Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 9/8/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

9 de agosto de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 152

Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, de la TASA POR PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA EN
BAJA, TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES, así como por la PRESTACIÓN PATRIMONIAL DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO DEL
SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS MUNICIPALES y por la PRESTACIÓN
PATRIMONIAL DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE
DEPÓSITO, TRATAMIENTO, ELIMINACIÓN Y/O APROVECHAMIENTO DE
RESIDUOS MUNICIPALES DEL CAMPO DE GIBRALTAR aplicable en el municipio de JIMENA DE LA FRONTERA Zona 1 en las oficinas del servicio mancomunado de Aguas y Residuos sita en la C/ Larga, Nº 54 de Jimena de la Frontera los Lunes, Miércoles y Viernes en horario de 09:00 a 13:30 y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar en Parque de las Acacias S/N, de Algeciras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00, durante quince días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, periodo durante el cual los interesados pueden examinar los referidos documentos.

Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 c del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5
de marzo, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Presidente de la Mancomunidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón.

En cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los conceptos y trimestre referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición al público de los padrones.

Por otro lado, se hace saber que el periodo voluntario para hacer efectivo el pago de los recibos del mencionado concepto, correspondiente al periodo anteriormente indicado, será desde el día 16 de agosto de 2019 al 16 de octubre de 2019, en cualquier oficina de CAIXABANK y de BANCO SANTANDER de lunes a viernes, en el horario establecido por las Entidades.

Transcurrido el mencionado plazo de ingreso voluntario, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 28 de la citada Ley General Tributaria, que son los siguientes:
1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
2. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5
del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.
3. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores.

El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.
Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.
Lo que se hace público para general conocimiento de la normativa vigente.

Algeciras, a 15 de julio de 2019. EL PRESIDENTE, Fdo.: Luis Ángel Fernández Rodríguez.
Nº 56.786


Ayuntamiento de La Linea de la Concepcion
Por acuerdo de Pleno de esta Corporación de esta Excma. Corporación Municipal de dos de mayo de dos mil diecinueve se aprobó acuerdo de aprobación provisional de las modificaciones de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal con puestos, espectáculos, atracciones u otras ocupaciones durante la velada y fiestas del mes de julio.

Dicho acuerdo se publicó en el BOP de Cádiz núm. 98 de fecha 27 de mayo de dos mil diecinueve no habiéndose producido reclamación o alegación alguna al citado acuerdo, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 y 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y artículos 49 y 70.2 de la Ley 1/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se eleva a definitivo y se publican íntegramente las modificaciones a la referida Ordenanza.
Según lo preceptuado en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra este acuerdo definitivo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso Administrativo, con sede en Sevilla.
TEXTO DE LAS MODIFICACIONES DE LA ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL
APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL
CON PUESTOS, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES U OTRAS OCUPACIONES
DURANTE LA VELADA Y FIESTAS DEL MES DE JULIO
Artículo 6

Epígrafe E Servicio eléctrico Los elementos que comprende:
Gestión del servicio eléctrico.
Conexión y desconexión a la caja de acometida.
Mantenimiento del circuito hasta la caja de acometida.
Servicio de electricidad.
La base imponible de esta tarifa, que será igual a la liquidable, se establecerá en función del tipo de instalación, siendo la cuota tributaria la resultante de aplicar los
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siguientes
1. CARAVANAS:

Se diferencian tres tarifas lineales en función a la superficie total de ocupación 1 Caravanas pequeñas L<5m 50,00 €
2 Caravanas medianas 5m>=L<=10m 70,00 €
3 Caravanas grandes L>10m 100,00 €
.

En La Línea de la Concepción a 10 de julio 2019. EL ALCALDE. Fdo.
José Juan Franco Rodríguez.
Nº 56.850


Ayuntamiento de Vejer de la Frontera ANUNCIO

Por medio de la presente se pone en conocimiento que mediante Decreto de la Alcaldía, de fecha 18 de julio de 2019, SE HA RESUELTO:

PRIMERO.- DELEGAR LA PRESIDENCIA de la Comisión Informativa de Presidencia, Seguridad y Participación en el Sr. Concejal D. Francisco Manuel Flor Lara, Concejal-Delegado del Área de Presidencia, Seguridad y Participación y DESIGNAR como SUPLENTE DE PRESIDENTE de la misma Comisión Informativa a D. Francisca Sánchez Galván, efectuando consecuentemente la correspondiente delegación para los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad del titular.
SEGUNDO.- DELEGAR LA PRESIDENCIA de la Comisión Informativa de Urbanismo y Ordenación de Territorio en el Sr. Concejal D. Alejandro Manzorro Moreno, Concejal-Delegado del Área de Urbanismo y Ordenación del Territorio y DESIGNAR como SUPLENTE DE PRESIDENTE de la misma Comisión Informativa a D. Francisca Sánchez Galván, efectuando consecuentemente la correspondiente delegación para los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad del titular.

TERCERO.- DELEGAR LA PRESIDENCIA de la Comisión Especial de Cuentas en la Sra. Concejal D. Francisca Sánchez Galván, Concejal-Delegada del Área de Administración General y Patrimonio y DESIGNAR como SUPLENTE DE
PRESIDENTE de la misma Comisión Informativa a D. Ana Isabel Sánchez Loaiza, efectuando consecuentemente la correspondiente delegación para los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad del titular.

CUARTO.- DELEGAR LA PRESIDENCIA de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda en la Sra. Concejal D. Ana Isabel Sánchez Loaiza, ConcejalDelegado del Área de Economía y Hacienda y DESIGNAR como SUPLENTE DE
PRESIDENTE de la misma Comisión Informativa a D. Francisca Sánchez Galván, efectuando consecuentemente la correspondiente delegación para los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad del titular.

QUINTO.- DELEGAR LA PRESIDENCIA de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Familia en el Sr. Concejal D. José Manuel Camacho Hurtado, Concejal-Delegado del Área de Asuntos Sociales y Familia y DESIGNAR como SUPLENTE DE PRESIDENTE de la misma Comisión Informativa a D. Francisco Manuel Flor Lara, efectuando consecuentemente la correspondiente delegación para los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad del titular.

SEXTO.- La Alcaldía-Presidencia conserva no obstante la facultad de convocatoria de las sesiones.
SÉPTIMO.- En el contexto de lo anteriormente expuesto, las delegaciones que se confieren se entenderán sin perjuicio de la posible revocación y/o avocación de su ejercicio por esta Alcaldía, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. De Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 114 y 116 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

OCTAVO.- Las competencias delegadas en los citados Concejales Delegados no podrán ser, a su vez, delegadas por estos en otro órgano o autoridad.

NOVENO.- Las delegaciones conferidas por la presente Resolución requerirán, para su eficacia, la aceptación expresa o tácita del Concejal-Delegado.
La delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación de la presente Resolución el destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante que no acepta la delegación.

DÉCIMO.- La delegación de atribuciones surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha del presente Decreto, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios y en el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento. Asimismo, del contenido de la presente Resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación.

DECIMO PRIMERO.- NOTIFIQUESE por la Sra. Secretaria General a los Concejales Delegados por la presente Resolución y COMUNIQUESE a las Comisiones Informativas afectadas por el presente acuerdo para su conocimiento.

DÉCIMO SEGUNDO.- En lo no previsto en la presente resolución se estará a lo establecido en la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, en el Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, en el Reglamento del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera publicado en el BOP de Cádiz núm. 115, de fecha 19 de junio de 2013 y restantes disposiciones que resulten de aplicación.
Lo que se traslada para general conocimiento, en Vejer de la Frontera.
18/07/2019. EL ALCALDE Fdo: José Ortiz Galván Nº 56.856


Ayuntamiento de Chipiona MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 17/2019
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
ANUNCIO DE APROBACION INICIAL

El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 18 de julio de 2019, aprobó inicialmente el expediente de modificación de crédito nº 17/2019 en la modalidad de créditos extraordinarios, financiado con cargo a bajas de créditos.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 9/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha09/08/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6007

Primera edición02/01/2001

Ultima edición30/04/2024

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