Diario Oficial El Peruano del 7/5/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

2

BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, martes 7 de mayo de 2019

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TUMBES
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales detalladas a continuación que se ha decretado sanción de COMISO, MULTA y otros actos administrativos a través de las Resoluciones de División detalladas a continuación, en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo apersonarse a recabar copia del documento notificado, en la Intendencia de Aduana Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
Documento de Identidad DNI Nº 00221756

RUC N
20602829023

DNI Nº 45641243

RUC N
20600574702

DNI Nº 08176672

DNI Nº 47515366

DNI Nº 80280737

DNI Nº 09091483

DNI Nº 03590791

Acta de incautación
Infractor
Resolución de División
Liquidación Monto en de Cobranza Soles
Determinación
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0202-2017-000715, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008
- Ley de los Delitos Aduaneros.
019019-02023J0500/2018- ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a ALEMAN CARDENAS ENRIQUE identificado con DNI N00221756 inscrita con RUC N10002217568 , por un monto ascendente a USA $ 158.16
2017-000715
Ciento cincuenta y ocho con 16/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente S/.514.00 Quinientos catorce con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de 000740
pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0202-2018-000860, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008
- Ley de los Delitos Aduaneros.
INVERSIONES
019019-0202QORI SOUTH
3J0500/2019- ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a la empresa INVERSIONES QORI SOUTH E.I.R.L inscrita con RUC N20602829023 , por un monto ascendente a USA $ 2683.76 Dos mil 2018-000860
seiscientos ochenta y tres con 76/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente S/. 8787.00 Ocho mil setecientos ochenta y siete con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces E.I.R.L.
000237
los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
Artículo 1: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0300-2017-000147, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
JUNIOR
Articulo 2: Sancionar con MULTA a JUNIOR ISRAEL VALLADOLID SIERRA identificado con DNI N45641243, por un monto ascendente a USA $ 781.24 Setecientos Ochenta y Uno con 24/100
019019-0300ISRAEL
3J0500/2018- dólares de los Estados Unidos de América, equivalente S/.2,541.00 Dos Mil Quinientos Cuarenta y Uno con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener VALLADOLID 2017-000147
el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 39 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros. Artículo 3: Oficiar a la Municipalidad 000012
SIERRA
Provincial de Tumbes, Municipalidad Distrital de Zarumilla, Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, para que aplique SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR por un plazo de un 01 año al conductor JUNIOR ISRAEL VALLADOLID SIERRA identificado con DNI N45641243, de conformidad al artículo 39 literal a de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
Articulo 1: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0202-2016-001934, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
019RONEYCIE
019-02023J0500/2018- Articulo 2: Sancionar con MULTA a RONEYCIE E.I.R.L. inscrita con RUC N20600574702, por un monto ascendente a USA $ 123.40 equivalente S/.420.00 Cuatrocientos veinte con 00/100
E.I.R.L.
2016-001934
Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la Ley N
0000309
28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0202-2018-000559, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008
CRUZ GIRON
- Ley de los Delitos Aduaneros.
019019-0202REYNA
3J0500/2018- ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a CRUZ GIRON REYNA DE LOS MILAGROS identificada con DNI Nº08176672, inscrita con RUC N10081766725, por un monto ascendente a USA
2018-000559
DE LOS
$ 251.08 Doscientos cincuenta y uno con 08/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente S/. 825.00 Ochocientos veinticinco con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los 000882
MILAGROS
tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO.- Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0300-2018-000185, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008
- Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO.- Imponer una MULTA a Jorge YOVERA CHIROQUE identificado con DNI N47515366, inscrito con RUC N10475153664, por el monto ascendente a USA $ 311.62
JORGE
019019-0300YOVERA
3J0500/2019- Trescientos Once con 62/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente S/.1,022.00 Mil veintidós con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por 2018-000185
tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley N 28008. ARTICULO TERCERO.- Oficiar a la Municipalidad Provincial de CHIROQUE
000165
Tumbes y a la Municipalidad Distrital de Zarumilla, para que aplique SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR por un plazo de un 01 año al conductor Jorge YOVERA CHIROQUE identificado con DNI N47515366, inscrito con RUC N10475153664, de conformidad al artículo 39 literal a de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0202-2018-000307, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008
- Ley de los Delitos Aduaneros.
TICONA
019019-0202MACHACA
3J0500/2018- ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a TICONA MACHACA ANGEL LUPE identificada con DNI Nº 80280737, por un monto ascendente a USA $ 494.38 Cuatrocientos noventa y cuatro 2018-000307
con 38/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente S/. 1603.00 Mil seiscientos tres con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el ANGEL LUPE
000869
infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0202-2017-000286, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008
FELIPA
- Ley de los Delitos Aduaneros.
019019-0202MAGDALENA
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a FELIPA MAGDALENA BUSTO SOLANO identificada con DNI N09091483, por un monto ascendente a USA $ 231.86 Doscientos Treinta y Uno 3J0500/20182017-000286
BUSTO
con 86/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente S/.754.00 Setecientos Cincuenta y Cuatro con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, 000350
SOLANO
por tener la infractora la condición de responsable de la mercancía intervenida descrita en el Acta N 019-0202-2017-000286, de conformidad con el artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0203-2017-000152, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008
- Ley de los Delitos Aduaneros.
OSCAR
019019-0203ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a OSCAR TORRES FLORES identificada con DNI N03590791, con domicilio ubicado en Av. España s/n Tumbes - Zarumilla - Aguas Verdes, por un TORRES
3J0500/20192017-000152
monto ascendente a USA $ 190.58 Ciento Noventa con 58/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente S/. 624.00 Seiscientos Veinticuatro con 00/100 Soles, correspondiente FLORES
000062
a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener la infractora la condición de responsable de la mercancía intervenida descrita en el Acta N 019-0202-2017-000286, de conformidad con el artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ALEMAN
CARDENAS
ENRIQUE

2018-006213

514.00

2019-001365

8,787.00

2018-000218

2,541.00

2018-003042

420.00

2018-006781

825.00

2019-000830

1,022.00

2018-6764

1,603.00

2018-003065

754.00

2019-000436

624.00

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales que se detallan a continuación que se ha decretado sanción de COMISO y otros actos administrativos a través de la Resolución de División detallada a continuación, en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo apersonarse a recabar copia del documento notificado, en la Intendencia de Aduana Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
Documento de Identidad DNI
N46069140

Acta de incautación
Infractor
Resolución de División
DEYVER HUGO
019-0300BUSTAMANTE INFANTE 2018-000363

DNI
N47775767
DNI
N00256435

CARRILLO CRUZ
OSCAR SEVERINO
JOSE CIRCUNSICION
GARCIA GARCIA

019-02032017-000380
019-02032017-000161

DNI
N74721000

VALDEZ RODRIGUEZ
KENYI JORGE

019-03002017-000268

Determinación
019-3J0500/2019- ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0300-2018-000363, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos 000339
Aduaneros.
ARTÍCULO ÚNICO.- Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0203-2017-000380, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO ÚNICO: Sancionar con COMISO la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0203-2017-000161, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO PRIMERO: Sancionar con COMISO la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0300-2017-000268, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros. ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con INTERNAMIENTO TEMPORAL al vehículo de placa de rodaje F8B-656, por el periodo de sesenta 60 días calendario, computados desde la fecha de su 019-3J0500/2019- intervención y/o captura, por transportar mercancía de procedencia extranjera sin documentación legal que ampare su ingreso y libre tránsito por territorio nacional; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41 literal a de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros. ARTICULO TERCERO: Oficiar a la Policía Nacional del Perú, a fin de que disponga orden de captura a nivel nacional del vehículo con placa de 000286
rodaje F8B-656, el mismo que una vez intervenido deberá ser internado en el depósito oficial de la Dirección Regional de Transporte o Ministerio de Transportes y Comunicaciones, comunicando este hecho a la Intendencia de Aduana de la circunscripción correspondiente.

019-3J0500/2018000838
019-3J0500/2018000408

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales que se detallan a continuación que se ha decretado sanción de COMISO y otros actos administrativos a través de la Resolución de División detallada a continuación, en aplicación del artículo 197º del Decreto Legislativo N 1053 - Ley General de Aduanas, debiendo apersonarse a recabar copia del documento notificado, en la Intendencia de Aduana Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
Documento de Identidad
Infractor
Acta de incautación
Resolución de División
DNI N18074158

FLORES ODAR RAUL
ALFREDO

019-0205-2018000166

019-3J0500/2018-000896

Determinación ARTÍCULO ÚNICODeclarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolución de mercancía presentada por FLORES ODAR RAUL ALFREDO, identificado con DNI N18074158, mediante Expediente N019-URD095-2018-696905-7 del 29.10.2018, en consecuencia, se declara el COMISO la mercancía incautada mediante Acta de Incautación N 019-02052017-000166 del 25.10.2018, conforme a lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 197 de la Ley General de Aduanas aprobada con Decreto Legislativo N1053, en concordancia con el numeral 3 del artículo 14.1 del Decreto Supremo N076-2017-EF, en mérito a los fundamentos expuestos en el presente acto administrativo.

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR al ciudadano extranjero detallado a continuación que se ha decretado sanción de COMISO, MULTA y otros actos administrativos a través de la Resolución de División detallada a continuación, en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo apersonarse a recabar copia del documento notificado, en la Intendencia de Aduana Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
Documento de Identidad
Infractor
Acta de incautación
Resolución de División
Salvoconducto FREIRE BOMBON 019-0202Nº 1710450014
DANILO
2018-000726

0193J0500/2019000421

Salvoconducto SABAL SAEZ
019-0202Nº 1717585697 JORGE SEBATIAN 2018-001393

0193J0500/2019000442

Determinación
Liquidación de Cobranza
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2018-000726, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
2019-002294
ARTICULO SEGUNDO: Imponer una MULTA a FREIRE BOMBON DANILO, identificado con Salvoconducto Nº 1710450014, por un monto ascendente a USA $ 703.96 Setecientos tres con 96/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 2,301.00 Dos Mil Trescientos Uno con 00/100 Soles, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley N 28008.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación Nº 019-0202-2018-001393, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a SABAL SAEZ JORGE SEBATIAN, identificado con Salvoconducto Nº 1717585697 de la República del Ecuador, por un monto ascendente a 2019-002292
USA $ 183.48 Ciento ochenta y dos con 48/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 608.00 Seiscientos ocho con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

Monto en Soles 2,301.00

608.00

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 7/5/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha07/05/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2739

Primera edición01/01/2016

Ultima edición11/05/2024

Descargar esta edición