Diario Oficial El Peruano del 7/5/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

Documento de Identidad
Infractor
Acta de incautación
3

BOLETIN OFICIAL

Lima, martes 7 de mayo de 2019 I EL PERUANO

Resolución de División
Liquidación de Cobranza
Determinación
Monto en Soles
Cédula de Ciudadanía Nº 16376870

ALZATE ARANGO 019-0202JORGE ANTONIO 2018-000961

0193J0500/2019000457

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2018-000961, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Imponer una MULTA al ciudadano colombiano ALZATE ARANGO JORGE ANTONIO, identificado con Cédula de Ciudadanía Nº 16376870, por un monto 2019-002356
ascendente a USA $ 746.00 Setecientos Cuarenta y Seis con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 2,443.00 Dos Mil Cuatrocientos Cuarenta y Tres con 00/100 Soles, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley N 28008.

2,443.00

Cédula de Ciudadanía Nº 0909987059

HERRERA LARA
ANGEL JOHN

0193J0500/2019000457

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2018-000962, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Imponer una MULTA al ciudadano ecuatoriano HERRERA LARA ANGEL JOHN, identificado con Cédula de Ciudadanía Nº 0909987059, por un monto ascendente 2019-002355
a USA $ 713.04 Setecientos Trece con 04/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 2,335.00 Dos Mil Trescientos Treinta y Cinco con 00/100 Soles, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley N 28008.

2,335.00

019-02022019-000331

0193J0500/2019000474

ARTICULO PRIMERO: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolución de mercancías incautadas presentada mediante Expediente N000-URD003-2019-148416-8, de conformidad a los fundamentos expuestos en el INFORME N1031-2019-SUNAT/3J0500.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2018-000331, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
2019-002468
ARTICULO TERCERO: Sancionar con MULTA a WUILLIAM JOSE LEAL CARO, identificado con CI V-24.680.707 con domicilio según expediente en: Av. Las Américas 1511 La Victoria Lima - Lima, por un monto ascendente a USA $ 417.46 Cuatrocientos Diecisiete con 46/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 1,383.00 Mil trescientos ochenta y tres con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

1,383.00

ARTICULO PRIMERO: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolución presentada mediante expediente N000-URD051-2019-146840-2 por RAMIREZ CINDY DAIRY, identificada con cédula ecuatoriana Nº 0962384848, conforme a las razones expuestas en el informe adjunto a la presente Resolución.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2019-000205, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 2019-002477
N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO TERCERO: Sancionar con MULTA a ROSILLO TOURS S.A.C., inscrita con RUC N20132644650, por un monto ascendente a USA $ 728.30 Setecientos veintiocho y 30/100
dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 2,426.00 Dos mil cuatrocientos veintiséis con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

2,426.00

Cédula de Identidad Nº V-24.680.707

WUILLIAM JOSE
LEAL CARO

019-02022018-000962

Cédula Ecuatoriana Nº 0962384848

RAMIREZ CINDY
DAIRY

019-02022019-000205

0193J0500/2019000489

Cédula de Identidad Extranjera Nº 131037200-6

CARLOS JORGE
BAILON CUSME

019-02022017-001135

0193J0500/2019000518

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2017-001135, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA al ciudadano ecuatoriano CARLOS JORGE BAILON CUSME, identificado con Cédula de Identidad Extranjera Nº 131037200-6 Ecuador, 2019-002548
por un monto ascendente a USA $ 209.78 Doscientos nueve con 78/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 684.00 Seiscientos Ochenta y Cuatro con 00/100, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N
28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

684.00

Pasaporte Nº AO376872

HURTADO
PAREDES
YESSICA

019-02052018-000145

0193J0500/2019000497

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0205-2018-000145, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a HURTADO PAREDES YESSICA, identificada con Pasaporte Nº AO376872, por un monto ascendente a USA $ 1,507.06 Mil quinientos 2019-002511
siete con 06/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 4,975.00 Cuatro mil novecientos setenta y cinco con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

4,975.00

Pasaporte Nº 144683604

CEDEÑO
SALVATIERRA
ALBERT
EDUARDO

019-02022018-001370

0193J0500/2019000501

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2018-001370, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA al ciudadano venezolano CEDEÑO SALVATIERRA ALBERT EDUARDO, identificado con Pasaporte Nº 144683604, por un monto ascendente 2019-002507
a USA $ 225.54 Doscientos veinticinco con 54/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 753.00 Setecientos cincuenta y tres con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

753.00

Cédula de Identidad Extranjera Nº 091429320-4

HECTOR
FRANCISCO
BANCHEN
CARRANZA

019-02052017-000076

0193J0500/2018000887

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0205-2017-000076, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a HECTOR FRANCISCO BANCHEN CARRANZA identificado con Cédula de Identidad Extranjera Nº 091429320-4, por un monto 2018-006766
ascendente a USA $ 289.38 Doscientos Ochenta y Nueve con 38/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 944.00 Novecientos Cuarenta y Cuatro con 00/100, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N
28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

944.00

Pasaporte Nº AU826391

CASTILLO
CASTRO ALEX
FERNANDO

019-02022018-000626

0193J0500/2019000492

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2018-000626, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a CASTILLO CASTRO ALEX FERNANDO, con Pasaporte colombiano Nº AU826391, por un monto ascendente a USA $ 1,687.92 Mil 2019-002491
seiscientos ochenta y siete con 92/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 5506.00 Cinco mil quinientos seis con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

5,506.00

Documento de Identidad Nº 0604789453

SHAQUI
POMAQUIZA
ROSA

019-02022018-001566

0193J0500/2019000469

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0205-2017-001566, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a SHAQUI POMAQUIZA ROSA identificada con documento de identidad Nº 0604789453, por un monto ascendente a USA $ 542.30 2019-002448
equivalente a S/ 1,834.00 Mil ochocientos treinta y cuatro con 00/100, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

1,834.00

Documento de Identidad Nº 1804713418

MANZABA
MENDOZA
FABIAN
EZEQUIEL

019-03002018-000335

0193J0500/2019000472

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0300-2018-000335, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a MANZABA MENDOZA FABIAN EZEQUIEL identificado con documento de identidad Nº 1804713418, por un monto ascendente a USA 2019-002451
$ 3,012.56 equivalente a S/ 9,935.00 Nueve mil novecientos treinta y cinco con 00/100, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

9,935.00

Documento de Identidad Nº 1804504478

MARTINEZ
SANTILLAN
PATRICIA

019-03002018-000336

0193J0500/2019000473

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0300-2018-000336, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a MARTINEZ SANTILLAN PATRICIA identificada con documento de identidad Nº 1804504478, por un monto ascendente a USA $ 3,038.68 2019-002454
equivalente a S/ 10,022.00 Diez mil veintidós con 00/100, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

10,022.00

005-1766485-1

PERÚ

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE ILO
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

NOTIFICACIÓN
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO
La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, de conformidad al artículo 17-B.3 de la Ley N 29151
Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales incorporado mediante Decreto Legislativo Nº 1358
publica el extracto de las Resoluciones Nrosº 0252, 0254-2019/SBN-DGPE-SDAPE, a través de las cuales se dispone las Modicaciones de las Resoluciones Nrosº 0908, 582-2018/SBN-DGPE-SDAPE, sustentada en los Expedientes Nrosº 1165-2016 y 363-2017/SBN-SDAPE, respectivamente, para conocimiento y nes.
RESOLUCION Nº 0252-2019/SBN-DGPE-SDAPE. PARTE RESOLUTIVA:
PRIMERO.- Modicar el artículo 1 de la Resolución n. 0908-2018/SBN-DGPE-SDAPE del 20 de diciembre de 2018, debiendo quedar en los términos siguientes: Artículo 1. - Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 31 420,22 m2 ubicado en el cerro Arrastre Bajo, al Sur del asentamiento humano Sagrado Corazón de Jesús II Etapa y al Oeste del asentamiento humano Mariscal Castilla, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
SEGUNDO.- Remitir copia autenticada de la presente resolución al Registro de Predios de la Ocina Registral de Lima, para la inscripción correspondiente.
TERCERO.- Noticar la presente Resolución a la Subdirección de Supervisión de esta Superintendencia, con el objeto de que pueda disponer se realicen las acciones de supervisión del predio del Estado de acuerdo a sus competencias conforme a Ley.

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR que se ha decretado el Comiso Administrativo a través de las Resoluciones de División N 163-3M0500/2019-000053, 1633M0500/2019-000054, 163-3M0500/2019-000055, 163-3M0500/2019-000056, 163-3M0500/2019-000057, de fecha 29/04/2019, de las mercancías en la que los intervenidos no se identificaron o no pudieron ser identificados plenamente, ni tampoco presentaron solicitud de devolución dentro del plazo legal correspondiente. La persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a recabar copia del documento notificado a la Intendencia de Aduana de Ilo ubicada en Av. Venecia s/n Ilo-Moquegua.
Se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía comisada podrá ser objeto de adjudicación o remate conforme a lo dispuesto en el Art. 180 de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo N 1053. La presente aparece publicada a partir de la fecha en la PÁGINA WEB de SUNAT.
RESOLUCIÓN DE
DIVISIÓN

FECHA DE LA
RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN

163 3M0500/2019-000053

29/04/2019

163 3M0500/2019-000054

29/04/2019

163 3M0500/2019-000055
163 3M0500/2019-000056
163 3M0500/2019-000057

29/04/2019
29/04/2019
29/04/2019

RESOLUCION Nº 0254-2019/SBN-DGPE-SDAPE. PARTE RESOLUTIVA:
PRIMERO.- Modicar el artículo 1 de la Resolución n. 0582-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 23 de agosto de 2018, en los términos siguientes: Artículo 1. - Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 48 497,23 m2 ubicado al Este del A.A.H.H El Huarango La Tierra Prometida, al Sur del cerro el Toro y al Norte de la laguna Huacachina, distrito, provincia y departamento de Ica; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
SEGUNDO.- Remitir copia autenticada de la presente resolución al Registro de Predios de la Ocina Registral de Ica, para la inscripción correspondiente.
El texto completo de las Resoluciones se encuentra publicado en la página web: www.sbn.gob.pe SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL

005-1766504-1
005-1766348-1

ACTA DE
INCAUTACIÓN
163-0300-2019-000057
163-0300-2019-000064
163-0300-2019-000069
163-0300-2019-000070
163-0300-2019-000071
163-0300-2019-000072
163-0300-2019-000073
163-0300-2019-000060
163-0300-2019-000061
163-0300-2019-000052
163-0400-2019-000005
163-0300-2019-000068

FECHA DEL ACTA DE
INCAUTACIÓN
08/03/2019
13/03/2019
16/03/2019
17/03/2019
17/03/2019
17/03/2019
18/03/2019
09/03/2019
09/03/2019
05/03/2019
08/02/2019
16/03/2019

SANCIÓN

COMISO

COMISO
COMISO
COMISO
COMISO

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 7/5/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha07/05/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2739

Primera edición01/01/2016

Ultima edición11/05/2024

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