Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/8/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 151

ADMINISTRACION DEL ESTADO
Ministerio de Hacienda Secretaria General Patrimonio del Estado Cadiz ANUNCIO DE SUBASTA

Resolución de la Delegación de Economía y Hacienda en Cádiz por la que se anuncia la enajenación de diversos bienes en pública subasta.

Se anuncia la venta en pública subasta, a celebrar el día 3 de octubre de 2019, a las 11:00 horas, en el salón de actos de la Delegación de Economía y Hacienda, Sede de El pliego de condiciones generales por el que se regirá la subasta y la relación de bienes a subastar podrán verse en la Sección de Patrimonio del Estado de esta Delegación y serán expuestos en el tablón de anuncios de esta Delegación de Economía y Hacienda en Cádiz, en la Sede de la Delegación de Economía y Hacienda de Jerez de la Frontera, y en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública: www.hacienda.gob.es.

Cádiz, a 17 de julio de 2019. EL DELEGADO DE ECONOMIA Y
HACIENDA. Fdo.: Miguel Gómez Martínez.
Nº 56.518

ADMINISTRACION LOCAL
Ayuntamiento de Puerto Serrano ANUNCIO BOP

Detectado varios errores en la publicación definitiva del presupuesto 2019 del Excelentísimo Ayuntamiento de Puerto Serrano, en el BOP 101, de 30 de mayo de 2019, de acuerdo con el articulo 109 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, se procede a la rectificación de los errores:

En el presupuesto de ingresos pone Capitulo 5 Ingresos patrimoniales 0€, cuando debería de poner 37.500

En el presupuesto de ingresos el total pone 4.373.200,00 cuando debería de poner 4.851.722,00.

Quedando con las correcciones del siguiente modo:
Presupuesto Económico de Ingresos A Operaciones Corrientes Capitulo 1º.- Impuestos Directos
1.309.000,00 €

Capitulo 2º.- Impuestos Indirectos
13.000,00 €

Capitulo 3º.- Tasas y otros Ingresos
579.000,00 €

Capitulo 4º.- Transferencias corrientes Capitulo 5º.- Ingresos Patrimoniales TOTAL OPERACIONES CORRIENTES

2.898.272,00 €
37.500,00 €
4.836.772,00€

B Operaciones de Capital Capitulo 6º.- Enajenación de inversiones reales
0,00 €

Capitulo 7º.- Transferencias de capital
0,00 €

Capitulo 8º.- Activos financieros
15.000,00 €

Capitulo 9º.- Pasivos financieros
0,00 €

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL
Total Presupuestos de Ingresos
15.000,00 €
4.851.772,00 €

En Puerto Serrano, a 09 de julio de 2019, EL ALCALDE PRESIDENTE.
Fdo.: Daniel Pérez Martínez.
Nº 56.356


Ayuntamiento de Puerto Serrano ANUNCIO DE APROBACIÓN DE BASES TRABAJADOR/A SOCIAL

Se encuentra publicado en el tablón digital del Excelentísimo Ayuntamiento de Puerto Serrano las bases que van a regir la creación de una bolsa de trabajo para el puesto de Trabajador/a social del Excelentísimo Ayuntamiento de Puerto Serrano.

En Puerto Serrano a 15 de julio de 2019. El alcalde. Daniel Pérez Martínez.
Nº 56.358


Ayuntamiento de Puerto Real ANUNCIO
ACUERDO DE APROBACIÓN DE LAS ASIGNACIONES A LOS GRUPOS
POLÍTICOS MUNICIPALES Y APROBACIÓN DE LAS CUANTÍAS POR
ASISTENCIAS A LOS MIEMBROS CORPORATIVOS POR LA CONCURRENCIA

8 de agosto de 2019

EFECTIVA A SESIONES DE ÓRGANOS COLEGIADOS

El Pleno del Ayuntamiento de Puerto Real, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de julio de 2019, al punto 16º del orden del día, adoptó el acuerdo para la aprobación de las asignaciones a los Grupos Políticos Municipales y la aprobación de las cuantías por asistencias a los miembros Corporativos por la concurrencia efectiva a sesiones de órganos colegiados, cuya parte dispositiva sustancial se transcribe a continuación:

PRIMERO: Aprobar la fijación de las asignaciones económicas a los grupos políticos y asistencias a los concejales y concejalas sin dedicación para el presente mandato corporativo 2019/2023 que se transcribe a continuación:

A Asignaciones económicas a los Grupos Políticos Municipales:
- Una cantidad de mil doscientos sesenta euros 1.260 € por Grupo Político Municipal.
- Además, de otros trescientos euros 300 €, por cada concejal adscrito a cada Grupo Político.

B Asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados del Ayuntamiento a los concejales sin dedicación exclusiva ni parcial, en las cuantías que se señalan:
- Por Pleno, una cantidad de ciento cincuenta euros 150 €.
- Por cada Comisión Informativa, una cantidad de ciento diez euros 110 €.
- Por cada Junta de Portavoces, una cantidad de ciento diez euros 110 €.
- Por Junta de Gobierno Local, una cantidad de ciento diez euros 110 €.

Para la percepción efectiva de dichas cuantías se establecen las siguientes reglas:

Se establece una reducción del 30% en caso de sesiones extraordinarias de los citados órganos colegiados debe entenderse también en el supuesto de sesiones extraordinarias y urgentes.

Cuando en un mismo día coincidan sesiones ordinarias y extraordinarias de un mismo órgano colegiado exclusivamente, se considerará una única asistencia.

La no percepción de la misma, en caso de ausentarse por más de 10 minutos de la sesión.

Se entiende que no se aplica a órganos no expresamente mencionados Junta Generales empresas públicas municipales, Consejo Rector IMPRO.

C Tramitación y aplicación:

En cuanto a las asistencias, a efectos de su percepción por los miembros corporativos que tengan derecho a las mismas, la Secretaría General extenderá certificación de cada sesión celebrada, remitiéndose la misma a la Unidad Administrativa de Recursos Humanos, con objeto de por la citada Unidad se fije su cuantía mensual por concejal, así como los descuentos que le correspondan por retenciones a cuenta del IRPF, al tener dichas asignaciones consideración de rentas del trabajo. Acto seguido, se procederá por la citada Unidad a la gestión de dicho gasto, previa consignación y fiscalización por la Intervención Municipal.

Por lo que se refiere a las asignaciones, igualmente la Secretaría General extenderá certificación de cada sesión celebrada, remitiéndose a la Intervención General para la gestión del citado gasto.
Además, en cuanto a las asignaciones, cualquier variación en la composición de los Grupos Políticos, será comunicada por la Secretaría General a la Intervención General a los oportunos efectos.

D En todo caso, los Grupos Políticos deberán llevar la contabilidad específica de las asignaciones a disposición del Pleno siempre que lo solicite. Además, deberán tener un CIF y una cuenta bancaria específica para dicho Grupo.

SEGUNDO: Publicar el presente acuerdo íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web municipal, siendo efectivo a partir del día siguiente de su aprobación plenaria.
TERCERO: Tomar conocimiento de la renuncia que formula el Concejal Fernando Boy Pecci, a la percepción y al cobro de todos los conceptos económicos por el ejercicio del cargo político que ostenta como Concejal del Ayuntamiento de Puerto Real, efectuada mediante comparecencia ante la Secretaría General de la Corporación el día 10 de julio de 2019.

Lo que se hace público en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios para dar cumplimiento a las previsiones del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Puerto Real a 17 de julio de 2019. LA ALCALDESA-PRESIDENTA.
Fdo.: M Elena Amaya León. EL SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL. Fdo.:
Sebastián Pizarro Colorado.
Nº 56.409


Ayuntamiento de Puerto Real ANUNCIO
DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL PLENO
EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 12 de julio de 2019, al punto 14º del orden del día, se ha delegado en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:
- La solicitud de subvenciones a organismos oficiales y aceptación de las mismas. En materia de concesión de subvenciones se estará a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto; debiéndose dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de los acuerdos adoptados en el ejercicio de dicha delegación de competencias.
- La declaración de compatibilidad del personal de la Corporación.
- El reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que exista dotación presupuestaria.
La delegación anterior incluye la facultad de resolver los recursos que se formulen contra los actos dictados en el ejercicio de las competencias delegadas.
Se revocan expresamente todas las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local y en la Alcaldía, con anterioridad al referido acuerdo.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51.2
del ROF.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/8/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha08/08/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6003

Primera edición02/01/2001

Ultima edición24/04/2024

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