Diario Oficial El Peruano del 16/5/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

Firmado Digitalmente por:
EDITORA PERU
Fecha: 16/05/2019 04:37:02

GERENTE DE PUBLICACIONES OFICIALES e:

JUEVES 16

CARLOS AMAYA ALVARADO

DE MAYO DE 2019
AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
30
30

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
B. Edictos Clasificados 34

Juzgados Especializados Juzgados de Familia Juzgados de Paz Letrados
34

Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Patrimonio Familiar Prescripción Adquisitiva Rectificación de Areas o Linderos Sucesión Intestada Titulos Supletorios Reconocimiento de Unión de Hecho Curatela Especial
C. Remates Judiciales
37

Remates Bienes Inmuebles Provincias
38

AVISOS DE CURSO LEGAL
A. Contrataciones A. Avisos Diversos del Estado
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, hace de conocimiento al público en general, la relación de obligados que no pudieron ser notificados en sus respectivos domicilios, por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso 20.1.3 del numeral 20.1 del artículo 20 del T.U.O. de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 17 y el literal d del artículo 33 del T.U.O. de la Ley N 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva; se resuelve TRABAR MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO DEFINITIVO EN FORMA DE
RETENCION A TERCEROS contra el siguiente obligado:
N

AUTORIDAD QUE
NOTIFICA EL
DOCUMENTO

OBLIGADO

DOCUMENTO

EXPEDIENTE COACTIVO

RESOLUCIÓN
N

FECHA DEL
DOCUMENTO

MULTA

MONTO DEL
EMBARGO

NRO DE CUENTA
SUNAFIL EN EL
BANCO DE LA
NACIÓN

1

EJECUTORÍA
COACTIVA - ILM

COPY LUX INTERNATIONAL S.A.

20124179182

EXP. COACTIVO N
0327-2016-SUNAFIL/ILM-EC01

CUATRO

13/12/2018

226-2015SUNAFIL/ILM/SIRE1

S/ 37,219.29

0068337089

INGENIERÍA LESMIN SOCIEDAD
EXP. COACTIVO N
227-2015EJECUTORÍA
ANÓNIMA CERRADA
20541425871
CUATRO
13/12/2018
S/ 41,390.40
0068337089
2 0311-2016-SUNAFIL/ILM-EC01
SUNAFIL/ILM/SIRE3
COACTIVA - ILM
INGENIERÍA LESMIN S.A.C.
SAN ISIDRO LABRADOR
EXP. COACTIVO N
641-2014EJECUTORÍA
ASOCIACIÓN CIVIL EDUCATIVA
20511744882
CUATRO
13/12/2018
S/ 31,765.76
0068337089
3 0326-2016-SUNAFIL/ILM-EC01
SUNAFIL/ILM/SIRE1
COACTIVA - ILM
Y TECNOLÓGICA
La medida cautelar de embargo definitivo en forma de retención recae sobre las DEVOLUCIONES POR PAGO INDEBIDO O EN EXCESO derechos de crédito, las acreencias, los bienes, valores y fondos de los que sea titular el obligado en mención y que se encuentren en poder del tercero SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SUNAT, titular del RUC N 20131312955, de conformidad con lo establecido en el literal d del artículo 33 del T.U.O. de la Ley N 26979 Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y del artículo 38 del T.U.O. del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF; debiendo NOTIFICARSE AL TERCERO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SUNAT en su domicilio fiscal ubicado AV. GARCILASO
DE LA VEGA NRO. 1472 CERCADO DE LIMA, a fin que cumpla con retener la suma señalada, debiendo poner en conocimiento del Ejecutor Coactivo el monto de la retención en el plazo máximo de cinco 05
días hábiles de notificada la presente resolución. Asimismo, se debe ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD del tercero, en caso de incurrir en las causales establecidas en los numerales 18.1, 18.2, 18.3, 18.4
y 18.5 del artículo 18, el artículo 32, literal d del artículo 33 y 34 del T.U.O. de la Ley N 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva.
El obligado podrá solicitar una copia del documento en las oficinas de SUNAFIL, ubicadas en Av. Salaverry 655 -2do piso - Jesús MaríaLima, consultando por el área de Ejecución Coactiva.
Para efectuar el pago total de su deuda, deberá solicitar la actualización correspondiente de la misma al teléfono 3902800 Anexo 2007 o escribir a coactivo@sunafil.gob.pe Ejecutor coactivo - Intendencia de Lima Metropolitana
PERÚ

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Viceministerio de Comunicaciones
Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones
INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR POR LA COMISIÓN
DE INFRACCIONES A LA NORMATIVA DEL SECTOR COMUNICACIONES
Las personas naturales y/o jurídicas que a continuación se detallan no se les ha notificado el respectivo acto administrativo, conforme con lo dispuesto en los artículos 20º, numeral 20.1.3; 23º, numeral 23.1.2 y numeral 3 del artículo 255º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2019-JUS, en vía subsidiaria a la notificación personal realizada en forma infructuosa en los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes, procede a NOTIFICAR por la presente publicación los actos administrativos que dan inicio al procedimiento administrativo sancionador en su contra, por la presunta comisión de infracciones administrativas tipificadas en la Ley Nº 27987 y el Reglamento de la Ley Nº 27987, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2003-MTC; al realizar actividades que infringen la norma del sector comunicaciones.

PRESUNTO
INFRACTOR

EMPRESA DE
TRANSPORTES
TURISMO
APÓSTOL SAN
PEDRO E.I.R.L.

UBICACIÓN

LIMA

ACTO QUE SE
NOTIFICA

R.A. N 05422018MTC/29.AAFI
12/12/2018

Servicio Postal
005-1769373-1

Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones
Las personas naturales y/o jurídicas que a continuación se detallan no se les ha notificado el respectivo acto administrativo, conforme con lo dispuesto en los artículos 20º, numeral 20.1.3; 23º, numeral 23.1.2 y numeral 3 del artículo 255º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2019-JUS, en vía subsidiaria a la notificación personal realizada en forma infructuosa en los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes, procede a NOTIFICAR por la presente publicación los actos administrativos que dan inicio al procedimiento administrativo sancionador en su contra, por la presunta comisión de infracciones administrativas tipificadas en la Ley Nº 27987 y el Reglamento de la Ley Nº 27987, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2003-MTC; al realizar actividades que infringen la norma del sector comunicaciones.
PRESUNTO
INFRACTOR

UBICACIÓN

LIMA

ACTO QUE
SE NOTIFICA

Expreso Turismo Tacna Internacional S.C.R.L.

LIMA

SANCIONES Y/O
INFRACCIÓN / RECTIFICACION ERROR /
TIPO DE ACCIONES QUE SE
ARCHIVO DE PROCEDIMIENTO
SERVICIO PODRIAN IMPONER
ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
Y DISPONER

DISPONER el inicio del procedimiento administrativo sancionador por la presunta R.A. N 0475comisión de la infracción administrativa 2018tipificada como grave en el numeral 2.5 del MTC/29.AAFI
inciso 2 del artículo 3 de la Ley N 27987, 5/11/2018
referida a la no presentación de información falsa o tendenciosa a la administración.

Servicio Postal
Multa/Art. 4 de la Ley N 27987

DISPONER el inicio del procedimiento administrativo sancionador por la presunta comisión de la infracción administrativa tipificada como grave en el numeral 2.4 del inciso 2 del artículo 3 de la Ley N 27987, referida a no pagar la tasa por derecho de concesión postal.

Servicio Postal
Multa/Art. 4 de la Ley N 27987

Multa/Art. 4 de la Ley N 27987

: Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Títulos Habilitantes en Comunicaciones.
Norma que atribuye competencia : Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC Reglamento de Organización y Funciones del MTC, Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01 y Resolución Ministerial N 135-2019-MTC/01.

Viceministerio de Comunicaciones
INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR POR LA COMISIÓN
DE INFRACCIONES A LA NORMATIVA DEL SECTOR COMUNICACIONES

Impulsores S.A.C

Los descargos con las pruebas pertinentes deben de ser presentados a la Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Títulos Habilitantes en Comunicaciones de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro del plazo de diez 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en el Jr. Zorritos Nº 1203 Lima 1.
Autoridad Instructora
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
SANCIONES Y/O
INFRACCIÓN / RECTIFICACION
ERROR / ARCHIVO
TIPO DE ACCIONES QUE SE
DE PROCEDIMIENTO
SERVICIO PODRIAN IMPONER
Y DISPONER
ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
DISPONER el inicio del procedimiento administrativo sancionador por la presunta comisión de la infracción administrativa tipificada como leve en el numeral 3.2 del inciso 3 del artículo 3 de la Ley N 27987, referida a no comunicar a la administración toda modificación de los datos inscritos en el Registro Nacional de Concesionarios del Servicio Postal.

PERÚ

005-1769026-1

R.D. N
0009-2019MTC/29.02
1/04/2019

Los descargos con las pruebas pertinentes deben de ser presentados a la Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Títulos Habilitantes en Comunicaciones de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro del plazo de diez 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en el Jr. Zorritos Nº 1203
Lima 1.
Autoridad Instructora Norma que atribuye competencia
005-1769378-1

: Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Títulos Habilitantes en Comunicaciones.
: Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC Reglamento de Organización y Funciones del MTC, Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01 y Resolución Ministerial N 135-2019-MTC/01.

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 16/5/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha16/05/2019

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones2722

Primera edición01/01/2016

Ultima edición24/04/2024

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