Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/04/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCC - Nº 79
CORDOBA, R.A. JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 353/2015, ubicados en el paraje Las Varillas, Pedanía Remedios, Departamento Río Primero de esta Provincia, inscriptos en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en la Matrícula N 365.563, con superficies a afectar de 3 has., 2.479 m2 y 906 m2, de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Horacio Di Marco y visado por la Dirección General de Catastro en el Expte.
N 0033-070469/2012, con fecha 20 de diciembre de 2016; y, consecuentemente, APRUÉBASE el Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, que, como Anexo I, compuesto de once 11 fojas útiles, integra este acto, suscripto entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y la empresa DAIMA
S.R.L.,C.U.I.T. N 30-68095127-2, representada por su socio gerente, señor Silvano Andrés BURDISSO, D.N.I. N 24.357.572, en su carácter de titular dominial del mencionado bien, para ser destinado a la ejecución de
la obra DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N 19 - TRAMO:
VARIANTE MONTECRISTO PROGRESIVA 0+000 A 10+850.
Artículo 2.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6394.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la empresa Caminos de las Sierras S.A., notifíquese y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

Decreto N 482
Córdoba, 18 de abril de 2023
VISTO: el Expediente N 0521-063559/2022 del registro del Ente Regulador de Servicios Públicos E.R.Se.P..
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del E.R.
Se.P. propicia la aprobación del Convenio de Adquisición Directa de Inmueble por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubicada en Pedanía San Roque, Departamento Punilla de esta Provincia, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula N 1.762.740, con una superficie a afectar de 549,68 m2, suscripto el día 10 de enero de 2022, entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y el señor Ion HIRNEA, titular dominial del bien mencionado, para ser destinado a la ejecución de la obra: ALTERNATIVA A RUTA NACIONAL
N 38 TRAMO: VARIANTE COSTA AZUL LA CUMBRE SECCIÓN:
VARIANTE COSTA AZUL MOLINARI PR. 0+000 A 21+500.

Que el referenciado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por Ley N 10.734, que declara en dicha condición a todos aquellos que fueran necesarios para la ejecución de la obra Ruta Alternativa a Ruta Nacional N 38 Tramo: Variante Costa Azul La Cumbre e individualizado por Resolución N 304/2021, modificada por su similar N 404/2021, ambas del Ministerio de Obras Públicas;
en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 2238/2017; ello, con destino a la obra pública citada anteriormente, siendo la superficie a afectar de 549,68 m2, de acuerdo al Plano CSPXVCA-RN38010-ROG.
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, en cuya cláusula primera se refiere que el propietario vendió y transfirió la fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada de acuerdo al mencionado Plano de Afectación CS-PXVCA-RN38010-ROG
como Afectación N 9, para la ejecución de la obra mencionada. Asimismo, se declara que la entrega de la posesión real y efectiva del inmueble se realizó de manera irrevocable con fecha 16 de noviembre de 2021. En tanto, se acompaña la documentación que acredita la calidad de los suscriptores del Convenio en cuestión.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que en el mentado Convenio, las partes fijan de común acuerdo el precio del inmueble expropiado, importe que coincide con lo establecido mediante Resolución N 10.522/2021 del Consejo General de Tasaciones al mes de noviembre de 2021, lo que sumado al 10% adicional autorizado por el artículo 14 de la Ley N 6394, hace un importe total, único, definitivo e irrevocable de Pesos Dos Millones Quinientos Setenta y Cinco Mil Ochocientos con Setenta Centavos $2.575.800,70; el que se considera que incluye la compensación de cualquier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y de cualquier otro concepto en los términos de la citada Ley. A su vez, se aclara que la empresa abona mediante transferencia bancaria al propietario, lo cual será imputado al pago total, único y definitivo del inmueble en cuestión.
Que la transferencia del dominio del inmueble, a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6394.
Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Definitivo de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y 21 de la Ley N 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1
y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N 1598/1997, así como en el artículo 7, inciso d, del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Caminos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas con el N 29/2023, por Fiscalía de Estado bajo el N 280/2023 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1o.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por la Ley N 10.734 e individualizado por Resolución N 304/2021, modificada por su similar N 404/2021, ambas del Ministerio de Obras Públicas, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 2238/2017,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/04/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date27/04/2023

Page count16

Edition count4131

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Dernière édition04/05/2024

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