Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/4/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 34

B.O. P. DE CADIZ NUM. 62

de Espacios Libres en calle Galileo, n.º 35, desde las letras A hasta la F, elaborada por la Arquitecto Municipal con fecha 26 de febrero de 2024, en los términos que a continuación se detallan:
Datos registrales: Registro de la Propiedad de La Línea de la Concepción, Tomo 223, Libro 56, Folio 125, Hoja 5, Finca 2436.
Titulares registrales: D Flor María Gil Iparraguille y D. Angel María Gurmindo Aguirre, del cien por cien del pleno dominio con carácter presuntamente ganancial.
Cargas: La finca se encuentra libre de cargas, según certificación expedida por la Registradora de la Propiedad de La Línea de la Concepción con fecha 25 de septiembre de 2023.
La superficie afectada por la expropiación es de 595 m, en forma de polígono irregular mixtilíneo que limita:
- Al frente con Calle Galileo en una línea recta de longitud 25,85 m.
- A la derecha tomando como frente Calle Galileo, en una línea quebrada de cuatro tramos rectos de longitudes 7,87 m., 4,91 m., 0,55 m. y 8,05 m. con finca medianera en Calle Galileo 37 A 9548509TF8094N0001FM y otra línea quebrada de dos tramos rectos de longitudes 3,02 m. y 4,00 m. con finca medianera sita en Calle Apodaca 1D
9548502TF8094N0001BM.
- A la Izquierda en una línea recta de longitud 14,69 m. con calle Santa Margarita.
- Al fondo en una línea quebrada de dos tramos, uno recto de longitud 12,37 m. y otro curvo de longitud 15,91 con resto de la parcela catastral 9548516TF8094N0000EX.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la referida resolución cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Algeciras, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

21/03/24. El Alcalde, Fdo.: José Juan Franco Rodríguez.
Nº 45.545


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA

En sesión celebrada el día 7 de marzo de 2024, la Junta de Gobierno Local, adoptó el siguiente acuerdo:

1º.- Desestimar las alegaciones presentadas por D. Juan Pedro Ruiz Vera Ruiz-Herrera, PROMOCIONES INMOBILIARIAS GADES 2000, S.L. y por D Elena Evtuhenko y D. José Luis López Esteras, en nombre y representación de INMOBILIARIA
METAFICE, S.L. de acuerdo con los informes municipales recogidos en el expuesto.

2º.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del PLAN DE
SECTORIZACIÓN NO-3 LAS MARÍAS aprobado inicialmente mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de abril de 2023.

3º.- Determinar que la formalización del Proyecto de Reparcelación por Compensación se efectúe mediante documento administrativo o bien mediante escritura pública, sí así lo prefieren los interesados y por cuenta de los mismos, en la forma establecida en los artículos 2 y 6 del R.D. 1093/97, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, quedando obligados los propietarios a aportar a esta Administración las notas simples registrales correspondientes a las fincas objeto de cesión al municipio, condicionándose el inicio de las obras de urbanización del sector al cumplimiento de dicho requisito.

4º.- Incorporar al patrimonio público del suelo los terrenos que quedan cedidos de derecho al municipio en el PLAN DE SECTORIZACIÓN NO-3 LAS
MARÍAS, afectando los mismos a los usos previstos en el planeamiento.

5º.- Publicar esta resolución en el BOP y en el Tablón de Edictos Electrónico de la Sede electrónica Municipal en www.sede.elpuertodesantamaria.es, en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento y en la página web oficial del Ayuntamiento http
www.elpuertodesantamaria.es en la sección de Urbanismo. Con notificación a los alegantes, a los que se les dará traslado además el informe de alegaciones efectuado por la Junta de Compensación, y demás interesados, advirtiendo con carácter general que, contra la misma, podrán interponerse los siguientes recursos:
1.- Reposición: con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación. Se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su presentación sin notificarse su resolución art. 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.- Contencioso-Administrativo: en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o bien en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución del Recurso de Reposición, o en el plazo de seis meses desde que deba entenderse presuntamente desestimado dicho recurso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.

El Puerto de Santa María a 18/3/24. ELALCALDE PRESIDENTE, Germán Beardo Caro. Firmado.
Nº 45.663


AYUNTAMIENTO DE JIMENA DE LA FRONTERA
ANUNCIO

Con fecha 18 de marzo de 2024, el Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Jimena de la Frontera D. Francisco J. Gómez Pérez ha dictado el decreto núm. 2024-

2 de abril de 2024

0277, relativo al nombramiento de un funcionario interino para una plaza vacante de auxiliar administrativo en la Junta Municipal de Distrito de San Pablo de Buceite, con el siguiente tenor:
DECRETO
Departamento: ALCALDIA-PRESIDENCIA. Expte./Ref: 978/2020
Asunto: Nombramiento funcionario interino plaza vacante Auxiliar Administrativo oficina JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO SAN PABLO DE BUCEITE

Visto que por Providencia de Alcaldía de fecha 15/03/2024 se justifica la necesidad de dotar de un Auxiliar Administrativo a la plaza vacante en la oficina de la Junta Municipal de Distrito de San Pablo de Buceite.

Visto el Decreto nº 1511 de fecha 6 de julio de 2021 por la que se resolvía APROBAR la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo ORDENADOS POR CALIFICACIÓN FINAL EN ORDEN DESCENDENTE que rija el orden de llamamiento para el nombramiento de funcionarios interinos, en la categoría de Auxiliar Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2, mediante sistema de oposición libre, cuando surja la necesidad por razón de sustituciones, creación de un nuevo servicio, acumulación de tareas, cubrir vacantes, programa o planes subvencionados y cualquier otro tipo de necesidad de carácter temporal.

Vista la necesidad de cubrir la vacante existente en la plaza de Auxiliar Administrativo de la oficina de la Junta Municipal de Distrito.

Visto el Comunicado de la Sra. Concejala de Personal de 15/03/2024 en el que da cuenta que considerando la Providencia de la Alcaldía sobre la necesidad de cubrir la vacante existente en la oficina de la Junta Municipal de Distrito el aspirante de la lista de la bolsa de Auxiliares a quién corresponde efectuar el nombramiento es a D. Rodrigo Patiño Moares.

En virtud de cuanto se ha expuesto, vistos los Informes de Secretaría General de fecha 15/03/2024 y de la Intervención de Fondos de fecha 18/03/2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1/h de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, VENGO EN RESOLVER:

Primero.- Ordenar el nombramiento de D. Rodrigo Patiño Moares con DNI
Nº XXX50.13XX como funcionario interino en la plaza de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar Administrativo C2, correspondiente al puesto de Auxiliar Administrativo de la oficina de la Junta Municipal de Distrito de San Pablo de Buceite.

Segundo.- El nombramiento se efectúa por existencia de vacante y cesará por alguna de las causas legales previstas en la normativa vigente y por el tiempo previsto en dicha normativa hasta un máximo de tres años, no teniendo dicho cese derecho a compensación alguna.

Tercero.- Ordenar la publicación del nombramiento en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cuarto.- La toma de posesión del puesto será en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de la presente Resolución.

Quinto.- Notificar al interesado la presente Resolución para su conocimiento y efectos y comunicarla al Departamento de Personal para que efectúe los trámites correspondientes.

Sexto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del RD
2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Lo que se hace público para general conocimiento. Jimena de la Frontera Cádiz a 20 de marzo de 2024.- EL ALCALDE. Fdo.: Francisco José Gómez Pérez.
Nº 45.674


AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR DE BARRAMEDA
CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE
AYUDAS A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA 2024
BDNS Identif.: 750414

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/750414.

Se convocan para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva la siguiente línea de ayudas en el ámbito municipal:

AYUDAS A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS

Objeto de la Convocatoria.- La presente Convocatoria tiene por objeto la regulación jurídica mediante unas bases, por las que se regirán las ayudas a conceder por el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda en el presente ejercicio 2024, y en régimen de concurrencia competitiva, a las/los emprendedoras/es y empresas que ejerzan su actividad en Sanlúcar de Barrameda, para el desarrollo empresarial y profesional, y en particular su creación, consolidación y/ o ampliación de la actividad.

Ámbito temporal.- La presente Convocatoria se aplicará a todas aquellas solicitudes de ayudas que se presenten desde la fecha de su entrada en vigor y hasta el 15 de junio de 2024 inclusive.

Ámbito material.- La presente Convocatoria será de aplicación para aquellos proyectos, actividades o actuaciones empresariales y profesionales llevadas a cabo en Sanlúcar de Barrameda, y que sean realizadas por promotoras/es que sean micro, pequeñas o medianas empresas PYMES, entendiendo por tales aquellas empresas que tengan un máximo de 250 trabajadores y posean un volumen de facturación inferior a los 50 Millones de Euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros, de acuerdo con la definición dada por la Recomendación 2003/361/CE de la comisión de 6 de mayo de 2003 y los profesionales siempre dentro de una de estos supuestos:

4.1 Que se trate de proyectos, actividades o actuaciones empresariales y profesionales que a la fecha de la convocatoria no estén iniciados o iniciados a partir del

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/4/2024

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha02/04/2024

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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