Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/04/2023 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

4

1

a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 68
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

sario en este estadio, disponer la ampliación del Fondo Permanente A
GASTOS GENERALES del Ministerio de Educación, por la suma de pesos tres millones quinientos mil $ 3.500.000.-, sin límite por cada pago.
Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 63 de la Ley Nº 9086, texto reglamentado, la habilitación de los Fondos Permanentes, la fijación de sus montos máximos y sus modificaciones, son dispuestas por este Ministerio de Finanzas, previa intervención de la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo informado por la Subsecretaría de Tesorería y Crédito Público, lo dictaminado por el Área Legales de la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 2023/DAL00000095, y en los términos de la Resolución Ministerial N 119/2020;

Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente A GASTOS GENERALES del Ministerio de Educación, por la suma de PESOS TRES MILLONES
QUINIENTOS MIL $ 3.500.000.-, sin límite por cada pago, del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado Organismo.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección de Administración del Ministerio de Educación y a la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N 2023/D-00000065
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:

Por encomienda de firma Resolución Ministerial N 119/2020

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 59 - Letra:D

Y CONSIDERANDO:

Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la presente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad, Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Listado de Ubicaciones, Plano, Cómputo de Ítems del Contrato, Presupuesto Oficial y Listado de Planos; todo debidamente suscripto por funcionarios competentes de la Dirección de Vialidad y aprobado mediante artículo 1º de la Resolución Nº 2023/000-00000065 de su Directorio.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que El objeto de la presente Obra es propende a CONSERVAR LAS REDES VIALES
PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y TERCIARIAS SIN PAVIMENTAR, correspondientes a la jurisdicción del Consorcio Caminero Regional de que se trata; de esta forma, mejorar la transitabilidad y seguridad para los usuarios de las vías, como así también obtener una economía en el transporte. Por su parte, la adjudicación, ejecución, cómputo y certificación de las tareas de mantenimiento, que se proponen sea a través de la Regional, se tradu-

Subcontratistas integrantes del Consorcio Caminero Regional Nº 11.
Que el Jefe del citado Departamento manifiesta que el Consorcio Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a producir un significativo ahorro económico del proceso administrativo, celeridad, eficiencia y eficacia, basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del Consorcio Caminero Regional N 11, para la ejecución de la obra de que se trata por la suma de $ 49.181.382,00, comprometiéndose a ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su Regional artículo 15 apartado IV incisos 4 y 6 del Pliego Particular de Condiciones.

Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N 2023/000027, que certifica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo gestionado demanda.
Que en relación a la incorporación del Art. 106 Sub Ítem Nº 106
Aporte Extraordinario Institucional del Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido dentro del Presupuesto Oficial aprobado por la Dirección de Vialidad y que en el caso de resultar necesario un aporte adicional, el mismo deberá tramitarse por vía independiente ante la autoridad competente.
Que consta en autos la conformidad a la ejecución de las obras de que se trata, expresada por el Comité Ejecutivo del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario FDA, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 2135/2019.
Que obra Dictamen Nº 2023/00000071 de la Dirección General de
ce en un importante ahorro administrativo.
Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certificación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un mantenimiento a futuro o tendientes a una consolidación definitiva del tramo y que los trabajos se ejecutaran a través de los Consorcios Camineros
Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que la contratación en la forma que se propicia encuentra sustento legal, en cuanto a su modalidad y procedencia, en las previsiones de la Ley Nº 6233, conforme lo establecido por los artículos 4 quáter y 7º - inciso b punto 4 de la Ley Nº 8614, modificada por Ley Nº 10417 y visto la Ley Nº 10852, puede contratarse directamente con el Consorcio Caminero Regional Nº 11, la ejecución de la obra de referencia.

Córdoba, 20 de marzo de 2023
Expediente Digital Nº 0045-024619/2022.VISTO: este expediente por el cual la Dirección de Vialidad propicia por Resolución Nº 2023/000-00000065 la Contratación Directa con el Consorcio Caminero Regional Nº 11, para la ejecución de la obra: CONSERVACIÓN CAMINOS DE
TIERRA - REGIÓN 11 - AÑO 2023 SEGUNDO TRIMESTRE - DPTOS: UNIÓN
- GENERAL SAN MARTÍN, por la suma de $ 49.181.382,00.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/04/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date12/04/2023

Page count11

Edition count4133

Première édition01/02/2006

Dernière édition07/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30