Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/11/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

16 de noviembre de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 218

ordenación del tiempo de trabajo que sean aplicables, en los términos que establezca la Administración competente en cada caso.

Dichas medidas serán adoptadas y mantenidas en el tiempo en tanto que resulten necesarias para la protección y asistencia social integral de la persona a la que se concede, ya sea por razón de las secuelas provocadas por la acción terrorista, ya sea por la amenaza a la que se encuentra sometida, en los términos previstos reglamentariamente.

13 El personal dispondrá de una bolsa de horas de libre disposición acumulables entre sí, de hasta un 5% de la jornada anual y recuperables en un período máximo de 3 meses. Esta bolsa de horas irá dirigida, de forma justificada, al cuidado, atención y enfermedad de personas mayores, personas discapacitadas, hijos e hijas, y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como para otras necesidades relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral debidamente justificadas. El ejercicio de este derecho tendrá que ser compatible con el normal desarrollo de los servicios públicos.

14.- El personal en quien concurra el cuidado, atención y enfermedad de personas mayores, personas discapacitadas, hijos e hijas, y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como para otras necesidades relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral debidamente justificadas, y en tanto se mantengan las mismas, podrá solicitar realizar su jornada de trabajo de forma continuada u otras adaptaciones del modo de cumplir dicha jornada. Esta medida esta sujeta a las necesidades del servicio, se tendrá en cuenta para la ordenación de turnos de trabajo y vacaciones, y se ajustará al horario de apertura del centro de trabajo.

Permite las siguientes adaptaciones de la forma de realizar la jornada de trabajo semanal, siempre dentro del horario de apertura del centro:
Realizar el suplemento de jornada en horario de mañana.
Acumular la jornada semanal en menos de 5 días, con la posibilidad de realizar la jornada del día o días no trabajados tanto en horario de mañana como de tarde.

La jornada continuada se concederá a petición de la persona interesada, debidamente justificada.

15.- Tras la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia o de otros tratamientos de especial gravedad debidamente justificados, y para contribuir a su plena recuperación en estos procesos de especial dificultad, el personal afectado podrá solicitar una reducción de jornada de trabajo para incorporarse a su puesto de trabajo de forma progresiva durante el primer mes tras su reincorporación como consecuencia del alta médica, percibiendo el total de sus retribuciones.

Esta reducción de jornada será de un mínimo del 50% las dos primeras semanas, de un 20% la tercera semana, y de un 10% hasta el final de la duración de la misma.

El personal que pida esta reducción de jornada podrá solicitar una adaptación del horario en deba cumplir la parte de la jornada que le corresponda, así como la concentración de la misma en menos de 5 días semanales.

16.- El personal tendrá derecho al disfrute de esos días adicionales de permiso, con el límite de dos días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

Se trata de una medida que no es de aplicación directa, requiere previa negociación e informe preceptivo de la Secretaria General para la Administración Pública, que en esta materia sigue el criterio de valorar el coste que la aplicación de la medida conlleva para cada entidad, teniendo en cuenta la actividad que realiza o servicio que presta.

En el artículo 36. Formación Profesional
1.- El C.E.H.C. consciente de la importancia de la formación profesional, máxime cuando la actividad de la empresa no es otra que la formación y cualificación de profesionales que el mercado de trabajo demanda, elaborará, cada año, un plan de formación para sus empleados/as acorde a las necesidades del C.E.H.C. y a la demanda de formación profesional de excelencia. El/la trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a las clases sin menoscabo de su retribución, en el supuesto de que esta coincida con su jornada laboral, compensándose el 50% en descanso si se realizase fuera de la jornada laboral.

2.- Asimismo, el C.E.H.C. reconoce el derecho de los/as trabajadores/as al disfrute de los permisos retribuidos necesarios para concurrir a exámenes finales y/o eliminatorios de materias para la obtención de un título académico o profesional oficial, durante el día de su celebración. La utilización de estos permisos deberá ser preavisada con un mínimo de quince días.

La empresa procurará igualmente, dentro de la medida de lo posible proporcionar permisos no retribuidos para la realización de otras pruebas para este mismo tipo de cursos que excedan de las reconocidas en el anterior párrafo.

3.- La empresa reconoce el derecho de los/as trabajadores/as a escoger turno cuando se curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

Esta elección deberá respetar el prioritario derecho de la mujer embarazada en caso de riegos por embarazo y no deberá ser utilizado fraudulentamente. Para ello, la dirección podrá exigir al final del año académico o del mencionado curso, partes de asistencia a dichos cursos u otras pruebas que demuestren el aprovechamiento real del mismo.

4.- Cuando el/la trabajador/a curse estudios de formación reglada para la obtención de un título académico o profesional que tenga directa relación con el puesto laboral desempeñado en la empresa, el Consorcio le abonará íntegramente el coste de la matrícula del curso o de las asignaturas matriculadas.

Firmas: Miguel Ángel Terrero Prada. Director Gerente. Mayte Periáñez Vega. Jefa del Servicio de Personal. Alberto Márquez Rodríguez. UGT. Alejandro Rodríguez Hornos. UGT. Beatriz Ramos Pérez. CC.OO. Raúl Jesús Montilla Domínguez.
CC.OO. Javier L. Urbano Lima. -UTEDEF. Julio Medina Castillo. UTEDEF. Regla María Jiménez Ruíz. UITA. Antonio Alex Benzal. UITA.
Nº 67.375

Página 5

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE FUNCION PUBLICA
FUNCION PUBLICA Y RECURSOS HUMANOS
EDICTO

La Diputada Delegada del Área de Función Pública, mediante Decreto de fecha 4 de noviembre de 2020, ha resuelto lo siguiente:

Por el Área de Función Pública se ha formulado con fecha 30 de octubre de 2020 propuesta de resolución relativa al procedimiento seguido para el nombramiento de las personas seleccionadas en las pruebas celebradas para ocupar, en régimen de personal funcionario de carrera, tres plazas de Técnico/a Grado Medio Diplomado/a en Ciencias Empresariales, por el sistema de oposición libre.
ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por acuerdo de Pleno de la Diputación Provincial de Cádiz, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 47, de 13 de marzo de 2017, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 152, de 9 de agosto de 2017, se aprueban las Bases Generales por las que se regirán los procesos para la selección de las plazas vacantes en la plantilla de personal de la Diputación Provincial de Cádiz, por el turno libre.

Segundo.- Mediante resolución de 1 de marzo de 2018, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 54, de 20 de marzo de 2018, se dispuso la aprobación de las Bases Específicas reguladoras del proceso convocado para la selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de tres plazas vacantes de Técnico/a Grado Medio Diplomado/a en Ciencias Empresariales, incluidas en la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para los años 2014-2015 dos plazas y para el año 2017 una plaza, mediante el sistema de oposición libre.

Tercero.- La convocatoria de las plazas de Técnico/a Grado Medio Diplomado/a en Ciencias Empresariales, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media, se dispuso mediante resolución de 25 de enero de 2019 de la Diputación Provincial de Cádiz, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 33, de 7 de febrero de 2019.

Cuarto.- Finalizadas las pruebas selectivas correspondientes para ocupar en propiedad las plazas convocadas, el tribunal calificador formula propuesta de nombramiento, a la Presidencia de la Corporación, a favor de las personas que han superado el proceso de selección Marina Fernández Arrabal, María José Álvarez Luna y Manuel Díaz Macías.

Quinto.- En la plantilla de personal de la Diputación Provincial de Cádiz consta la existencia de tres plazas vacantes de Técnico/a Grado Medio Diplomado/a en Ciencias Empresariales, identificadas con los códigos de plazas F-04.12.21, F-04.12.22
y F-04.12.31 pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A2, escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media.

Sexto.- Por la Intervención General de la Diputación Provincial de Cádiz se ha emitido informe de fecha 28 de octubre de 2020, en el que se acredita la fiscalización e intervención previa del gasto cuyo objeto es el nombramiento de tres personas funcionarias de carrera, en las plazas indicadas, dada la necesidad de las mismas para garantizar la correcta prestación del servicio público de carácter esencial prestado por esta Corporación.
NORMATIVA DE APLICACIÓN

La regulación legal para formalizar el nombramiento como personal funcionario de carrera de nuevo ingreso, por el turno libre, está contenida en las disposiciones siguientes:

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público B.O.E. de 31
de octubre. Título IV, Capítulo I, artículos 55 a 62.

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado B.O.E. de 10 de abril. Título I, Capítulo IV, artículo 25.

Bases Generales que regulan los procesos de selección para la cobertura de plazas vacantes.

Bases Específicas por las que se regirán las convocatorias respectivas.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- El artículo 3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, establece que el ingreso en los Cuerpos y Escalas de funcionarios se realizará mediante convocatoria pública y se regirá por las bases de la convocatoria respectiva, que se ajustarán en todo caso a lo dispuesto en este Reglamento y en las normas específicas de aplicación a los mismos.

Del mismo modo, el artículo 4 establece que el ingreso del personal funcionario se llevará a cabo a través de los sistemas de oposición, concurso-oposición o concurso libres, en los que se garanticen, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

Segundo.- El nombramiento como personal funcionario de carrera se formalizará de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 del TREBEP, que establece Son funcionarios de carrera quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.

Tercero.- El procedimiento de selección, que ha sido el de oposición libre, se ajusta a lo dispuesto en la base Séptima de las específicas, que establece Podrán concurrir a la fase de oposición las personas aspirantes que hubieran sido admitidas definitivamente al proceso selectivo.

Consistirá en la realización de tres ejercicios obligatorios que a continuación se indican, siendo todos ellos de carácter eliminatorio, de modo que la no superación de un ejercicio comportará la imposibilidad de concurrir a los siguientes.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/11/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha16/11/2020

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6020

Primera edición02/01/2001

Ultima edición21/06/2024

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