Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCVIII - Nº 35
CORDOBA, R.A. VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:

Artículo 1º.- DISPÓNESE la incorporación en el PLAN DE OBRAS PÚBLICAS - AÑO 2023 Programa 506-011 de la obra: REPARACION FUENTE DE AGUA DANZANTE EX PLAZA VELEZ SARSFIELD LOC. CORDOBA
DPTO. CAPITAL, conforme planilla que como Anexo I compuesta de una 1
foja, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.

Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de Administración de este Ministerio, dese intervención a la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y a la Contaduría General de la Provincia y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

Resolución N 32 - Letra:D
Córdoba, 15 de febrero de 2023
Expediente Nº 0045-023801/2022/A2.VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada de los Fondos de Reparo de la obra: PAVIMENTACIÓN ACCESO A VILLA
ROSSI A-113 TRAMO: R.N. Nº 7 R.P. A-113 KM 7,6 LONGITUD:
7,596 KM. DEPARTAMENTO: PRESIDENTE ROQUE SÁENZ PEÑA.
Y CONSIDERANDO:

Que la obra mencionada fue adjudicada al Consorcio Caminero Único, creado por Ley N 10.546 y su Decreto Reglamentario N 1053/2018, por Resolución Ministerial N 305/2022, suscribiéndose el pertinente contrato el día 1 de noviembre del 2022, con un plazo de obra de ciento ochenta 180 días contados a partir de la suscripción del Acta de Replanteo la cual fue confeccionada con fecha 22 de noviembre del 2022.

Que el Legajo Único de contratación de la obra, en su punto II.2.3 establece un Fondo de Reparos del 5% del importe total de cada certificado de obra mensual ejecutada, y en su punto II.2.6 que La inspección, medición y certificación de las obras estará a cargo de la DPV .
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8.614 en su Artículo 59 dispone que En todo certificado de pago de obra de construcción se descontará del cinco por ciento 5% al diez por ciento 10% de su importe para formar el fondo de reparos según se determinen en los pliegos respectivos. En los casos de pago diferido, la autoridad competente determinará la necesidad de formarlo y el monto del mismo. Este depósito podrá ser sustituido por los demás medios y modos previstos en el Artículo 22, previa aceptación de la autoridad competente.
Que el Presidente del Consorcio Caminero Único solicita la sustitución anticipada del fondo de reparo con fecha 3 de noviembre del 2022, acompañando en autos PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN SUSTITUCIÓN FONDOS DE
REPARO OBRA PÚBLICA N 1.186.558 y Condiciones Generales, con vigencia desde las 0 horas del día 27 de octubre del 2022, hasta la extinción de las obligaciones del tomador cuyo cumplimiento cubre, emitida por ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS, CUIT N
30-51891934-9, por un monto de Pesos Treinta y Seis Millones Quinientos Mil $ 36.500.000,00, en relación a la obra de referencia, constituyendo el asegurador domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y sometiendo cualquier litigio a la jurisdicción del domicilio del asegurado. Asimismo, se consigna que los asegurados son MINISTERIO OBRAS PUBLICAS - DIRECCION DE VIALIDAD
- CONSORCIO CAMINERO UNICO.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que según constancias del Portal de Obras Públicas POP la obra de que se trata registra un avance acumulado del 5,54%, conforme MEDICIÓN MENSUAL N 002-0 CORRESPONDIENTE AL PERIODO
DIC - 2022.
Que obra Dictamen N 2023/00000029 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a la constancias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas N 8.614, artículo 107 del Pliego General de Condiciones Decreto N 4.758/77 puede aprobarse la sustitución de que se trata para aquellos certificados que a la fecha del presente instrumento legal se hubieran emitido en caso de así correspondery para los que se emitan en el futuro, hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 2023/00000029 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRÚEBASE la sustitución anticipada del Fondo de Reparo mediante PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN SUSTITUCIÓN FONDOS DE REPARO OBRA PÚBLICA N 1.186.558 y Condiciones Generales, para aquellos certificados que a la fecha de la presente Resolución se hubieran emitido y para los que se emitan en el futuro para el Contrato Original de la obra: PAVIMENTACIÓN ACCESO A VILLA ROSSI A-113
TRAMO: R.N. Nº 7 R.P. A-113 KM 7,6 LONGITUD: 7,596 KM. DEPARTAMENTO: PRESIDENTE ROQUE SÁENZ PEÑA, expedida por ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS, CUIT N
30-51891934-9 por la suma de Pesos Treinta y Seis Millones Quinientos Mil $ 36.500.000,00, hasta cubrir dicho monto.
Artículo 2.- FACÚLTASE a la Dirección de Vialidad a emitir los Certificados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección de Vialidad, dese intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date17/02/2023

Page count4

Edition count4137

Première édition01/02/2006

Dernière édition11/05/2024

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