Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/12/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

cación de Jóvenes y Adultos de la Subsecretaría de Coordinación Educativa, en la órbita de la Secretaría de Educación del Ministerio de Educación, por haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolución N 32/2023 de la citada Cartera ministerial, en los términos del artículo 14, punto II A, de la Ley N 9361.
Artículo 2º.- INSTRÚYESE a la sectorial de Recursos Humanos del Ministerio actuante para que verifique el efectivo y oportuno cumplimiento, por parte del señor SORIA, de los requisitos de los artículos 12, 13 y concordantes de la Ley N 7233 y su Reglamentación, en caso de corresponder.

AÑO CX - TOMO DCCVIII - Nº 237
CORDOBA, R.A. VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI,GOBERNADOR - WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JULIO CESAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 2123
Córdoba, 6 de diciembre de 2023
VISTO: El expediente Nº 0424-085577/2023 del registro del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la aprobación de los Convenios de Reconocimiento de Deuda y Pago, celebrados ad-referéndum de este Poder Ejecutivo, entre la Provincia de Córdoba, representada por el señor Ministro de Finanzas, por una parte, y las Municipalidades de Huinca Renancó, Monte Maíz, San Basilio y Villa General Belgrano, representadas por sus respectivos Intendentes, por la otra.
Que se acompañan los convenios que se someten a aprobación, de cuya lectura surge que, a través del Decreto N 316/2023, se dispuso asignar a los citados Municipios, sumas correspondientes a Aportes del Tesoro Nacional ATN, para atender desequilibrios financieros, según el siguiente detalle: a Municipalidad de Huinca Renancó, la suma de $ 46.576.613,79;
b Municipalidad de Monte Maíz la suma de $ 109.737.409,57; c Municipalidad de San Basilio, la suma de $ 41.661.973,33; y d Municipalidad de Villa General Belgrano, la suma de 152.979.003,30.
Que asimismo, se da cuenta de que, en virtud de Acuerdos, Complementarios suscriptos entre las citadas jurisdicciones locales y el entonces, Co.F.A.P.yS. -actual Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento E.N.O.HSA.- en su calidad de Ejecutor -conforme al Acuerdo Marco Nación Provincia de fecha 21 de abril de 1995- del Programa de Agua Potable y Saneamiento VI Etapa, financiado con Préstamos BID 857/0C-AR, los mencionados gobiernos locales mantienen deuda con dicho Ente.
Que también se destaca que, conforme a los convenios celebrados entre el Estado Nacional y la Provincia de Córdoba, esta última se constituyó en garante de aquellas deudas, autorizando la afectación en garantía de los recursos de la Coparticipación Federal Ley N 23.548
que le corresponden, para los casos de incumplimiento por parte de los municipios. En función de ello, la Nación efectivizó unilaterales retenciones a la Coparticipación Federal de Impuestos de la Provincia, haciéndose efectivas las garantías de las deudas que los mencionados Municipios mantienen con el E.N.O.H.SA. que, hasta la fecha de la suscripción de los convenios cuya ratificación se gestiona, reportaban los siguientes importes: a $46.576.613,79, por la Municipalidad de Huinca Renancó; b $
109.737.409,57, por la Municipalidad de Monte Maíz; c $ 41.661.973,33,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

por la Municipalidad de San Basilio; y d $ 152.979.003,30, por la Municipalidad de Villa General Belgrano.

Que, en ese marco, de cada uno de los convenios cuya aprobación se gestiona surge que las municipalidades de Huinca Renancó, Monte Maíz, San Basilio y Villa General Belgrano, reconocen adeudar a la Provincia de Córdoba, cada una por lo que les corresponde, las sumas indicadas en el párrafo precedente, es decir, el total retenido a la Provincia -hasta entoncesde la Coparticipación Federal de Impuestos, por haberse hecho efectiva la garantía sobre las deudas que cada uno de los mencionados municipios tiene con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento -E.N.O.H.SA. Cláusula Primera. Bajo tal entendimiento, y con el objeto de reintegrar en concepto de cancelación de las respectivas deudas reconocidas, los municipios ofrecen a favor de la Provincia -y ésta aceptala cesión en pago del importe a recibir por cada uno en concepto de Aportes del Tesoro Nacional ATN, según lo dispuesto por citado Decreto N
316/2023 Cláusulas Segunda.
Que vinculado a ello, los municipios actuantes se comprometen a través de la Cláusula Cuarta a gestionar y propiciar ante el Órgano Legislativo Municipal competente, su adhesión a la Ley Provincial N10.538 Adhesión a la Ley N 25.917 y sus modificatorias Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno; así como a remitir a la Provincia, dentro de los treinta 30 días de finalizado cada trimestre, con carácter de Declaración Jurada, la información requerida en el contexto del Consenso Fiscal, a saber: a Planta de Personal; b Avales y/o Garantías otorgados; c Deuda Pública y Deuda Flotante; d Recursos; e Esquema Ahorro Inversión - Financiamiento Ejecutado y f Esquema Ahorro Inversión Financiamiento Presupuestado Cláusula Quinta.
Que los convenios en cuestión han sido celebrados por los señores Intendentes Municipales, habiendo sido autorizados por los Concejos Deliberantes de cada localidad, tal como surge de las Ordenanzas incorporadas en autos; y dichas instancias legislativas han dispuesto la adhesión de los respectivos gobiernos locales a la citada Ley N 10.538.

Que a mérito de lo relacionado, corresponde aprobar los Convenios de que se trata, conforme se gestiona.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas con el N 2023/DAL-00000770, por Fiscalía de Estado bajo el N 1571/2023
y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 1, de la Constitución Provincial;

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/12/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date15/12/2023

Page count11

Edition count4149

Première édition01/02/2006

Dernière édition28/05/2024

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