Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2003 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
de la República Argentina Buenos Aires, miércoles 3 de setiembre de 2003

Nº 30.226

AÑO CXI

$ 0.70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

LEGISLACIÓN Y AVISOS OFICIALES

comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional
serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por Decreto Nº 659/1947

SUMARIO

JUSTICIA

LEYES

Ley 25.779
Decláranse insanablemente nulas las Leyes Nros. 23.492 y 23.521.

CONVENCION SOBRE
LA IMPRESCRIPTIBILIDAD
DE LOS CRIMENES DE GUERRA
Y DE LOS CRIMENES DE LESA
HUMANIDAD
Ley 25.778
Otórgase jerarquía constitucional a la mencionada Convención, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas.
Sancionada: Agosto 20 de 2003.
Promulgada: Septiembre 2 de 2003.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
JERARQUIA CONSTITUCIONAL
DE LA CONVENCION SOBRE LA
IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS CRIMENES
DE GUERRA Y DE LOS CRIMENES DE LESA
HUMANIDAD

Sancionada: Agosto 21 de 2003.
Promulgada: Septiembre 2 de 2003.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Decláranse insanablemente nulas las Leyes 23.492 y 23.521.
ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL TRES.
REGISTRADA BAJO EL Nº 25.779
EDUARDO O. CAMAÑO. JOSE L. GIOJA.
Eduardo D. Rollano. Juan Estrada.
Decreto 689/2003
Bs. As., 2/9/2003

ARTICULO 1º Otórgase jerarquía constitucional a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, el 26 de noviembre de 1968 y aprobada por la Ley 24.584.

POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 25.779 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Gustavo O. Béliz.

ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL TRES.
REGISTRADA BAJO EL Nº 25.778
EDUARDO O. CAMAÑO. JOSE L. GIOJA.
Eduardo D. Rollano. Juan Estrada.

RESOLUCIONES

Pág.
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 173/2003-SAGPA
Dase por otorgado el auspicio al Segundo Congreso Argentino de Girasol.

1

BIO
TECNOLOGIA AGR
OPECU
ARIA
BIOTECNOLOGIA
GROPECU
OPECUARIA
Resolución 207/2003-SAGPA
Autorízase la siembra a los fines de la multiplicación en contraestación de materiales vegetales genéticamente modificados transformados a través de eventos no autorizados para la comercialización, para la campaña agrícola 2003/2004.

2

COMERCIO EXTERIOR
Resolución Nº 258/2003-MEP
Fíjase un Derecho de Exportación Extrazona para una determinada mercadería comprendida en la Nomenclatura Común del Mercosur.

3

COMISION NA
CIONAL DE VALORES
NACIONAL
Resolución General 447/2003-CNV
Modificaciones al Capítulo XV, Fideicomisos. Prohibición de reunión de la condición de fiduciario y beneficiario.
CONVENCION SOBRE
LA IMPRESCRIPTIBILID
AD
IMPRESCRIPTIBILIDAD
DE LOS CRIMENES DE GUERRA
Y DE LOS CRIMENES DE LESA
HUMANID
AD
HUMANIDAD
Ley 25.778
Otórgase jerarquía constitucional a la mencionada Convención, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas.
EXPOR
EXPORTTACIONES
Disposición 5/2003-CCFC-SENASA
Apruébase el Manual de Procedimiento de Certificación Definitiva de Exportación.

2

1

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
ADHESIONES OFICIALES

Dase por otorgado el auspicio al Segundo Congreso Argentino de Girasol.
Decreto 688/2003
Bs. As., 21/8/2003
VISTO el expediente Nº 0129060/2003 del registro de esta Secretaría, y
PRESIDENCIA
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

2

JUSTICIA
Ley 25.779
Decláranse insanablemente nulas las Leyes Nros. 23.492 y 23.521.

1

OBLIGA
CIONES TRIBUT
ARIAS
OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS
Resolución 256/2003-MEP
Adécuanse, por razones operativas, los alcances de la Resolución Nº 150/2002
del ex Ministerio de Economía, mediante la cual se estableció el mecanismo de información que debe aplicar la Administración Federal de Ingresos Públicos a los fines de dar curso a los pedidos de pago de estímulos a la exportación presentados por exportadores que acrediten el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

3

PEQ
UEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
PEQUEÑAS
Disposición 8/2003-SSPMEDR
Apruébase el Procedimiento Operativo para la Solicitud de Inscripción a fin de integrar el Padrón de PyMES Exportadoras. Formularios de precalificación.
Plazos para la presentación de solicitudes de inscripción.

3

SISTEMA INTEGRADO
DE JUBILA
CIONES Y PENSIONES
JUBILACIONES
Resolución 158/2003-MTESS
Prorrógase por un plazo determinado la aplicación del subsidio temporario creado por el Decreto Nº 191/2003, en Departamentos de la Provincia de Santa Fe.

2

FE DE ERRATAS
Resolución 101/2003-ETOSS

3

6

INSTITUT
O NA
CIONAL
INSTITUTO
NACIONAL
DE VITIVINICUL
TURA
VITIVINICULTURA
Resolución C. 25/2003-INV
Exportaciones vitivinícolas. Adóptase el trámite acelerado de certificación analítica, instaurado mediante Carta Acuer-

GIRASOL, que se realizó en el Salón Pacífico de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, los días 12 y 13 de agosto de 2003.

Bs. As., 2/9/2003

Téngase por Ley de la Nación Nº 25.778 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Gustavo O. Béliz.

do Nº 2, suscripta por el Instituto y la Fundación Argeninta.

CONCURSOS OFICIALES

Resolución 173/2003

POR TANTO:

Pág.

CONSIDERANDO:

Que los objetivos que se persiguieron con la realización de dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción que llevó a cabo en la materia esta Secretaría.

Que la Asociación Argentina de Girasol, solicita el Auspicio de esta Secretaría para el SEGUNDO CONGRESO ARGENTINO DE

Que el mencionado evento, incluyó entre otros objetivos mostrar, como innovación organizacional, la importancia y el potencial de la inte-

DE LA

NACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI

JORGE EDUARDO FEIJOÓ

Secretario
Director Nacional
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas
8

Nuevos AVISOS OFICIALES

8

Nuevos
gración vertical a los fines de la promoción y desarrollo del girasol y productos derivados.
Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno de la Nación en materia de contención del gasto público la presente medida no implicó costo fiscal alguno.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTE-

www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección
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Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/09/2003

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9347

Primera edición02/01/1989

Ultima edición26/05/2024

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