Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/9/2017

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Nº 26.254 - 172/17

PARANA, miércoles 13 de setiembre de 2017

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 220 MS
RATIFICANDO CONVENIO
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la ratificación del Convenio Marco celebrado entre la Universidad Autónoma de Entre Ríos y el Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO:
Que el mismo fue suscripto por el Bioingeniero Aníbal Javier Sattler, en calidad de Rector de la Universidad y por el Dr. Ariel Lisandro de la Rosa, en su carácter de Ministro de Salud, el día 7 de diciembre de 2016;
Que el mismo tiene por objeto establecer relaciones institucionales y jurídicas entre las partes para la implementación de acciones de cooperación, gestión de planes, proyectos y programas en áreas de mutuo interés;
Que a fin de dar cumplimiento al objetivo del presente Convenio, las partes se comprometen a elaborar de manera conjunta Convenios Específicos destinados a regular las acciones a seguir respecto de cada uno de los planes, proyectos y programas, a fin de garantizar el establecimiento de condiciones y finalidades particulares de acuerdo con la naturaleza de cada temática particular;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud ha dictaminado al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Ratifícase el Convenio Marco cele-

E D ICION: 26 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
brado entre la Universidad Autónoma de Entre Ríos y el Ministerio de Salud, que agregado forma parte integrante del presente decreto, el cual tiene por objeto establecer relaciones institucionales y jurídicas entre las partes para la implementación de acciones de cooperación, gestión de planes, proyectos y programas en áreas de mutuo interés, atento a lo manifestado en los considerandos precedentes.Art. 2º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Ariel L. de la Rosa
DECRETO Nº 229 MS
DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se tramita la denuncia realizada por la Sra. Carina Raquel Payon, DNI N 31.307.761 en nombre de su hermana Mónica Noelia Payon, DNI N
30.187.339; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 de autos obra copia de la certificación policial en la que consta la denuncia referenciada contra el Sr. Javier Emiliano Martínez y Ariel Pablo Ramón Beron, ambos enfermeros del Hospital San Martín de Paraná por la cual se los acusa de abuso deshonesto contra la paciente Mónica Noelia Pavón, ocurrido en la Sala de Traumatología y Mujeres el día 12/11/2016, siendo las 23 hs. aproximadamente;
Que a fs. 3 luce agregado copia de comunicación vía correo electrónico por la que se informa la apertura de la causa Pavón Mónica
s/ Su denuncia y a fs. 5 obra resolución por la cual el Dr. Humberto Franchi Juez de Garantías N 3 dispone la prohibición de los denunciados Ariel Pablo Ramón Beron y Javier Emiliano Martínez de acercarse a un radio de 200
metros de domicilio de la presunta víctima, la denunciante y su grupo familiar;
Que asimismo se prohíbe el acercamiento a cualquier lugar público y/o privado en que la misma se encuentre en particular la sala de Traumatología del Hospital San Martín de Paraná, por un plazo de 90 días;
Que de acuerdo a la comunicación telefónica con la responsable del Departamento de Enfermería, la paciente, y presunta víctima del delito denunciado, ha sido dada de alta del establecimiento, por tanto no existe actualmente restricción judicial que impida a los enfermeros asistir a su lugar de trabajo;
Que no obstante ello, cabe considerar las cuestiones especiales que envuelven la presente situación de hecho, por cuanto la denuncia recaída sobre los enfermeros citados, refiere a actos presuntamente realizados en su lugar de trabajo, que vulnera tanto los derechos individuales de la paciente, como el debido respeto y decoro con que un agente de la administración debe conducirse en el ámbito laboral;
Que la situación planteada, revista una gravedad tal que si bien los hechos delictivos denunciados son objetos de la correspondiente investigación penal iniciada, la denuncia presentada asimismo en el Hospital, justifican el inicio del correspondiente sumario administrativo contra los enfermeros sindicados;
Que los actos que se imputan, denuncia abuso deshonesto contra una paciente del Hospital, justifican la apertura de un sumario administrativo contra el agente Ariel Pablo Ramón

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/9/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha13/09/2017

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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