Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/4/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 77

9. Documentos e informaciones que deben acompañarse.

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

9.1. Instancia de solicitud Anexo I, dipucadiz.es./cooperación/
convocatorias
9.2. Declaración responsable Anexo II dipucadiz.es./cooperación/
convocatorias
9.3. Proyecto con presupuesto desglosado por actividades.

9.4. Memoria de las actividades realizadas por la entidad solicitante el año anterior, que contenga un balance de los proyectos ejecutados y fuentes de financiación.

9.5. Estatutos actualizados que acrediten la personalidad y capacidad de la ONGD y su inclusión en el registro correspondiente, en originales o copias compulsadas.

9.6. Fotocopia compulsada del N.I.F. de la persona que formula la petición en nombre de la entidad así como documento que acredite la representación de la misma.
Serán válidos tanto un poder notarial como el reconocimiento del representante legal por parte de la secretaría general de la Diputación.

En caso de haber entregado la documentación requerida en anteriores convocatorias y teniendo la validez en el tiempo, no será necesario adjuntarla, indicando la fecha en la que se entregó Ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

10. Criterios de valoración de las solicitudes y baremación.

La valoración de los proyectos por parte de la Comisión de Valoración, actuará según lo previsto en el artículo 7.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz y se ajustará a los criterios establecidos en el ANEXO III.

No se considerarán para su valoración aquellos proyectos, presentados por ONGD, que en convocatorias anteriores hayan obtenido subvención de esta Diputación, para realizar cualquier tipo de actividades, y de las que no se disponga, a la fecha de presentación de la nueva solicitud, de las respectivas memorias justificativas de final de proyecto, tanto técnica como económica.

11. Plazo de resolución y notificación.

11.1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3
meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

11.2. La notificación de los proyectos aprobados se efectuará en el lugar que se haya indicado en la solicitud como domicilio. El silencio administrativo debe entenderse como la desestimación del proyecto y deberán recoger la documentación en el Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico, Productivo y Social, Servicio de Cooperación Internacional, en un plazo no mayor de 1 mes desde la aprobación.
Pasado ese plazo el material no podrá ser reclamado.

11.3. Se publicará una Resolución Provisional en el Tablón Electrónico de anuncios y Edictos de la Diputación de Cádiz, http www.dipucadiz.es/diputacion/
tablon-deanuncios/ y se dará cuenta a las entidades subvencionadas, que deberán comunicar la aceptación de las condiciones de la propuesta de resolución en el plazo de 10 días naturales, desde la Resolución Provisional, acompañando a ésta el resto de la documentación exigida, así como la reformulación del proyecto, con objeto de ajustar los compromisos y actuaciones a la subvención que se le fuese a otorgar, siempre en el marco de lo establecido en esta Convocatoria. Si no ocurriera así se denegaría la subvención.

11.4. Contra la resolución correspondiente o contra la desestimación de solicitudes en las que no recaiga resolución expresa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicte o debiera dictar el acto , en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contenciosoadministrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

11.5. La concesión de subvenciones por parte de la Diputación Provincial de Cádiz al amparo de esta convocatoria no comporta obligación alguna para subvencionar proyectos similares en posteriores ejercicios.

11.6. Las resoluciones aprobadas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.

12. Forma, secuencia del pago y requisitos exigidos para el abono.

Con carácter general se podrá solicitar el pago anticipado de la subvención concedida teniendo en cuenta que la entidad beneficiara no se encuentre en algunos de los casos recogidos en el art. 34 de la Ley General de Subvenciones y en el art. 88
del Reglamento General de Subvenciones.

La ejecución del proyecto subvencionado no debe estar, en ningún caso, supeditada al abono del pago anticipado.

La entidad beneficiaria deberá aportar la siguiente documentación:
a Solicitud Pago anticipado debidamente argumentada.
b En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de esta Diputación Provincial, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y económicas del proyecto de referencia por el total de la cantidad subvencionada por esta Diputación, con expresa justificación de los gastos correspondientes.
c Comunicación por parte del representante legal de la organización para identificar la cuenta y la entidad bancaria en la que se abonaría la subvención.

13. Plazo y forma de justificación.

La justificación del gasto realizado deberá producirse ante la Diputación Provincial, como fecha límite hasta el 1 de marzo de 2023.

Se deberá presentar facturas originales, o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención recibida, para poderlas sellar y compulsar, junto con una declaración jurada de que corresponden a gastos imputados al proyecto subvencionado, así como otros documentos administrativos necesarios para su tramitación.

Se excluye cualquier tipo de recibo o similar.

Todas las facturas o cualquier otra documentación administrativa deberán corresponder al año 2022

26 de abril de 2022

14. Obligaciones de las entidades beneficiarias.

14.1. Las entidades a las que se les conceda subvenciones para la ejecución de proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo, están obligadas a:
a Iniciar y ejecutar el proyecto subvencionado entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, independientemente del abono del pago anticipado.
b Presentar memoria justificativa del proyecto subvencionado antes del 1 de marzo de 2023.
c Comunicar por escrito el inicio de la ejecución del proyecto, cronograma actividades y fecha de finalización con suficiente antelación.
e Presentar en el Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico Productivo y Social, Servicio de Cooperación Internacional de la Diputación Provincial de Cádiz la memoria final, técnica y económica del proyecto de referencia según lo indicado en el punto 13.

14.2. En relación a los supuestos anteriores, la entidad solicitante presentará la siguiente documentación:
a Certificación del/la representante legal de la entidad solicitante relativa a los objetivos conseguidos, actividades y gastos realizados.
b Cualquier documentación que permita la adecuada comprobación de la ejecución del gasto y del grado de consecución de los objetivos inicialmente planteados.

14.3. Las ONGD que hayan recibido subvenciones para la ejecución de acciones de sensibilización y educación para el desarrollo, quedan obligadas a comunicar cualquier eventualidad que altere o dificulte gravemente los objetivos, plazos y distribución de los fondos del proyecto subvencionado. Se necesitará la autorización previa y expresa de la Diputación Provincial de Cádiz para cualquier modificación sustancial de un proyecto.

14.4. En toda información o publicidad que se haga de los proyectos subvencionados, deberá constar el logotipo de la Diputación Provincial de Cádiz, Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico Productivo y Social, Servicio Cooperación Internacional.

14.5. Los proyectos deberán coordinarse con el resto de las actividades de Sensibilización y Educación para el Desarrollo, puestas en marcha por este Servicio de Cooperación Internacional y el Ayuntamiento correspondiente.

15. Criterios aplicables a los posibles incumplimientos de condiciones.

Se procederá a la invalidez de la resolución de concesión y al reintegro de las cantidades percibidas según lo previsto en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, Ley General de Subvenciones.

En todo lo no previsto en esta convocatoria, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley Orgánica 3/18, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los derechos digitales, el Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento del citado cuerpo legal, la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ordenanza General de Subvenciones de Diputación Provincial de Cádiz, de 18 de febrero de 2006.

La Diputada de la Delegación de Desarrollo Democrático. Lucía Trujillo Llamas ANEXO I
MODELO SOLICITUD CONVOCATORIA PROYECTOS EDUCACIÓN PARA
EL DESARROLLO 2022
Datos Identificación Entidad Solicitante Denominación oficial:
Fecha de Constitución:
NIF:
Representante legal:
NIF:
Domicilio social en la provincia de Cádiz:
Teléfono:
E-mail:
Persona responsable del proyecto Nombre y apellidos:
Domicilio a efectos de notificaciones:
Cargo:
NIF:
Teléfono:
E-mail:
Datos del proyecto:
Nombre:
Municipio donde se desarrollará el proyecto - Indicar orden de preferencia 1.2.3.Importe Total:
Importe Solicitado:
Fecha Inicio:
Fecha Finalización:

EXPONGO:

Primero.- Que he tenido conocimiento de la convocatoria pública efectuada por esa Diputación para la concesión de subvenciones en materia de Sensibilización y Educación para el Desarrollo, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz del día
Segundo.- Que el que suscribe o la persona a quien represento reúne los requisitos exigidos para concurrir a las ayudas convocadas, según se acredita mediante la documentación requerida al efecto, que acompaño.

Tercero.- Que acepto expresamente las bases reguladoras de la convocatoria y me comprometo al cumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en las mismas.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/4/2022

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/04/2022

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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