Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/04/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCC - Nº 73
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 19 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Juárez, Minas, Pocho, Presidente Roque Sáenz Peña, Punilla, Río Cuarto, Río Primero, Río Seco, Río Segundo, San Alberto, San Javier, San Justo, Santa María, Sobremonte, Tercero Arriba, Totoral, Tulumba y Unión, considerando a este efecto a cada uno de dichos departamentos como Distrito Único; c gobernador y vicegobernador de la Provincia; d 3 Miembros Titulares y 3 Miembros Suplentes para integrar el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Cada elector podrá votar por 2 miembros titulares y 2 suplentes, considerando a la provincia de Córdoba a este efecto, como Distrito Único.
II. Que corresponde a este Tribunal Electoral Provincial fijar pautas operativas relacionadas con el proceso electoral conforme lo dispuesto por las Leyes Provinciales N 9571 y 9840

1. Acreditar que la Alianza fue decidida por los organismos máximos de cada partido.

RESUELVE:

Todo ello en el marco del cronograma electoral elaborado por el Tribunal Electoral Provincial y conforme lo dispuesto por el art. 26 de la Ley Provincial N 9572.

I. Hacer saber a los partidos políticos con personería jurídico política vigente y a las Juntas Electorales Municipales y Comunales que en forma coincidente y simultánea han convocado para elegir autoridades el día 25
de junio del cte. año Ley N 15262 y D.R. 17265, que la solicitud de reconocimiento de alianzas electorales vence el día 26 de abril con cargo de las dos primeras horas de oficina del día 27 de abril del cte. año, las que deben ser presentadas ante el Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba, cumplimentando con los siguientes requisitos:

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

2. Expresar el nombre adoptado y demás atributos para su identificación.
3. Acompañar plataforma electoral común.
4. Designar un responsable económico financiero y responsable político de campaña.
5. Designar apoderados comunes.

PROTOCOLÍCESE Y HÁGASE SABER.
FDO. DRES. MARTA E. VIDAL, JUEZ. JORGE J. ALBERTO NAMUR, VOCAL. ERNESTO TORRES, SECRETARIO.
ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/04/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date19/04/2023

Page count10

Edition count4129

Première édition01/02/2006

Dernière édition02/05/2024

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