Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/7/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 131

Consejería de Cultura, Informe al Estudio de Detalle c/. Cánovas del Castillo nº1. Tarifa Cádiz de fecha 19 de julio de 2018. 10. Con fecha 12 de febrero de 2019 y registro de entrada 1620, se presenta nuevo documento técnico del ESTUDIO DE DETALLE.
C/. CÁNOVAS DEL CASTILLO Nº 1. TARIFA CÁDIZ y de su resumen ejecutivo.
C. CONSIDERACIONES PREVIAS En el presente informe se valoran, el Informe al Estudio de Detalle c/. Cánovas del Castillo nº1. Tarifa Cádiz de fecha 19 de julio de 2018, recibido con fecha 1 de agosto de 2018 y registro de entrada 8802, previo a la resolución definitiva del citado Estudio de Detalle, y el documento del ESTUDIO
DE DETALLE. C/. CÁNOVAS DEL CASTILLO Nº 1. TARIFA CÁDIZ presentado con fecha 12 de febrero de 2019 y registro de entrada 1620, que viene a cumplimentar el citado informe, toda vez que no se han recibido alegaciones durante el período de información pública. D. RESUMEN DEL INFORME DE LA DELEGACIÓN EN
CÁDIZ DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA El Informe al Estudio de Detalle c/.
Cánovas del Castillo nº1. Tarifa Cádiz de fecha 19 de julio de 2018, recibido con fecha 1 de agosto de 2018 y registro de entrada 8802, es favorable en cuanto a las medidas para la conservación del búnker previstas en el Estudio de Detalle, y establece la necesidad de un control arqueológico de movimiento de tierras en el desarrollo del ámbito del Estudio de Detalle. E. CONTENIDO DEL ESTUDIO DE DETALLE PRESENTADO
EL 12 DE FEBRERO DE 2019 CON REGISTRO DE ENTRADA 1620 El contenido del Estudio de Detalle c/. Cánovas del Castillo nº1. Tarifa Cádiz, presentado con fecha 12 de febrero de 2019, se limita a añadir, al sometido a información pública, en el apartado 1.5 de la memoria, la necesidad de realizar en todo su ámbito una actividad arqueológica preventiva de control de movimiento de tierras, tanto para las obras de urbanización, como para las de edificación. F. CONCLUSIONES A la vista de que no se han registrado alegaciones y de que se han tenido en cuenta las consideraciones del del Informe al Estudio de Detalle c/. Cánovas del Castillo nº1. Tarifa Cádiz de fecha 19 de julio de 2018, de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, en relación con la necesidad de establecer un control arqueológico de movimiento de tierras, se INFORMA FAVORABLEMENTE, el sometimiento del Estudio de Detalle c/. Cánovas del Castillo nº1. Tarifa Cádiz, presentado con fecha 12 de febrero de 2019 y registro de entrada 1620 a la consideración del Excmo. Ayuntamiento Pleno, para su resolución definitiva..

- Con fecha 05.03.2019 emite informe el Técnico Asesor Jurídico.

- Con fecha 12.03.2019, se consigna nota de conformidad del Secretario General respecto al citado informe emitido en fecha 05.03.2019 por el Técnico Asesor Jurídico.

A la vista de lo expuesto, elevo al Pleno de la Corporación la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- Aprobar definitivamente el ESTUDIO DE DETALLE DE
LA ZONA PRÓXIMA A C/. CÁNOVAS DEL CASTILLO, Nº 1 y cercana a la Urb. Vista Paloma -U.A.2-, con su resumen ejecutivo, presentados con registro en fecha 12.02.2019, actualmente promovido por LIMA SOLAR, S.L., sin perjuicio de recordar aquí a la parte promotora el contenido del oficio de la Delegación Territorial en Cádiz de las Consejerías de Cultura y de Turismo y Deporte de fecha 23.07.2018, con salida en fecha 24.07.2018, su referencia: DPPH/JMPA/AMV, asunto Estudio de Detalle C/ Cánovas del Castillo nº.1.Tarifa, con entrada en el Registro General de esta Corporación en fecha 01.08.2018, en el que se expresa lo siguiente: En relación a su escrito de fecha 2 de mayo de 2018, nº reg. Salida 3773, recibido en esta Delegación Territorial el 7 de mayo de 2018, por el que se nos remite el Estudio de Detalle de la C/ Cánovas del Castillo1 de esa localidad, aprobado inicialmente por Decreto de la Alcaldía núm. 1389 de fecha 27-04.2018, se adjunta informe del Departamento de Protección de esta Delegación Territorial, por el que se informa favorablemente la ordenación propuesta en dicho estudio y se establecen medidas de protección arqueológicas en los movimientos de tierras necesarios para el desarrollo de dicho estudio.; oficio al que se adjunta como anexo un informe de la Jefatura del Departamento de Protección del Patrimonio Histórico, de fecha 19.07.2018, en el que se concluye lo siguiente: La motivación de esta iniciativa es la presencia en la parcela de un Bunker incluido en el Catálogo de búnkeres del Campo de Gibraltar encargado por la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía. Las determinaciones del PGOU, no contemplan la existencia del búnker y se limitan a la ejecución de un viario de conexión de eje norte sur y la calificación de las parcelas resultantes con la ordenanza A viviendas adosadas. La finalidad de este Estudio de Detalle es reajustar el trazado viario de forma que resulte compatible con la protección del elemento defensivo. En este sentido se modifica la alineación del viario que se destina a uso peatonal ensanchándola y se adapta su rasante a la del búnker existente, con una superficie de 790,70 m2. En cuanto a la naturaleza arqueológica de los terrenos y dada su cercanía con el Sector SUS-TU-01 Albacerrado, si bien no se conocen evidencias de estructuras arqueológicas, si están documentados fragmentos cerámicos de época romana, que determinan la necesidad de establecer medidas cautelares de protección arqueológicas en los movimientos de tierras necesarios para la urbanización de los terrenos. En consecuencia se informa favorablemente el Estudio de Detalle de la C/ Cánovas del Castillo nº1 de Tarifa, en lo referente a la conservación del búnker existente en los terrenos objeto de ordenación y asimismo se informa de la necesidad de establecer control arqueológico en los movimientos de tierras necesarios para el desarrollo de dicho estudio de detalle..

Segundo.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva y normas urbanísticas en el Boletín Oficial de la Provincia, previo depósito del instrumento de planeamiento en el Registro de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de Bienes y Espacios Catalogados de este Excmo. Ayuntamiento y tras la preceptiva remisión al registro de la Consejería competente en materia de urbanismo actualmente: Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Delegación Territorial de Cádiz prevista en el artículo 40.2 LOUA, así como en la sede electrónica municipal.

Tercero.- Notificar el acuerdo a los interesados que constan en el expediente y, asimismo, comunicarlo a la Oficina de Gestión Tributaria Municipal a los correspondientes efectos catastrales..

13 de julio de 2020

Conocido el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Presidencia, Relaciones Institucionales y Desarrollo Sostenible en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2019. Finalizado el turno de intervenciones, el Sr Presidente somete el asunto a votación, y el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, acuerda:

Primero.- Aprobar definitivamente el ESTUDIO DE DETALLE DE
LA ZONA PRÓXIMA A C/. CÁNOVAS DEL CASTILLO, Nº 1 y cercana a la Urb. Vista Paloma -U.A.2-, con su resumen ejecutivo, presentados con registro en fecha 12.02.2019, actualmente promovido por LIMA SOLAR, S.L., sin perjuicio de recordar aquí a la parte promotora el contenido del oficio de la Delegación Territorial en Cádiz de las Consejerías de Cultura y de Turismo y Deporte de fecha 23.07.2018, con salida en fecha 24.07.2018, su referencia: DPPH/JMPA/AMV, asunto Estudio de Detalle C/ Cánovas del Castillo nº.1.Tarifa, con entrada en el Registro General de esta Corporación en fecha 01.08.2018, en el que se expresa lo siguiente: En relación a su escrito de fecha 2 de mayo de 2018, nº reg. Salida 3773, recibido en esta Delegación Territorial el 7 de mayo de 2018, por el que se nos remite el Estudio de Detalle de la C/ Cánovas del Castillo1 de esa localidad, aprobado inicialmente por Decreto de la Alcaldía núm. 1389 de fecha 27-04.2018, se adjunta informe del Departamento de Protección de esta Delegación Territorial, por el que se informa favorablemente la ordenación propuesta en dicho estudio y se establecen medidas de protección arqueológicas en los movimientos de tierras necesarios para el desarrollo de dicho estudio.; oficio al que se adjunta como anexo un informe de la Jefatura del Departamento de Protección del Patrimonio Histórico, de fecha 19.07.2018, en el que se concluye lo siguiente: La motivación de esta iniciativa es la presencia en la parcela de un Bunker incluido en el Catálogo de búnkeres del Campo de Gibraltar encargado por la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía. Las determinaciones del PGOU, no contemplan la existencia del búnker y se limitan a la ejecución de un viario de conexión de eje norte sur y la calificación de las parcelas resultantes con la ordenanza A viviendas adosadas. La finalidad de este Estudio de Detalle es reajustar el trazado viario de forma que resulte compatible con la protección del elemento defensivo. En este sentido se modifica la alineación del viario que se destina a uso peatonal ensanchándola y se adapta su rasante a la del búnker existente, con una superficie de 790,70 m2. En cuanto a la naturaleza arqueológica de los terrenos y dada su cercanía con el Sector SUS-TU-01 Albacerrado, si bien no se conocen evidencias de estructuras arqueológicas, si están documentados fragmentos cerámicos de época romana, que determinan la necesidad de establecer medidas cautelares de protección arqueológicas en los movimientos de tierras necesarios para la urbanización de los terrenos. En consecuencia se informa favorablemente el Estudio de Detalle de la C/ Cánovas del Castillo nº1 de Tarifa, en lo referente a la conservación del búnker existente en los terrenos objeto de ordenación y asimismo se informa de la necesidad de establecer control arqueológico en los movimientos de tierras necesarios para el desarrollo de dicho estudio de detalle..

Segundo.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva y normas urbanísticas en el Boletín Oficial de la Provincia, previo depósito del instrumento de planeamiento en el Registro de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de Bienes y Espacios Catalogados de este Excmo. Ayuntamiento y tras la preceptiva remisión al registro de la Consejería competente en materia de urbanismo actualmente: Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Delegación Territorial de Cádiz prevista en el artículo 40.2 LOUA, así como en la sede electrónica municipal.

Tercero.- Notificar el acuerdo a los interesados que constan en el expediente y, asimismo, comunicarlo a la Oficina de Gestión Tributaria Municipal a los correspondientes efectos catastrales..

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y artículo 21.1 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, se ha procedido a su inscripción, bajo el número 54, en la sección de Instrumentos de Planeamiento, del Registro de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de Bienes y Espacios Catalogados RIPCUBEC de este Ayuntamiento y a su depósito en el mismo.

También se ha procedido a la inscripción y depósito del resumen ejecutivo del citado estudio de detalle en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos asignándole el número de registro 8217 en la Sección Instrumentos de Planeamiento del Libro de Tarifa de la Unidad Registral de Cádiz.

Contra el citado acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla. No obstante, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro que se estime procedente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, procede publicar completamente el texto del articulado de las normas de este plan urbanístico cuya entrada en vigor se producirá el día siguiente a su publicación, toda vez que consta en el expediente el transcurso del plazo previsto en el artículo 65.2 de la citada Ley, al haberse efectuado sendas comunicaciones del citado acuerdo aprobatorio tanto a la Administración del Estado, en fecha 31 de agosto de 2018, como a la Administración de la Junta de Andalucía, en fecha 31 de agosto de 2018:

1.5. DESCRIPCIÓN DE LA ORDENACIÓN

1.5.1. Viarios:

Viario A: Suelo que cede de su parcela para que el Ayuntamiento pueda realizar la continuación de la circunvalación urbana por el norte, en un desarrollo de 70 m lineales y una superficie de 588, 55 m2s .

Viario C: Viario peatonal al que se accederá desde la circunvalación urbana hasta el búnker, con una superficie de 790,70 m2s.

En cumplimiento del informe emitido por la Consejería de Cultura 20189990047069 - 24/07/2018 se establecerán las medidas de protección arqueológicas en los movimientos de tierra necesarios para el desarrollo de este estudio de Detalle.
Por tanto se establecen las medidas de protección arqueológicas para todo movimiento de tierra necesario en el desarrollo, los necesarios para la urbanización como para los

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/7/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha13/07/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6007

Primera edición02/01/2001

Ultima edición30/04/2024

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