Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/01/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 20
CORDOBA, R.A. VIERNES 27 DE ENERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

416/2022, por Fiscalía de Estado bajo el N 988/2022 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por Ley N 10.175 e individualizado, por Resolución N 123/2014 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 676/2014, ubicado Pedanía Los Molinos, Departamento Calamuchita de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula N 1.432.145, con una superficie a afectar de 5.754 m2, de acuerdo al Plano de Mensura para Expropiación confeccionado por el Ing. Civil Sergio A. Castillo y visado por la Dirección General de Catastro, con fecha 5 de diciembre de 2019, en el Expte. N 0033-106785/2018; y, consecuentemente, APRUÉBASE el Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, que como Anexo I, compuesto de diez 10 fojas útiles, integra este acto, celebrado entre la firma CAMINOS DE LAS SIERRAS S.A., en representación de
Decreto N 96

la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y las señoras Petrona Lidia CALARCO, D.N.I. N 12.787.300 y Pascuala Azucena CALARCO, D.N.I. N 14.286.006, en carácter de cotitulares del bien mencionado, para ser destinado a la ejecución de la obra DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N
36 - TRAMO: C-45 - SAN AGUSTÍN.
Artículo 2.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6394.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a Caminos de las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Córdoba, 26 de enero de 2023

VISTO: el Decreto Nacional Nº 877 de fecha 29 de diciembre de 2022.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal se declaró al Año 2023 como de homenaje a los cuarenta años ininterrumpidos de democracia.
Que con ese fin, se dispuso que durante el corriente año toda la documentación oficial de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, así como de los Entes autárquicos dependientes de aquélla, deberá llevar la leyenda: 1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA.
Que finalmente, se invita a los Gobiernos Provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al mencionado Decreto Nacional.
Que atento a ello, y teniendo en cuenta que durante el año 2023 se cumplirán 40 años del hito histórico acaecido el 30 de octubre de 1983, cuando tras más de siete largos y trágicos años de Dictadura Cívico Militar, nuestro país retomó las bases institucionales de un sistema político basado en los principios constitucionales, al ser electo democráticamente el doctor Raúl Ricardo ALFONSÍN como Presidente de la Nación, e inició una nueva etapa que se celebraría en toda la República Argentina, como el Día de la Restauración de la Democracia, así declarado por la Ley N 26.323 en conmemoración de la fecha de recuperación del Estado de Derecho y de la finalización de la última Dictadura Cívico Militar, resulta oportuno adherir al Decreto Nacional en cuestión, compartiendo los objetivos de difusión y concientización expresados en dicho acto.
Por ello, y en uso de atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 1, de la Constitución Provincial;

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 1.- ADHIÉRESE la Provincia de Córdoba a las disposiciones del Decreto Nacional N 877 de fecha 29 de diciembre de 2022 y, en consecuencia, DECLÁRASE el Año 2023 como de homenaje a los cuarenta años ininterrumpidos de democracia, debiendo destacarse en las menciones oficiales provinciales tal circunstancia.
Artículo 2.- DISPÓNESE durante el Año 2023 el uso en el margen superior derecho de la papelería y documentación de uso oficial, en el ámbito de la Administración Pública centralizada, descentralizada, agencias, sociedades y empresas del Estado, de la leyenda 1983/2023 40 AÑOS DE
DEMOCRACIA.
Artículo 3.- INVÍTASE a las autoridades de Municipios, Comunas y de los Poderes Legislativo y Judicial, para que dicten, en el ámbito de sus competencias, disposiciones similares a las de este instrumento legal.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Coordinación y el señor Fiscal de Estado, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN JULIO CESAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA
GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/01/2023 - 1º Sección

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PaysArgentine

Date27/01/2023

Page count4

Edition count4148

Première édition01/02/2006

Dernière édition25/05/2024

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