Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 67
CORDOBA, R.A. MARTES 11 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 2023/00000095 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRÚEBASE la sustitución anticipada del Fondo de Reparo mediante PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN EN GARANTÍA
SUSTITUCIÓN FONDO DE REPARO OBRA PÚBLICA N 968.514, Anexo N 99 y Cláusula 73, para aquellos certificados que a la fecha de la presente Resolución se hubieran emitido y para los que se emitan en el futuro para el Contrato Original de la obra: MEJORAMIENTO SUPERFICIE RUTA PROVINCIAL T120-8 TRAMO RUTA PROVINCIAL N 6
RUTA PROVINCIAL T120-20 DEPARTAMENTO MARCOS JUÁREZ,
expedida por ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD
ANÓNIMA, CUIT N 33-50005703-9 por la suma de Pesos Doscientos Dieciséis Mil Veintiuno $ 216.021,00, hasta cubrir dicho monto.
Artículo 2.- FACÚLTASE a la Dirección de Vialidad a emitir los Certificados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección de Vialidad, dese intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

MINISTERIO DE HÁBITAT Y ECONOMÍA FAMILIAR

SECRETARÍA DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
Y RECUPERO DE VIVIENDAS SOCIALES
Resolución N 131
Córdoba, 05 de abril de 2023.VISTO: La Resolución N 0038/22, puesta en vigencia por la por entonces Subsecretaría de Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales.
Y CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento precitado, le fue encomendado a la Dirección de Jurisdicción de Regularización Dominial, en el marco de la operatoria de refinanciación de deudas dispuesto por Resolución Nº 17/19 y su modificatoria complementaria Nº 15/20, la aplicación del régimen de excepcionalidad para la fijación del valor mínimo de cuotas de amortización a abonar por los beneficiarios de viviendas y, asimismo, la firma de todo Acuerdo de Refinanciación de Deudas a formalizarse bajo la operatoria reseñada.
Que, en atención a la renuncia presentada por quien revistiese Directora de Regularización Dominial, la señora Susana Romero DNI 17.157.903 y la posterior asignación de las incumbencias inherentes a dicho cargo en cabeza del señor Jorge Marzolier conforme así fuere dispuesto mediante Memorando N 001/2023 dictado por el infrascrito, deviene procedente modificar aquél instrumento a los fines de consustanciarlo a la actual estructura funcional de la Jurisdicción de Regularización Dominial de la Dirección de Vivienda.

Por ello, las disposiciones contenidas en los Decretos N 1522/22 y N
1618/22, y las atribuciones que la Ley N 8558 confiere,
EL SECRETARIO DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
Y RECUPERO DE VIVIENDAS SOCIALES
RESUELVE:
Artículo 1.- MODIFÍCASE el artículo 2 de la Resolución N 0038/22, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2.- ENCOMIÉNDASE la firma de todo Acuerdo de Refinanciación de Deudas a formalizarse bajo la operatoria reseñada, al señor Jorge Francisco MARZOLIER DNI 23.823.044 Director de Coordinación Legales suplente encargado de la Dirección de Jurisdicción Regularización Dominial, y a los señores Juan Ignacio ARANCIBIA DNI 37.821.311 y German Mario YACCUSI DNI 21.755.669, en calidad de Jefe de Área Control de Adjudicaciones y Jefe de Área Refinanciación de Planes de Viviendas Sociales respectivamente, debiendo dejar constancia en la oportunidad de la suscripción de la resolución que los autoriza.
Artículo 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.
FDO.: FACUNDO M. CHACÓN, SECRETARIO DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Y RECUPERO DE VIVIENDAS SOCIALES - MINISTERIO DE HÁBITAT Y
ECONOMÍA FAMILIAR

DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N 4
Córdoba, lunes, 10 de abril de 2023
VISTO: El expediente N 0458-001376/2023 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N8560 T.O 2004.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:
Que tal dispositivo legal dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N8560 T.O 2004, se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un 1 litro de nafta súper. -

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date11/04/2023

Page count9

Edition count4147

Première édition01/02/2006

Dernière édition24/05/2024

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