Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/7/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

22 de julio de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 138

AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIOS DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
OFICINA DE LOS BARRIOS
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO

Francisco Javier Muñoz Moreno, Jefe de Unidad de Recaudación de Los Barrios del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma.
Diputación Provincial de Cádiz.

HAGO SABER: Que para conocimiento general de todos los contribuyentes y demás interesados, de conformidad con las medidas previstas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se amplía el período Voluntario de Pago de los recibos correspondientes a 2º Trimestre Quioscos, 2º Trimestre Mercado y 2º Trimestre Mercado Ambulante del ejercicio 2020 hasta el próximo 4 de Septiembre de 2020.

MODALIDADES DE COBRO PREFERENTES
- Mediante la app Dipupay disponible en Google Play y App Store - A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
- Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio: CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO
SANTANDER, BANCO SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA.
- Mediante díptico/carta de pago.
- Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
- Mediante Plan de Pago Personalizado.

Los contribuyentes podrán efectuar el pago en las Entidades Bancarias utilizando la modalidad de dípticos, que podrán obtenerse de la Sede Electrónica, contactando con las Unidades Tributarias a través de nuestros teléfonos y correos electrónicos.

Una vez transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos del periodo ejecutivo que prevé el artículo 28 de la Ley General Tributaria e intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan.

Se recomienda asimismo, la conveniencia de hacer uso de las modalidades de DOMICILIACION DE PAGO Y GESTION DE ABONO DE LOS RECIBOS A
TRAVES DE ENTIDADES BANCARIAS O CAJAS DE AHORROS.

Lo que se hace público para general conocimiento de todos los contribuyentes, en Los Barrios a 7 de Julio de 2.020. El Jefe de la Unidad de Recaudación Fdo.:
Francisco Javier Muñoz Moreno Nº 35.286


AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
UNIDAD DE GESTION CENSAL CATASTRAL Y TRIBUTARIA
ALCALA DEL VALLE
EDICTO

Aprobada por esta Diputación la lista cobratoria correspondiente al ejercicio 2020 del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS que ha sido elaborada por el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación Provincial de Cádiz, en base al Convenio en delegación de competencias suscrito entre ambas Administraciones con fecha dieciocho de junio de dos mil nueve, y entrada en vigor para este tributo con fecha seis de agosto de dos mil nueve, por el presente se expone al público durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarla y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dicha lista cobratoria se encuentra a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de ALCALA DEL VALLE y en la Unidad Técnica Tributaria del referido municipio.

El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de ALCALA DEL VALLE y tablón digital de la Diputación Provincial de Cádiz.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en la referida lista cobratoria sólo podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante esta Diputación Provincial de Cádiz, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de exposición pública de esta lista cobratoria que se refiere al:

- IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, se hace constar que, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el impuesto y ejercicio referido, se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas éstas el día en que finaliza la exposición pública de la lista cobratoria que se indica.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.

08/07/2020. El Diputado Delegado del Área de Servicios Económicos, Hacienda y Recaudación. Fdo.: Juan Carlos Ruiz Boix.

Nº 35.375


AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
UNIDAD DE GESTION CENSAL CATASTRAL Y TRIBUTARIA
SETENIL DE LAS BODEGAS
EDICTO

Aprobada por esta Diputación la lista cobratoria correspondiente al ejercicio 2020 del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS que ha sido elaborada por el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación Provincial de Cádiz, en
Página 3

base al Convenio en delegación de competencias suscrito entre ambas Administraciones con fecha doce de marzo de dos mil nueve, y entrada en vigor para este tributo con fecha cinco de mayo de dos mil nueve, por el presente se expone al público durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarla y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dicha lista cobratoria se encuentra a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de SETENIL DE LAS BODEGAS
y en la Unidad Técnica Tributaria del referido municipio.

El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de SETENIL DE LAS BODEGAS y tablón digital de la Diputación Provincial de Cádiz.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en la referida lista cobratoria sólo podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante esta Diputación Provincial de Cádiz, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de exposición pública de esta lista cobratoria que se refiere al:

- IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, se hace constar que, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el impuesto y ejercicio referido, se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas éstas el día en que finaliza la exposición pública de la lista cobratoria que se indica.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.

08/07/2020. El Diputado Delegado del Área de Servicios Económicos, Hacienda y Recaudación. Fdo.: Juan Carlos Ruiz Boix.
Nº 35.376


AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
UNIDAD DE GESTION CENSAL CATASTRAL Y TRIBUTARIA
TORRE ALHAQUIME
EDICTO

Aprobada por esta Diputación la lista cobratoria correspondiente al ejercicio 2020 del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS que ha sido elaborada por el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación Provincial de Cádiz, en base al Convenio en delegación de competencias suscrito entre ambas Administraciones con fecha veintiseis de marzo de dos mil quince, y entrada en vigor para este tributo con fecha dos de mayo de dos mil quince, por el presente se expone al público durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarla y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dicha lista cobratoria se encuentra a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de TORRE ALHAQUIME y en la Unidad Técnica Tributaria del referido municipio.

El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de TORRE ALHAQUIME y tablón digital de la Diputación Provincial de Cádiz.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en la referida lista cobratoria sólo podrá interponerse recurso de reposición, previo al contenciosoadministrativo, ante esta Diputación Provincial de Cádiz, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de exposición pública de esta lista cobratoria que se refiere al:

- IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, se hace constar que, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el impuesto y ejercicio referido, se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas éstas el día en que finaliza la exposición pública de la lista cobratoria que se indica.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.

08/07/2020. El Diputado Delegado del Área de Servicios Económicos, Hacienda y Recaudación. Fdo.: Juan Carlos Ruiz Boix.
Nº 35.379


AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
UNIDAD DE GESTION CENSAL CATASTRAL Y TRIBUTARIA
TREBUJENA
EDICTO

Aprobada por esta Diputación la lista cobratoria correspondiente al ejercicio 2020 del IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS que ha sido elaborada por el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación Provincial de Cádiz, en base al Convenio en delegación de competencias suscrito entre ambas Administraciones con fecha treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, y entrada en vigor para este tributo con fecha diecisiete de enero de dos mil quince, por el presente se expone al público durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarla y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dicha lista cobratoria se encuentra a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de TREBUJENA y en la Unidad Técnica Tributaria del referido municipio.

El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de TREBUJENA y tablón digital de la Diputación Provincial de Cádiz.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/7/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha22/07/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6006

Primera edición02/01/2001

Ultima edición29/04/2024

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