Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2013 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 13 de agosto de 2013
por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, en UN 1 cargo Nivel C - Grado 0, como Coordinador de Servicios y Calidad dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE
CINOTECNIA de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a Don Esteban Andrés AUZQUI D.N.I. Nº28.462.306, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley Nº26.784 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel, establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Juan M. Abal Medina. Arturo A. Puricelli.

de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la REPUBLICA DE SURINAME a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da.
Alicia Beatriz DE HOZ D.N.I. Nº6.227.622.
Art. 2 Acredítase a la funcionaria mencionada en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de conformidad con el Artículo 8 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº20.957.

Que la mencionada situación amerita una toma urgente de decisión con respecto a la ayuda solicitada al MINISTERIO DE SALUD
por el progenitor de Uriel Ignacio VEGA, por razones estrictamente humanitarias y con carácter de excepción.

Art. 3 Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.

Que en esa idea se solicitó a la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS
E INVESTIGACION, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, su opinión acerca de la intervención del AMPLATZ CHILDRENS
HOSPITAL, de MINNESOTA, ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Héctor M. Timerman.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

Decreto 1101/2013

MINISTERIO DE SALUD

Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la República de Suriname.

Decisión Administrativa 575/2013
Dispónese participación en el apoyo a tratamiento.

Bs. As., 8/8/2013
VISTO el Expediente Nº26.951/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº2058 de fecha 25 de octubre de 2012 y lo dispuesto por el Artículo 8 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº20.957, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 2058/12 se dispuso la apertura de la Embajada de la República en la REPUBLICA DE SURINAME, con sede en la Ciudad de Paramaribo.
Que en virtud de lo establecido en el artículo mencionado en el Visto, los funcionarios de las categorías B y C del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.
Que oportunamente el Gobierno de la REPUBLICA DE SURINAME concedió el plácet de estilo a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da. Alicia Beatriz DE HOZ, para su designación como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante dicho Estado.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA
DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia
la negativa del Hospital de Pediatría arriba mencionado, y el apoyo brindado por la comunidad y el Municipio local con el que lograron arribar a la suma de PESOS
SEISCIENTOS MIL $ 600.000.-, con el que afrontarían parte de los gastos, agregando la ayuda recibida de los gremios de Camioneros y de Petroleros.
Que en el informe reciente del estado de salud se desprende que a la fecha la salud del paciente se ha deteriorado, incluyendo pérdida de la audición, dificultad para la marcha, ceguera parcial y episodios de incontinencia urinaria.

SERVICIO EXTERIOR

BOLETIN OFICIAL Nº 32.700

Bs. As., 12/8/2013
VISTO el expediente Nº 2002-14045/13-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramita el pedido de ayuda económica efectuado por el señor Emanuel Ariel VEGA DNI Nº 29.356.050
relacionado con el tratamiento y eventual trasplante de médula ósea para su hijo Uriel Ignacio VEGA DNI Nº 45.389.536 quien padece de Adrenoleucodistrofia, a llevarse a cabo en el AMPLATZ CHILDRENS HOSPITAL, de MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Que, asimismo, obran fotocopias de la partida de nacimiento del menor; historia clínica y estudios médicos realizados hasta el presente y de la carta documento de la OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES
CAMIONEROS Y PERSONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, por la que da cuenta de los tratamientos aplicados al paciente en virtud de los informes del HOSPITAL DE PEDIATRIA S.A.M.I.C.
PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN, entre los que no se cuentan los aquí solicitados.
Que la Directora Médica Ejecutiva del HOSPITAL DE PEDIATRIA S.A.M.I.C.
PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN informa en nota del 7 de junio de 2013 que el Grupo Interdisciplinario de Pacientes con Adrenoleucodistrofia y los médicos a cargo del paciente, realizaron la confirmación diagnóstica y que de la evaluación se concluye que el niño Uriel Ignacio VEGA no cumple criterios para trasplante de Médula Osea, según los criterios que se aplican en ese Hospital.
Que se adjunta copia del informe del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de la PROVINCIA DEL NEUQUEN, en el que plasma la situación de la familia a partir de
Que al respecto el funcionario actuante manifiesta que el hospital que intervendría en el trasplante solicitado se encuentra entre los mejores del mundo en la especialidad, tanto por su rigor científico como por la seriedad en sus actuaciones.
Que por ello y atendiendo a la nota de la familia del paciente, donde se menciona que se harían cargo de los estudios preliminares, corresponde en la especie manifestar la voluntad del MINISTERIO DE
SALUD de colaborar en el tratamiento del paciente Uriel Ignacio VEGA, haciéndose cargo de los gastos del trasplante si fuere necesario, con más los gastos de estadía y manutención de los TRES 3 integrantes de la familia.
Que en orden a la naturaleza de las erogaciones a efectuarse, corresponde la remisión al señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
6

durante el tratamiento del paciente Uriel Ignacio VEGA DNI Nº45.389.536.
Art. 5 Las erogaciones a que los artículos 2 y 4 de la presente medida darán a lugar, se computarán bajo registro: 30-00-00-0L-FF113.4.2 y 3.9.9, respectivamente.
Art. 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Juan L.
Manzur.

MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 566/2013
Dase por autorizada contratación.

Bs. As., 6/8/2013
VISTO el Expediente Nº 8.220/12 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y 2.098 de fecha 3
de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y sus modificatorias, la Resolución Nº56 de fecha 26 de enero de 2012 del mencionado Ministerio, y CONSIDERANDO:
Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación de Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.
Que el artículo 14 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso al Nivel Escalafonario B.
Que la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias establece que en caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros mediante actuación fundada en la que se deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.

Artículo 1 Dispónese la participación del MINISTERIO DE SALUD en el apoyo al tratamiento a realizarse en el Hospital AMPLATZ
CHILDRENS HOSPITAL, de MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA al paciente Uriel Ignacio VEGA DNI Nº45.389.536.

Que en el ámbito de la entonces COORDINACION DE PRENSA Y DIFUSION
INSTITUCIONAL, actual DIRECCION DE
PRENSA Y DIFUSION INSTITUCIONAL
dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE EDUCACION, es de vital importancia la contratación de la agente María José MARTINEZ ALLENDE para asegurar la consecución de los objetivos de la mencionada Jurisdicción.

Art. 2 Dispónese que el MINISTERIO
DE SALUD transfiera el monto de DOLARES
ESTADOUNIDENSES UN MILLON SETECIENTOS MIL U$S 1.700.000.- al AMPLATZ
CHILDRENS HOSPITAL, de MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que a fin de posibilitar la contratación de la mencionada agente en los términos del artículo 9 del Anexo de la Ley Nº 25.164
corresponde exceptuarla de lo dispuesto por el punto II del inciso c del artículo 9
del Anexo I del Decreto Nº1.421/02.

Art. 3 La transferencia de fondos dispuesta en el artículo 2 de la presente medida se efectuará a la cuenta NºWells Fargo Bank Internacional - 420 Montgomery Street, San Francisco, CA 94104 USA: ABA 121000248, Acct 0000004431, Swift WFBIUS33, For Credit to:
Fairview Hospital and Healthcare Services. Account Name: Fairview Hospital and Healthcare Services, Account Number: 0000004431.

Que el contrato de la citada agente ha sido aprobado hasta el 31 de diciembre de 2012
de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Nº56/12 del MINISTERIO DE EDUCACION siendo que con la recategorización propuesta la misma será modificada por el presente acto.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Art. 4 Autorízase al MINISTERIO DE
SALUD a adelantar fondos por hasta PESOS
CUATROCIENTOS MIL $ 400.000.- a favor del señor Emanuel Ariel VEGA DNI Nº29.356.050
en CUATRO 4 entregas de PESOS CIEN MIL
$ 100.000.- cada una con cargo de rendición de cuentas para atender los gastos que se ocasionen con motivo de la estadía en la ciudad de MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Que se ha procedido a la aplicación de la Decisión Administrativa Nº3/04 y sus modificatorias.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
EDUCACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del ar-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2013 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/08/2013

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9355

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/06/2024

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