Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/9/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a liquidar y abonar al locador referido en el presente, conforme lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato aprobado, previa presentación de certificados de los servicios prestados;
facturas correspondientes y certificado de libre deuda, conforme Resolución Nº 16/12 de la ATER y normas concordantes, subsiguientes y complementarias.
DECRETO Nº 336 MCyC
ACEPTANDO ADSCRIPCIÓN
Paraná, 13 de marzo de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por el Ministerio de Cultura y Comunicación; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas se solicita al Presidente Municipal de esta ciudad la adscripción de la agente María Victoria Campos, Legajo Nº 30.821, DNI Nº 34.824.923, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica de dicho Municipio, para que preste servicios en la Secretaría de Cultura, de la cartera referida; y Que desde la Municipalidad de Paraná se acogió favorablemente dicha solicitud, emitiendo el Decreto Nº 201, fechado el 20 de febrero del corriente año, mediante el cual se resolvió la adscripción de la agente precitado, para prestar servicios en el Ministerio de Cultura y Comunicación; y Que consecuentemente, se considera pertinente dictar el instrumento legal correspondiente de aceptación;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º A c é p t a s e l a a d s c r ip c ió n d e la agente municipal señora María Victoria Campos, Legajo Nº 30.821, DNI Nº 34.824.923.
dependiente de la Secretaría Legal y Técnica de la Municipalidad de Paraná, para que preste servicios en la Sala Manuel Antequeda, afectada a la Secretaría de Cultura del Ministerio de Cultura y Comunicación, dispuesta por el Decreto Nº 201, fechado el 20 de febrero de 2017, de dicho Municipio, y conforme lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Dispónese que la Secretaría de Cultura del Ministerio de Cultura y Comunicación, deberá comunicar mensualmente la efectiva prestación de los servicios de la agente referida en el artículo precedente, a la Dirección General de Recursos Humanos de la Municipalidad de Paraná.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider
DECRETO Nº 337 MCyC
Paraná, 13 de marzo de 2017
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre el señor Secretario de Cultura del Ministerio de Cultura y Comunicación, Doctor Faustino Schiavoni, DNI Nº 5.885.037, y el señor Eliel Martín Marcoff Seigorman, DNI Nº 39.031.671, con domicilio en Matheu Nº 265 de esta ciudad, para la ejecución de tareas que en el mismo se especifican, y con un plazo de ejecución de doce meses contados a partir del mes de enero de 2017, el que agregado forma parte del presente texto legal y que consta de 10 cláusulas.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3 del Decreto Nº 404/95 t.u.o. de la Ley de Contabilidad Nº 5.140 y sus modificatorias, incluida la Ley 8.964 y el artículo 142º, inciso 4, apartados a y bdel Decreto Nº 795/96 MEOSP, y en Decretos Nº 3.722/08
GOB, sus modificatorios Decreto Nº 7.773/08
MGJEOSP, y Decreto Nº 1.738/10 MEHF.

BOLETIN OFICIAL
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a liquidar y abonar al locador referido en el presente, conforme lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato aprobado, previa presentación de certificados de los servicios prestados;
facturas correspondientes y certificado de libre deuda conforme Resolución Nº 16/12 de la ATER y normas concordantes, subsiguientes y complementarias.
DECRETO Nº 338 MCyC
Paraná, 13 de marzo de 2017
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre el señor Secretario General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, don Edgardo Darío Kueider, y el señor Eloy Agustín López, DNI Nº 33.503.319, domiciliado en calle Yapeyú Nº 644, de la ciudad de Paraná, para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican, conforme al contrato que agregado forma parte integrante de la presente.
Encuadrando la gestión las disposiciones del artículo Nº 27, inciso c, apartado b, punto 3
del Decreto Nº 404/95 MEOSP texto único y ordenado de la ley Nº 5.140 y sus modificatorias, incluida la Ley Nº 8964, concordante con el artículo 142º, inciso 4, apartados a y b del Decreto Nos. 795/96 MEOSP y 3.722/08 GOB
y sus modificatorios, Decretos Nos. 7.773/08
MGJEOySP, y 1.738/10 MEHF.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a abonar al señor Eloy Agustín López, DNI Nº 33.503.319, las sumas que surjan de la aplicación de la cláusula cuarta del contrato que se aprueba por el presente, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, constancia de aprobación de trabajo correspondiente y certificado de libre deuda vigente, conforme Resolución Nº 16/12 de la ATER, y normas concordantes, subsiguientes y complementarias.
DECRETO Nº 339 MCyC
Paraná, 13 de marzo de 2017
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre el señor Secretario de Cultura del Ministerio de Cultura y Comunicación, Doctor Faustino Schiavoni, DNI Nº 5.885.037, y la señora Rocío Soledad García, DNI Nº 31.017.322, con domicilio en calle 25 de Junio Nº 717 de la ciudad de Paraná, para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican, y con un plazo de ejecución de 12 meses contados a partir del mes de enero de 2017, el que agregado forma parte del presente texto legal y que consta de 10 cláusulas.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3 del Decreto Nº 404/95 t.u.o. de la Ley de Contabilidad Nº 5.140 y sus modificatorias, incluida la Ley 8.964 y el artículo 142º, inciso 4, apartados a y b del Decreto Nº 795/96 MEOSP, y en Decretos Nº 3.722/08
GOB, sus modificatorios Decreto Nº 7.773/08
MGJEOSP, y Decreto Nº 1.738/10 MEHF.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a liquidar y abonar al locador referido en el presente, conforme lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato aprobado, previa presentación de certificados de los servicios prestados;
facturas correspondientes y certificado de libre deuda, conforme Resolución Nº 16/12 de la ATER y normas concordantes, subsiguientes y complementarias.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 2743 MDS
ACORDANDO PENSION
Paraná, 29 de agosto de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el
Paraná, martes 5 de setiembre de 2017
Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que la peticionante ha cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035
en su Artículo 1º, Inciso A: a la ancianidad, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó la gestión informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Acuérdase a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, la pensión correspondiente a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º.-, Inciso A, por el concepto de ancianidad, de acuerdo al sistema de haberes que fija el Artículo 2º.- del Decreto Nº 4886/86 M.A.S.; a la persona que a continuación se detalla:
Departamento Parana:
DNI Form. - Cod.
Ancianidad:
Alvarez, Eloisa Beatriz 14.160.878 2078
- 10-78
Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 2744 MDS
ACORDANDO PENSION
Paraná, 29 de agosto de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que el peticionante ha cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035
en su Artículo 1º, Inciso A: a la ancianidad, justificando el estado de necesidad;
Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó la gestión informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Acuérdase a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, la pensión correspondiente a la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º.-, Inciso A, por el concepto de ancianidad, de acuerdo al sistema de haberes que fija el Artículo 2º.- del Decreto Nº 4886/86 M.A.S.; a la persona que a continuación se detalla:
Departamento Parana:
DNI Form. - Cod.
Ancianidad:
Gomez, Maximo 11.807.061 2669 - 10-00
Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 2745 MDS
ACORDANDO PENSION
Paraná, 29 de agosto de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO:
Que el peticionante ha cumplido los requisi-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/9/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/09/2017

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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