Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/10/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

1 de octubre de 2019
PARCELA Nº USOS LUCRATIVOS

PARCELA T3

PARCELA T4
AP1-A1

TERCIARIO

TERCIARIO

APARCAMIENTO

B.O.P. DE CADIZ NUM. 188
SUPERFCIES m2

45.872,00 43.289,00 PB+4 15 m
44.402,00

APARCAMIENTO

13.162,00

AP-3

APARCAMIENTO

29.061,00

M1-B

MUELLE

4.633,00

M1-C C

MUELLE

M1-A

M1-C BDE
M3

ZLP1-A
ZLP1-B
BDE

APARCAMIENTO
MUELLE
MUELLE

MUELLE

ZONA LIBRE PRIVADA
ZONA LIBRE PRIVADA

ZLP1-B C ZONA LIBRE PRIVADA
TOTAL USOS LUCRATIVOS

EL1

EL2

EL3
D1
D2

APP
VP

ESP.LIBRE U.D.P.

ESP.LIBRE U.D.P.

ESP.LIBRE U.D.P.

DOTACIÓN NUEVO
USO TERC.

SIPS. MODIFICACIÓN
13
APARCAMIENTO
PÚBLICO

VIARIO PÚBLICO

TOTAL USOS PÚBLICOS
SUPERFICIES TOTAL
ZONA DE ACTUACIÓN

ALTURA

50.500,00 46.125,00 PB+19 76 m
AP1-A2
AP1-B

1

34201

3.628,00
9.376,00
2.208,00

12.111,00

2.867,00
377,00
1.027,00

395.568,00 215.233,00
14.385,00
11.512,00

30.500,00
22.474,00
11.484,00
35.925,00
40.681,00

166.961,00
562.529,00 215.233,00

1 EDIFICABILIDAD LUCRATIVA m2Techo NUEVAS SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS.

Como consecuencia de la modificación de las Servidumbres Aeronáuticas del Aeropuerto de Jerez, aprobadas por el Real Decreto 762/2017, de 21 de julio de 2017, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de Jerez B.O.E. nº 216, de 8 de septiembre se introduce en la ficha de determinaciones el siguiente texto normativo:

Las líneas de nivel de las superficies limitadoras de las Servidumbres Aeronáuticas del Aeropuerto de Jerez que afectan a este ámbito, determinan las alturas respecto al nivel del mar que no debe sobrepasar ninguna construcción incluidos todos sus elementos como antenas, pararrayos, chimeneas, equipos de aire acondicionado, cajas de ascensores, carteles, remates decorativos, etc., modificaciones del terreno u objeto fijo postes, antenas, aerogeneradores incluidas sus palas, carteles, etc., así como el gálibo de viario o vía férrea.

Al encontrarse la totalidad del ámbito del API incluido en las zonas y espacios afectados por servidumbres aeronáuticas, la ejecución de cualquier construcción, instalación postes, antenas, aerogeneradoresincluidas las palas- , medios necesarios para la construcción incluidas las grúas de construcción y similares o plantación, requerirá del acuerdo favorable previo que regule la normativa sectorial de aplicación en materia de infraestructuras aeroportuarias.

Todo lo cual se hace público conforme a lo dispuesto en el artículo 41.1
de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y para general conocimiento, indicándose que el citado acuerdo tiene el carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el presente acuerdo, los siguientes
RECURSOS: Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo adoptó, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente notificación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En caso de interponer recurso de reposición, no podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. De formular recurso de reposición, podrá interponer posteriormente, ante el órgano jurisdiccional antes citado, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir de la notificación del acuerdo que resuelva dicho recurso. De no recibir, en un plazo de un mes a partir de la interposición del recurso de reposición, la notificación del acuerdo resolviendo el mismo, podrá formular desde ese momento y durante el plazo de seis meses recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional citado.

Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 114.1.c, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos 46 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

17/09/19. LAALCALDESA por delegación efectuada en R.A. de 24.07.19
El Delegado de Urbanismo, Infraestructuras y Medio Ambiente. Fdo.: José Antonio Díaz Hernández.
Nº 72.088

Página 3

Ayuntamiento de El Puerto de Santa Maria DECRETO Nº 2019/6680

D. Germán Beardo Caro, Alcalde-Presidente en uso de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO:

Habiendo tomado posesión del cargo de concejala Doña María Blanca Merino de la Torre el pasado día dos de septiembre, es conveniente proceder a un nuevo reparto competencial que optimice la gestión municipal, siendo para ello necesario la modificación parcial del decreto de esta Alcaldía N.º 2019/5285, de fecha 12 de julio de 2019, concretamente en sus apartados primero 1.1 y segundo 2.4, es por ello que HE RESUELTO:

PRIMERO: Modificar el apartado primero 1.1, del decreto de esta Alcaldía, N.º 2019/5285, de fecha 12 de julio de 2019 en los siguientes términos:

PRIMERO.- DESIGNACIÓN DE TENIENTES DE ALCALDE, MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO, Y DETERMINACIÓN DE LAS
COMPETENCIAS DE LA CITADA JUNTA, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

1.1.- Designar como Tenientes de Alcalde y miembros de la Junta de Gobierno a los siguientes miembros de la Corporación, los cuales sustituirán a esta Alcaldía-Presidencia, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, en el orden en que se expresa:
PRIMERO: Don Juan Antonio Martínez Romero.
SEGUNDO: Don Francisco Javier Bello González.
TERCERA: Doña Danuxia María Enciso Fernández.
CUARTO: Don Millán Alegre Navarro.
QUINTA: Doña Marina Dolores Peris Sayabera.
SEXTA: Doña María Dolores Campos García.
SÉPTIMO: Don David Calleja García Ruiz
SEGUNDO: Modificar el apartado Segundo 2.4 del Decreto de esta Alcaldía indicado anteriormente, en los siguientes términos:

2. 4. ÁREA DE PRESIDENCIA Y SEGURIDAD

2.4.1.- ÁREA DE PRESIDENCIA Y SEGURIDAD: TENIENTE DE
ALCALDE DOÑA MARINA DOLORES PERIS SAYABERA.

Competencias:

Ejercer las funciones que a los Delegados de Área asignan los artículos 140 y 141 del Reglamento Orgánico Municipal, e igualmente:

a.- Bajo la superior dirección política y coordinación del Sr. Alcalde, dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios de Policía Local, Seguridad Ciudadana, Vigilancia, Regulación, Propuesta de mejora y adecuación del Tráfico y Circulación, así como la dirección y coordinación de los servicios de Protección Civil, asumiendo cuantas competencias no estén expresamente atribuidas al Alcalde, a la Junta de Gobierno ni al Pleno Municipal.

b.- La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores por infracción de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía en lo que se refiere al incumplimiento de horarios y al derecho de admisión, así como la resolución de los expedientes relativos a reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento.

2.4.2.- DESARROLLO ECONÓMICO, EMPRESARIAL Y COMERCIO:
CONCEJALA DELEGADA DOÑA MARIA BLANCA MERINO DE LA TORRE.

Competencias en materia de Desarrollo Económico y Empresarial
a Dirigir, inspeccionar e impulsar, asumiendo cuantas competencias no estén atribuidas expresamente a otras autoridades y órganos municipales, los servicios municipales destinados a:

La planificación y desarrollo de actividades y programas dirigidos a la promoción económica de la ciudad aprovechando para ello los recursos propios y de otras administraciones o entidades.

Facilitar la tramitación administrativa en la instalación de empresas, así como la promoción y dinamización del tejido empresarial.

Trabajar de forma coordinada con los demás servicios cuando el ejercicio de estas funciones requiera la adopción de resoluciones o acuerdos que sean de competencia de otras áreas y servicios del Ayuntamiento.

b Cesiones de uso temporales de inmuebles patrimoniales destinados a Viveros de Empresas, excepto las de carácter gratuito previstas en el artículo 41 de la Ley 7/1999 de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

c.- Competencias en materia de Comercio: Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales de Comercio, entre los que se incluyen los de Abastos, Venta Ambulante y Defensa del Consumidor, así como la relación con las Asociaciones de Comerciantes y con las demás Administraciones Públicas con competencia en materia de comercio y elaboración de propuestas municipales referentes a dicho sector, la tramitación de los expedientes sancionadores en materia de salud, incoados a instancias de la Inspección sanitaria de la Delegación de Salud de la Junta de Andalucía, las actuaciones preventivas decomiso por motivos de salud de productos alimenticios de consumo, así como la preparación de los asuntos que hayan de someterse a la consideración del Pleno y de los demás órganos municipales.

2.4.3. AGRICULTURA Y PESCA: CONCEJALA DELEGADA DOÑA
MARIA BLANCA MERINO DE LA TORRE.

Competencia:

a La gestión de los asuntos relacionados con el desarrollo económico sostenible en los entornos rural y marino con especial atención a los sectores agrícola, acuícola y pesquero, orientados a promover la creación de empleo, la diversificación hacia la implantación de los procesos de transformación, el uso turístico sostenible de sus recursos, la innovación y la modernización de sus explotaciones.

b Las relaciones con otras Administraciones y elaboración de propuestas municipales referentes a dichos sectores, así como la preparación de los asuntos que hayan de someterse a la consideración del Pleno y de los demás órganos municipales.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/10/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha01/10/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6011

Primera edición02/01/2001

Ultima edición07/05/2024

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