Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCVIV - Nº 126
CORDOBA, R.A. VIERNES 4 DE AGOSTO

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

Resolución Normativa Nº 1/2004: Incorporan Artículo MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN NORMATIVA N 23
Córdoba, 27 de Julio de 2006
VISTO: La Resolución de la Secretaría de Ingresos Públicos N 24/06 y la Resolución Normativa N 1/2004
y modificatorias, Publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba los días 26-05-2006 y 24-09-04, respectivamente, Y CONSIDERANDO:
QUE a través de Resolución citada en primer término la Secretaría de Ingresos Públicos nominó a nuevos Agentes de Retención y Percepción conforme las
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN GENERAL N 1457
Córdoba, 26 de Julio de 2006
VISTO: El diseño del Formulario Número F-298;
Y CONSIDERANDO:
QUE el mencionado Formulario fue aprobado por Resolución General Nº 1177 publicada en el Boletín Oficial de fecha 28/11/2000 correspondiendo al Impuesto
disposiciones del Decreto Nº 443/04 y modificatorio.
QUE asimismo dicha Resolución redujo el valor del coeficiente unificado de ingresos y gastos a los fines de lo establecido en el inciso a de los Artículos 4º y 22 del Decreto N 443/04 y modificatorio, estableciendo que los Agentes deberán aplicarlo a partir de la vigencia que establezca esta Dirección para la utilización del nuevo Sistema SiLARPIB.CBA.
QUE por Resolución Normativa N 20 y 21 de esta Dirección se estableció la vigencia del nuevo Aplicativo SiLARPIB.CBA, comenzando su utilización a partir del 01-08-06 y se reglamentó las funcionalidades del mismo, adecuándose las formalidades a cumplimentar por parte de los Agentes previstas en la Sección 1 del Capítulo 3
del Título IV de la Resolución Normativa N 1/2004 y modificatorias.

sobre los Ingresos Brutos.
QUE atento los requerimientos del Sector Operativo, resulta necesario adecuar el Formulario F-298 - ALTA, BAJA Y MODIFICACIÓN IMPUESTO SOBRE LOS
INGRESOS BRUTOS ANEXO AL F-298: DECLARACIÓN
JURADA IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS, a fin de ser utilizado para la Solicitud de Inscripción, Solicitud de Baja y/o Modificación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 18 del Código Tributario, Ley Nº 6006, T.O.
2004 y sus modificatorias, CONTINÚA EN PÁGINA 2

DECRETOS
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 800
Córdoba, 30 de Junio de 2006
VISTO: El expediente Nº 0327-073947/06, en el cual obran actuaciones relacionadas con la designación de personal transitorio, nominado en el Anexo único de Treinta y nueve 39 fojas útiles, en la Unidad P.A.I.COR.

QUE resulta conveniente precisar que todos los Agentes deberán considerar el nuevo porcentaje del coeficiente previsto en el Artículo 7 de la Resolución mencionada de la Secretaria de Ingresos Públicos, a partir de las operaciones que se realicen en la fecha prevista en el inciso 1 del Artículo 219 2 de la Resolución Normativa N 1/2004 y modificatorias.
POR ELLO, atento lo dispuesto por los Artículos 18 y 37 del Código Tributario Provincial vigente, Ley Nº 6006, T.O. 2004 y modificatorias, en el Artículo 53 del Decreto Nº 443/04 y en el Artículo 12 de la Resolución N 24 de la Secretaría de Ingresos Públicos.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR a continuación del Artículo 291 de la Resolución Normativa Nº 1/2004 y modificatorias, publicada en el Boletín Oficial de fecha 24-09-04, el Título y Artículo que se transcriben a continuación:
SUJETOS NO PASIBLES
ARTÍCULO 291 1º.- Todos los Agentes de Retención y/o Percepción deberán considerar, a los fines establecidos en el inciso a de los Artículos 4º y 22 del Decreto N443/04 y modificatorio, el valor de coeficiente unificado de ingresos y gastos del 10 % a partir de la fecha prevista en el inciso 1 del Artículo 219 2 de la presente.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de los Sectores pertinentes y archívese.
CR. ALFREDO LALICATA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Y CONSIDERANDO:
Que según se desprende de las constancias de autos, la designación como personal transitorio de los agentes nominados en el Anexo Único expira el día 30
de Junio de 2006, conforme lo dispuesto por el Decreto Nro. 1694/05, resultando procedente realizar una nueva designación por el período comprendido desde el 01 de CONTINÚA EN PÁGINA 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2006 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date04/08/2006

Page count3

Edition count4154

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Dernière édition05/06/2024

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