Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/11/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 219
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
ANUNCIO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que han sido depositados en esta Oficina Pública, con fecha de 11 de septiembre de 2020, la modificación de los estatutos de la asociación denominada:

ASOCIACION DE EMPRESAS DE SERVICIOS DE LA BAHÍA DE
ALGECIRAS AESBA de ámbito COMARCAL, y número de expediente 11000348, siendo el solicitante: Don Jaime de Castro García. El Acta de la asamblea donde se acuerda la modificación firmada por el Presidente de la misma Don Juan Manuel Piedra Lara.

Cádiz, a 28 de octubre de 2020. EL DELEGADO TERRITORIAL Fdo.:
Alberto Gabriel Cremades Schulz.
Nº 67.336


CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
ANUNCIO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que han sido depositados en esta Oficina Pública, con fecha de 19 de febrero de 2020, el acta de constitución y los estatutos del sindicato:

SINDICATO DE ENSEÑANZA DE LA CONFEDERACIÓN GENERAL
DEL TRABAJO DEL CAMPO DE GIBRALTAR , de ámbito COMARCAL, y número de expediente 11100021, siendo los firmantes:

Don Rafael Fenoy Rico, Don Cesar Alfonso Viña, Doña Ana Belén Trujillo Expósito y Don Ramón Sanz Romero, todos ellos en calidad de promotores
Cádiz, a 28 de octubre de 2020. EL DELEGADO TERRIORIAL. Fdo.:
Alberto Gabriel Cremades Schulz.
Nº 67.339


CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: GESTLABOR HOSTELERÍA,S.L
Expediente: 11/11/0158/2020
Fecha: 03/11/2020
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: LUIS RUBEN ROMERO RAMIREZ
Código 11100232112020.

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión de Igualdad sobre el Plan de Igualdad en la empresa GESTLABOR HOSTELERÍA S.L., suscrito por las partes el día 21-10-2020 y presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 28-10-2020, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2
y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias; Real Decreto 713/2010, de 28
de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo; Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 304/2015 de 28 de julio; Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Acuerdo sobre el Plan de Igualdad en la empresa GESTLABOR HOSTELERÍA S.L. en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 30 de octubre de 2020. El Delegado Territorial. Fdo.: ALBERTO
GABRIEL CREMADES SCHULZ.
I PLAN DE IGUALDAD. Jerez. 2020-2023
PARTE I
1. Preámbulo 2. Compromiso de la empresa con la Igualdad 3. Comisión de Igualdad 4. Ámbito de aplicación y vigencia 5. La igualdad en la empresa 6. Objetivos PARTE II
1. Áreas de intervención Plan de actuación 1 Acceso a la empresa y contratación 2 Promoción interna 3 Formación 4 Retribuciones 5 Conciliación 6 Salud Laboral
7 Comunicación y sensibilización 2. Evaluación y control
17 de noviembre de 2020

PARTE I

1. PREÁMBULO

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres LOIEMH define, en su artículo 46, los planes de Igualdad en las empresas como un conjunto ordenado de medidas para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y para eliminar la discriminación por razón de sexo. Este principio jurídico universal está recogido en nuestra Constitución y en numerosos textos legales internacionales y europeos.

Los planes de igualdad son un instrumento que sirven para mejorar y adecuar la gestión de las empresas y de sus equipos de trabajo. La LOIEMH obliga a las grandes empresas y a las medianas empresas a dotarse de esta herramienta para conseguir la igualdad de trato y de oportunidades.

Gestlabor Hostelería SL es una pequeña empresa dedicada a la formación no reglada, y a la producción y suministro de información por medios telemáticos, informáticos o en cualquier otro soporte multimedia. Como pequeña empresa no está obligada por la ley a dotarse de un Plan de Igualdad.

El normal funcionamiento de empresas con pocos trabajadores se desarrolla en un entorno laboral cercano entre toda la plantilla y carente de los niveles de conflicto que pueden generarse en grandes empresas.

No obstante, ese entorno más cercano permite a Gestlabor gestionar la igualdad desde parámetros diferentes, pero siempre buscando favorecer la igualdad de condiciones entre mujeres y hombres y buscando fórmulas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de todas las personas que trabajan en la empresa.

En este sentido, plasmar todo lo que se está haciendo para lograr la plena igualdad en un Plan es coherente con los valores de la entidad. Para ello, la dirección de la empresa firmó un compromiso para el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres que aparece en el siguiente apartado y promovió que la plantilla decidiera a finales de agosto, conformada en ese momento por seis empleadas quién la representaría en la Comisión de Igualdad.

Esta Comisión se convirtió desde ese momento en garante del cumplimiento del Plan, realizado después del estudio y valoración de la situación de mujeres y hombres en la empresa, y de la evaluación del mismo. El Plan recoge todas las áreas de mejora para alcanzar el objetivo de la plena igualdad en áreas como el acceso, la contratación y la promoción interna, la salud laboral, las retribuciones, formación y la comunicación.

El Plan, que tiene una vigencia de tres años, es un documento operativo de trabajo con medidas concretas a aplicar en cada una de las áreas citadas para alcanzar los objetivos de igualdad de oportunidades y trato entre mujeres y hombres.

2. COMPROMISO DE LA EMPRESA CON LA IGUALDAD

La empresa Gestlabor Hostelería S.L. declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra Política Corporativa y de Recursos Humanos, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

En todos y cada uno de los ámbitos en que se desarrolla la actividad de esta empresa, desde la selección a la promoción, pasando por la política salarial, la formación, las condiciones de trabajo y empleo, la salud laboral, la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación, asumimos el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, atendiendo de forma especial a la discriminación indirecta, entendiendo por ésta la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros, pone a una persona de un sexo en desventaja particular respecto de personas del otro sexo.

Respecto a la comunicación, tanto interna como externa, se informará de todas las decisiones que se adopten a este respecto y se proyectará una imagen de la empresa acorde con este principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Los principios enunciados se llevarán a la práctica a través del fomento de medidas de igualdad o a través de la implantación de un Plan de igualdad que supongan mejoras respecto a la situación presente, arbitrándose los correspondientes sistemas de seguimiento, con la finalidad de avanzar en la consecución de la igualdad real entre mujeres y hombres en la empresa y por extensión, en el conjunto de la sociedad.

Para que conste el firme compromiso, en Jerez a 31 de agosto de 2020.
Firmo: Luis Rubén Romero Ramírez.

3. COMISIÓN DE IGUALDAD

La Comisión de Igualdad Gestlabor S.L. se constituye el 31 de agosto de 2020, como garantía de la puesta en marcha de este Plan, de la vigilancia de su cumplimiento y de su seguimiento y evaluación. Los trabajadores y trabajadoras de la empresa podrán dirigirse a esta Comisión cuando estimen que se haya producido o se pueda producir una situación discriminatoria o para realizar sugerencias de mejora.

La Comisión está constituida por las siguientes personas:
Luis Rubén Romero Ramírez Administrador Único Ana Ruiz Sánchez Trabajadora
Las funciones de esta comisión será llevar a cabo el seguimiento formal de las medidas acordadas en el Plan de Igualdad.

Compromisos de la Comisión de Igualdad:
- Reunión de carácter ordinario cada seis meses.
- Informe anual sobre el cumplimiento de las medidas acordadas en el presente Plan.
- Informe de evaluación al término del Plan.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/11/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha17/11/2020

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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