Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/8/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 26.475 - 153/18

PARANA, viernes 17 de agosto de 2018

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 4102 MDS
Paraná, 7 de diciembre de 2017
Aprobando todo lo actuado mediante contratación directa por vía de excepción llevado a cabo entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos -IAPSER-, por la suma total de $
376.965,99, correspondiente al pago de facturas, derivado de contratación de Pólizas de Seguros para vehículos de la flota automotor perteneciente al Ministerio, correspondiente al período 30.6.2017 hasta el 31.12.2017, conforme con lo expresado en los considerandos precedentes y de acuerdo al anexo que forma parte del presente.
Facultando a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional a emitir orden de pago y autorizar a la Tesorería General de la Provincia a hacer efectivo el pago y/o transferencias pertinentes, a favor del IAPSER CUIT Nº 3050005550-9, de conformidad a las normativas legales e impositivas vigentes.
DECRETO Nº 4103 MDS
Paraná, 7 de diciembre de 2017
Aprobando la distribución de partidas de Comedores Escolares. Infantiles, Hogares de Ancianos y de Copas de Leche Provincia, correspondiente al mes de noviembre de 2017, a favor de los establecimientos educacionales e instituciones cuyas nóminas obran a fs. 2/77, 78/161 y 162/303 de autos, a los cuales se les ha entregado la Tarjeta SI.DE.CRE.E.R., por un monto total de $ 29.474.797,45 y de acuerdo al siguiente detalle:
Comedores Escolares - $ 21.301.774,45 -detalle de fs. 2 a 77.
Comedores Infantiles- $ 3.123.040,83 -detalle de fs. 78 a 161.
Hogares de Ancianos- $ 567.844,37 -detalle de fs. 162 a 197;
Copa de Leche- $ 4.482.137,80 -detalle de fs. 246 a 303.

E D ICION: 24 Págs. - $ 10,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
Autorizando el pago a favor de la firma SI.DE.CRE.E.R. S.A. por los servicios prestados en concepto de Compensación de Gastos de Implementación y Ejecución del Programa de acuerdo al convenio oportunamente, aprobado mediante Dcto. Nº 3937/15 MDS hasta la suma de $ 58.500 o inferior de acuerde a los consumos que realmente se plasmen en la liquidación.
Estableciendo que la Dirección de Comedores será el organismo responsable de la distribución de las partidas en los diversos establecimientos que cuenten con comedores escolares, infantiles o comunitarios y de los hogares de ancianos del ámbito provincial.
Facultando a la Subsecretaría de Administración jurisdiccional a emitir orden de pago hasta un máximo de $ 29.533.297,45, o el monto inferior que resulte de la liquidación efectiva y re sum en ge neral que realizará y remitirá SI.DE.CRE.E.R., a la Dirección de Comedores, de este Ministerio por la distribución de partidas a Comedores Escolares e Infantiles, Hogares de Ancianos y Copa de Leche Provincia, y la Compensación de Gastos de Implementación y Ejecución del Programa, autorizando a la Tesorería General de la Provincia a hacer efectivo el/los pagos pertinentes a favor de SI.DE.CRE.E.R. S.A.
DECRETO Nº 4122 MDS
DISPONIENDO INSTRUCCIÓN SUMARIA
Paraná, 7 de diciembre de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por las mismas informa las in asistencias incurridas por la agente Ivana Andrea Sánchez, MI N 24.390.479, Legajo N 205.291, con prestación de servicios en el Comedor Escolar de la Escuela N 110 Gral. Dr. Benjamín Victorica del Departamento Uruguay, dependiente de la Dirección de Comedores, del citado Ministerio;
Que las inasistencias que se le imputan corresponden a los días 24, 25, 26, 27, 28 y 31

de octubre, 01, 02, 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 29 y 30
de noviembre, 01, 02, 05, 06, 07, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21 y 22 de diciembre de 2016, 02, 03, 04, 05, 06, 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de enero, 01, 02, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23 y 24 de febrero, 01, 02, 03, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 27, 28, 29, 30 y 31 de marzo, 03, 04, 05, 06, 07, 10, 11, 12, 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27 y 28 de abril, 02, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 26, 29, 30 y 31 de mayo, 01, 02, 05, 06, 07, 08, 09, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de junio, 03, 04, 05, 06, 07, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y 31
julio, 01. 02, 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de agosto, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27 y 28 de septiembre de 2017, conforme surge de las planillas de asistencia obrantes a fs. 2/11 y al informe de la Dirección de Comedores;
Que atento a que la agente registra más de diez 10 días de inasistencias a su lugar de trabajo y que obra intimación realizada la que no tuvo respuesta, corresponde disponer la instrucción de un sumario administrativo, a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, por cuanto su conducta estaría incurso en la causal de abandono de servicios, conforme lo previsto por el artículo 71 inc. b de la Ley Nº 9755, manteniéndose vigente y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto N 2/70 SGG conforme lo dispuesto por el Art. 1 del Decreto N 2840/07 GOB;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ha dictaminado en el sentido expuesto, como así también la Dirección General de Recursos Humanos;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a través de la Dirección

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/8/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha17/08/2018

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4774

Primera edición01/12/2003

Ultima edición24/06/2024

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