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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 21/5/2020
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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz
Página 4
B.O.P. DE CADIZ NUM. 94
de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en dicho Boletín.
Tercero: Desde la publicación del proyecto en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, se habilita un plazo de 10 días hábiles, para que las entidades insten la incorporación al Plan, mediante la presentación ante el IEDT una propuesta priorizada de asistencia económica por cada actuación, acompañada de la documentación correspondiente.
PROYECTO DE PLAN EXTRAORDINARIO COVID-19 DE LA
DIPUTACIÓN DE CÁDIZ
El Presupuesto total del Plan se sitúa en DIEZ MILLONES QUINIENTOS
MIL EUROS 10.500.000 €.
De este importe total se reservan como asignación presupuestaria indirecta un total de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO 298.995,48
€ para la contratación de personal destinado a la justificación técnica y documental y al control justificativo de las actuaciones realizadas con cargo al Plan.
Detrayendo esta cantidad, quedaría un total de DIEZ MILLONES DOS
CIENTOS UN MIL CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS DE
EURO 10.201.004,52 €, a repartir entre todos los municipios y entidades locales autónomas en adelante ELAs de la provincia de Cádiz.
El presente plan resulta complementario a una serie de medidas extraordinarias que la Diputación Provincial está implementando para dar respuesta a la crisis del COVID-19. Por ello el presupuesto del Plan Extraordinario se divide en:
a DOS MILLONES DE EUROS 2.000.000 € a asignar entre municipios y ELAs menores de 20.000 habitantes b OCHOS MILLONES DOS CIENTOS UN MIL CUATRO EUROS CON
CINCUENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO 8.201.004,52 € a asignar entre municipios mayores de 20.000 habitantes.
Criterios básicos
La distribución a asignar entre municipios y ELAs se ha definido en virtud del criterio de población y mediante tramos, de acuerdo con criterios de proporcionalidad por cada entidad perteneciente a cada uno de los distintos tramos de rangos poblaciones.
La asignación económica específica de cada entidad, por tramo de rango considerado, se realiza integrando las cantidades económicas resultantes de aplicar la siguiente ponderación:
- El 70% del importe global de cada tramo es prorrateado a partes iguales entre cada una de las entidades pertenecientes al rango.
- El 30% restante del importe global de cada tramo es asignado a cada ente en función de un índice poblacional población del ente considerado en relación a la población del total de los entes del tramo.
A continuación, se recogen en la siguiente tabla las cantidades asignadas a cada entidad:
MUNICIPIO / ELA
Hasta 1.499
habitantes
Población
Plan extraordinario Covid 19
21 de mayo de 2020
MUNICIPIO / ELA
Población
Plan extraordinario Covid 19
Alcalá del Valle
5.046
57.010,96 €
ELA Guadalcacín
5.175
57.383,05 €
Alcalá de los Gazules
5.219
57.509,97 €
Paterna de Rivera
5.470
58.233,97 €
5.550
58.464,73 €
5.605
58.623,37 €
Benalup-Casas Viejas
6.929
62.442,40 €
Puerto Serrano
6.941
62.477,01 €
Jimena de la Frontera
6.951
62.505,86 €
Trebujena
7.028
62.727,96 €
Bornos
7.670
64.579,78 €
Olvera
8.113
65.857,60 €
Algodonales De 5.000 a 9.999
habitantes Prado del Rey
MUNICIPIO / ELA
Medina Sidonia
Población
Plan extraordinario Covid 19
11.708
88.169,91 €
12.150
89.014,17 €
12.624
89.919,54 €
Ubrique
16.597
97.508,27 €
Tarifa
16.390
97.112,89 €
Chipiona
19.123
102.333,12 €
Villamartín De 10.000 a 19.999 habitantes Vejer de la Frontera
MUNICIPIO / ELA
Población
Plan extraordinario Covid 19
Barbate
21.456
391.015,41 €
Conil de la Frontera
22.529
395.771,44 €
23.642
400.704,76 €
29.109
424.937,02 €
Arcos de la Frontera
30.700
431.989,07 €
San Roque
31.218
434.285,08 €
Puerto Real
41.627
480.422,56 €
De 20.000 a Barrios, Los 49.999 habitantes Rota
ELA Tahivilla
429
21.028,03 €
Villaluenga del Rosario
455
21.231,45 €
ELA San Isidro del Guadalete
565
22.092,08 €
Benaocaz
671
22.921,42 €
Torre Alháquime
790
23.852,46 €
ELA Zahara de los Atunes
1.062
25.980,56 €
ELA El Torno
1.218
27.201,09 €
Línea de la Concepción, La
63.147
577.589,51 €
ELA Torrecera
1.315
27.960,01 €
Sanlúcar de Barrameda
68.684
588.017,37 €
Facinas
1.343
28.179,08 €
Chiclana de la Frontera
84.489
617.783,02 €
Zahara de la Sierra
1.387
28.523,33 €
Puerto de Santa María, El
88.405
625.158,04 €
Algar
1.413
28.726,75 €
San Fernando
94.979
637.538,89 €
Cádiz
116.027
677.178,70 €
Algeciras
121.957
688.346,70 €
Jerez de la Frontera
197.314
830.266,95 €
Plan extraordinario Covid 19
MUNICIPIO / ELA
Población
ELA Nueva Jarilla
1.501
33.865,72 €
ELA Estella del Marques
1.630
34.422,18 €
Gastor, El
1.752
34.948,44 €
Grazalema
2.027
36.134,69 €
2.145
36.643,70 €
2.753
39.266,40 €
Setenil de las Bodegas
2.769
39.335,41 €
Castellar de la Frontera
3.049
40.543,23 €
Espera
3.860
44.041,59 €
ELA La Barca de la Florida
4.031
44.779,22 €
San José del Valle
4.418
46.448,60 €
De 1.500 a 4.999 Bosque, El habitantes San Martín del Tesorillo
MUNICIPIO / ELA
Más de 50.000
habitantes
Población
Plan extraordinario Covid 19
Los Ayuntamientos matrices tienen detraída la población de sus Entidades Locales Autónomas.
Considerando los criterios anteriormente establecidos, la Diputación de Cádiz formulará definitivamente el Plan Extraordinario COVID-19 para combatir la crisis provocada por el Coronavirus, en adelante Plan, que se gestionará a través del Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico del Área de Empleo de la Diputación de Cádiz en adelante IEDT, de acuerdo a las siguientes bases:
BASES REGULADORAS DEL PLAN EXTRAORDINARIO
COVID-19 DE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ.
PRIMERO.- NORMATIVA DE APLICACIÓN.
1. El Plan se regirá por lo previsto en esta normativa y, con carácter supletorio, por lo establecido en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre y sus demás normas de desarrollo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. El procedimiento para el desarrollo y aplicación de este Plan será el establecido en los arts. 32 y 33 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,