Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 20/11/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 222
ADMINISTRACION LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL
EDICTO

D. M ELENA AMAYA LEÓN, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL
EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL,
HACE SABER: Que habiéndose aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2020, el expediente de modificación presupuestaria núm. 59/2020 de Crédito Extraordinario del Presupuesto Municipal vigente, y en virtud de lo establecido en el art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el art. 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la exposición pública del expediente, por un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, estando el expediente a su disposición durante dicho periodo en la Intervención Municipal.

Puerto Real, a 9/11/20. LA ALCALDESA, M Elena Amaya León.
Nº 68.347


AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL
EDICTO

D. M ELENA AMAYA LEÓN, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL
EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL,
HACE SABER: Que habiéndose aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2020, el expediente de modificación presupuestaria núm. 54/2020 de Crédito Extraordinario del Presupuesto Municipal vigente, y en virtud de lo establecido en el art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el art. 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la exposición pública del expediente, por un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, estando el expediente a su disposición durante dicho periodo en la Intervención Municipal.

Puerto Real, a 9/11/20. LA ALCALDESA, M Elena Amaya León.
Nº 68.348

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 13/2020 a instancia de la parte actora D/D. MIGUEL CARLOS TORRES EDWARDS
contra EDITORA LA PERLA DEL MEDITERRANEO, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 31/07/20 del tenor literal siguiente:

DECRETO En Algeciras a 31 de julio de dos mil veinte
PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:
a Declarar a la ejecutada EDITORA LA PERLA DEL MEDITERRANEO, S.L., en situación de INSOLVENCIA PARCIAL / TOTAL por importe de11.861,74 &euro euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Bolentín Oficial del Registro Mercantil.
b Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese la presente resolución.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado EDITORA LA PERLA DEL

20 de noviembre de 2020

MEDITERRANEO, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a diez de agosto de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.
Firmado.
Nº 68.233


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 11/2020 a instancia de la parte actora D/D. SORAYA FERNANDEZ GONZALEZ
contra EDITORA LA PERLA DEL MEDITERRANEO, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 31/07/20 del tenor literal siguiente:
DECRETO
En Algeciras a 31 de julio de dos mil veinte
PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO
a Declarar al/a los ejecutado/s EDITORA LA PERLA DEL MEDITERRANEO, S.L., en situación de INSOLVENCIA PARCIAL / TOTAL por importe de 13.363,10 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Bolentín Oficial del Registro Mercantil.
b Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/
mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado EDITORA LA PERLA DEL
MEDITERRANEO, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a diez de agosto de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.
Firmado.
Nº 68.235


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 9/2020 a instancia de la parte actora D/D. IGNACIO MARIN TEJERO contra EDITORA
PERLA DEL MEDITERRANEO, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 31/07/20 del tenor literal siguiente:

DECRETO En Algeciras a 31 de julio de dos mil veinte
PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:
a Declarar a la ejecutada EDITORA PERLA DEL MEDITERRANEO, S.L., en situación de INSOLVENCIA PARCIAL / TOTAL por importe de 6.151,13 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Bolentín Oficial del Registro Mercantil.
b Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 20/11/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha20/11/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6014

Primera edición02/01/2001

Ultima edición10/05/2024

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