/07/2018

Dernière édition27/03/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31