Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/4/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 64
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ POR LA QUE
SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIAA LA INSTALACIÓN
SOLAR FOTOVOLTAICA DENOMINADA CAHIZ 2. Expediente: AT-14381/20

Visto el expediente AT-14381/20, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa para instalación eléctrica en el que consta como:
Peticionario: KOMARU SIGMA, S.L.
Domicilio: C/ BERROA Nº 2, PLANTA 6, PUERTA 608, MUTILVA, ARANGUREN, NAVARRA
Lugar donde se va a establecer la instalación: T.M. DE JEREZ DE LA FRONTERA
CÁDIZ, POLÍGONO 105, PARCELA 72, BARRIADA LA POLILA
Término municipal afectado: JEREZ DE LA FRONTERA
Finalidad: PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MEDIANTE TECNOLOGÍA
FOTOVOLTAICA

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 23 de octubre de 2020, KOMARU SIGMA S.L.
solicitó ante esta Delegación del Gobierno Autorización Administrativa Previa para la planta solar fotovoltaica denominada CAHIZ 2", a ubicar en el término municipal de Jerez de la Frontera.

SEGUNDO.- La solicitud de Autorización Administrativa Previa fue objeto de Información Pública, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, número 245, de 27 de diciembre de 2021 del correspondiente anuncio. Durante el periodo de información pública no se recibieron alegaciones.

TERCERO.- Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía;
el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, en particular los artículos 21, 84 y 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta los hechos descritos en los antecedentes, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Energía,
RESUELVE

PRIMERO.- CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PREVIA a KOMARU SIGMA, S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Planta Solar CAHIZ 2 AT-14381/20

Generador Fotovoltaico:
Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema de seguidor bifila con 1 módulo en vertical.
1.904 módulos fotovoltaicos de 400 Wp de potencia máxima, distribuidos en series de módulos dirigidos hacia 1 centro de potencia de 630 kVA

Centros de Potencia:
1 centro de potencia de 630 kVA, formado por transformador y protecciones, que eleva la tensión de 800 V a 15 kV.
3 inversores string de 250 kVA de potencia máxima.

Infraestructura de Evacuación
Centro de seccionamiento:
1 centro de seccionamiento, protección y medida alojado conjuntamente con el centro de potencia en el mismo edificio prefabricado.

Línea soterrada de 15 kV desde Centro de seccionamiento, protección y medida hasta el apoyo previo al punto de conexión, apoyo Nº A147954:
Tipo: . Línea eléctrica trifásica subterránea.
Tensión: 15 KV
Longitud 140 m Tipo Conductor: . 3x1x240 mm2 XLPE 18/30 KV.
Número de circuitos 2
Número de cables: 6

La autorización se concede sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no obtenga la Autorización Administrativa de Construcción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53.1b de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

5 de abril de 2022

2. El plazo para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción será de 18 meses contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la solicitud de Autorización Administrativa de Construcción, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo. En todo caso el plazo para presentar la documentación para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción no podrá ser superior al 11 de diciembre de 2023 tres meses antes del plazo máximo establecido por el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

3. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

4. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

5. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

6. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

SEGUNDO.- Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de UN 1 MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tres de marzo de dos mil veintidós. LA DELEGADA DEL GOBIERNO
EN CÁDIZ. FIRMADO: ANA MARÍA MESTRE GARCÍA.
Nº 28.444


CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: SUMINISTRADORA
ELECTRICA DE CADIZ, S.A.
Expediente: 11/01/0104/2022
Fecha: 25/03/2022
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: AURELIANO JAVIER RAMIREZ DELGADO
Código 11002642011996.

Visto el texto del Acta de Acuerdo de la Comisión Negociadora sobre revisión salarial para el ejercicio 2022 del convenio colectivo de la empresa SUMINISTRADORA
ELÉCTRICA S.A., suscrito por las partes el día 24-01-2022 y presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 22-03-2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial para el ejercicio 2022 del convenio colectivo de la empresa SUMINISTRADORA ELÉCTRICA S.A.
en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz a 25 de marzo de 2022. Delegado Territorial, ALBERTO GABRIEL
CREMADES SCHULZ.
ACTUALIZACION DE TABLAS SALARIALES
XVII CONVENIO COLECTIVO DE S
UMINISTRADORA ELECTRICA DE CADIZ, S.A.
ACTA Nº 1

En la ciudad de Cádiz, a veinticuatro de enero de dos mil veintidós, con la asistencia de los miembros de la Comisión Negociadora, que se detallan:

Representación de la Empresa D. José Luís Molina Lápiz, Gerente.
D. Javier Ramírez Delgado, Jefe de Personal.

Representación de los Trabajadores Dña. Irene Domínguez Leonsegui, Delegada de Personal.
Dña. María Jesús Sales Muñoz, Delegada de Personal.
D. José María Aragón Torres, Delegado de Personal.

En aplicación como empresa de titularidad mayoritariamente Pública y según reglamenta el TITULO III CAPITULO I Articulo 19, De los gastos de personal al servicio del sector público de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y demás disposiciones normativas dictadas en relación con la estabilidad presupuestaria y de Sostenibilidad Financiera del sector Público, se alcanzan los siguientes acuerdos:

1. Actualización con efectos 1 de enero de 2022 en los términos que marca la Ley 22/2021 de 28 de diciembre, del 2% en la Tabla Salarial a 31 de diciembre de 2021, ANEXO I y conceptos de nómina Arts. 12, 20, 21, 22, 25, 26.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/4/2022

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha05/04/2022

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6007

Primera edición02/01/2001

Ultima edición30/04/2024

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