Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 67
CORDOBA, R.A. MARTES 11 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 53
Córdoba 20 de marzo de 2023
Expediente Digital Nº 0045-024610/2022.VISTO: este expediente por el cual la Dirección de Vialidad propicia por Resolución Nº 2023/000-00000042 la Contratación Directa con el Consorcio Caminero Regional Nº 02, para la ejecución de la obra: CONSERVACIÓN
CAMINOS DE TIERRA - REGIÓN 02 - AÑO 2023 SEGUNDO TRIMESTRE
- DPTOS: MINAS - POCHO - SAN ALBERTO - SAN JAVIER, por la suma de $ 51.989.890,00.
Y CONSIDERANDO:

Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la presente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad, Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Listado de Ubicaciones, Plano, Cómputo de Ítems del Contrato, Presupuesto Oficial y Listado de Planos; todo debidamente suscripto por funcionarios competentes de la Dirección de Vialidad y aprobado mediante artículo 1º de la Resolución Nº 2023/000-00000042 de su Directorio.

Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que, El objeto de la presente Obra es propende a CONSERVAR LAS REDES VIALES
PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y TERCIARIAS SIN PAVIMENTAR, correspondientes a la jurisdicción del Consorcio Caminero Regional de que se trata; de esta forma, mejorar la transitabilidad y seguridad para los usuarios de las vías, como así también obtener una economía en el transporte. Por su parte, la adjudicación, ejecución, cómputo y certificación de las tareas de mantenimiento, que se proponen sea a través de la Regional, se traduce en un importante ahorro administrativo.
Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certificación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un mantenimiento a futuro o tendientes a una consolidación definitiva del tramo y que los trabajos se ejecutaran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del Consorcio Caminero Regional Nº 02.
Que el Jefe del citado Departamento manifiesta que el Consorcio Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a producir un significativo ahorro económico del proceso administrativo, celeridad, eficiencia y eficacia, basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del Consorcio Caminero Regional N 02, para la ejecución de la obra de que se trata por la suma de $ 51.989.890,00, comprometiéndose a ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su Regional artículo 15 apartado IV incisos 4 y 6 del Pliego Particular de Condiciones.

Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N 2023/000011, que certifica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

gestionado demanda.
Que en relación a la incorporación del Art. 110 Sub Ítem Nº 110
Aporte Extraordinario Institucional del Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido dentro del Presupuesto Oficial aprobado por la Dirección de Vialidad y que en el caso de resultar necesario un aporte adicional, el mismo deberá tramitarse por vía independiente ante la autoridad competente.
Que consta en autos la conformidad a la ejecución de las obras de que se trata, expresada por el Comité Ejecutivo del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario FDA, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 2135/2019.
Que obra Dictamen Nº 2023/00000047 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que la contratación en la forma que se propicia encuentra sustento legal, en cuanto a su modalidad y procedencia, en las previsiones de la Ley Nº 6233, conforme lo establecido por los artículos 4 quáter y 7º - inciso b punto 4 de la Ley Nº 8614, modificada por Ley Nº 10417 y visto la Ley Nº 10852, puede contratarse directamente con el Consorcio Caminero Regional Nº 02, la ejecución de la obra de referencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 2023/00000047 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma Directa con el Consorcio Caminero Regional Nº 2, la ejecución de la obra: CONSERVACIÓN CAMINOS
DE TIERRA - REGIÓN 02 - AÑO 2023 SEGUNDO TRIMESTRE - DPTOS:
MINAS - POCHO - SAN ALBERTO - SAN JAVIER, por la suma de Pesos Cincuenta y Un Millones Novecientos Ochenta y Nueve Mil Ochocientos Noventa $51.989.890,00, con un plazo de tres 3 meses, conforme Planos, Cómputo de Ítems del Contrato y Presupuesto Oficial que, como Anexo I compuesto de seis 6 fojas, forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Cincuenta y Un Millones Novecientos Ochenta y Nueve Mil Ochocientos Noventa $51.989.890,00, conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección de Vialidad en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N 2023/000011, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 505-000, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros, Centro de Costo 0453 Conservación, Restauración y Mantenimiento de Caminos de Firme Natural del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Director de la Dirección de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.

Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date11/04/2023

Page count9

Edition count4131

Première édition01/02/2006

Dernière édition04/05/2024

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