Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/11/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

4 de noviembre de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 210

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170
y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En El Bosque, 21/10/2020. La Alcaldesa. Fdo.: Pilar García Carrasco. El Adjunto de Secretaría. Fdo.: Pablo Jesús Marín García.
Nº 62.254


AYUNTAMIENTO DE CASTELLAR DE LA FRONTERA

Resolución de Alcaldía n.º 2020-0757 del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera por la que se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir tres plazas de funcionario de carrera, de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, en la categoria de Policía de la Policía Local
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2020-0757 de fecha 14 de octubre de 2020, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir tres plazas de funcionario de carrera, de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, en la categoria de Policía de la Policía Local para este Ayuntamiento de Castellar de la Frontera, mediante sistema de oposición libre, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE PROVISIÓN COMO
FUNCIONARIO DE CARRERA MEDIANTE EL SISTEMA DE ACCESO TURNO
LIBRE A TRAVÉS DE PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE OPOSICIÓN, DE TRES PLAZAS PERTENECIENTES A LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN
ESPECIAL, SUBESCALADE SERVICIOS ESPECIALES, CATEGORÍADE POLICÍA
DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de Turno Libre y a través del procedimiento de selección de oposición, de TRES plazas vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Sub escala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local, de conformidad con la Resolución de Alcaldía.

1.2.- Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el artículo 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Grupo C, Subgrupo C1, dotadas con las retribuciones correspondientes y resultantes de la Oferta de Empleo Público aprobada para el 2020

2.- LEGISLACIÓN APLICABLE

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad de las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General de Estado, y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para participar en el proceso selectivo de oposición por el turno libre los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a Nacionalidad española b Tener cumplidos 18 años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa c Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo e Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
f No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica debidamente.
g Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B
h Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior
Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de Ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de examen médico.

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4.-SOLICITUDES Y DOCUMENTOS A PRESENTAR.
4.1.- En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al Titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos debiéndose aportar fotocopia del DNI y del título exigido en la Base 3.e de esta convocatoria. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha Base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

4.2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, presencialmente o a través de la sede electrónica en el sitio ohttp castellardelafrontera.
sedelectronica.es , o conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.3.- Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si no lo hiciere así, se le tendrá por desistido de su solicitud previa resolución dictada al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada.

4.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de los interesados.

5.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
5.1.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en caso de que no exprese relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.

5.2.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.

6.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
6.1.- El Tribunal Calificador estará constituido por un Presidente cuatro Vocales todos ellos a designar por el titular de la Alcaldía y un Secretario, que lo será el Titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

6.2.- No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

6.3.- Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

6.4.- Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

6.5.- El Tribunal podrán contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

6.6.- El Tribunal podrán actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.

6.7.- Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
6.8.- A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

7.- INICIO DE CONVOCATORIA Y CELEBRACIÓN DE PRUEBAS
PARA LA OPOSICIÓN.
7.1.- La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado de sorteo público que a tal efecto se sortea anualmente y publica la Secretaría de Estado para la Administración Pública
7.2.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

7.3.- El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

7.4.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el BOP. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el Tablón de Anuncios de la Corporación en la Sede electrónica en http castellardelafrontera.sedelectronica.
es , con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio o, de veinticuatro horas si se trata de un nuevo ejercicio.

7.5.- Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

8.- PROCESO SELECTIVO.El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:

8.1.-Primera Fase: Oposición.
En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección.

8.1.1.- Primera prueba: Prueba de conocimiento. Examen Teórico.
De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar en un plazo máximo de 120 minutos, un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, sobre las materias que figuran en el temario de la convocatoria, que se incluye en el Anexo III de las presentes bases. El número de preguntas, número

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/11/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha04/11/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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