Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/10/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 25.084 - 191/12

PARANA, martes 16 de octubre de 2012

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 3282 MEHF
DISPONIENDO CREACION DE
PROGRAMA
Paraná, 27 de septiembre de 2012
VISTO:
La tramitación tendiente a la ampliación del Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Entre Ríos, creado por Decreto Nº 1851/12 MEHF; y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1851/12 MEHF se dispuso la creación de un Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Entre Ríos, con vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2012, denominado Letras ER vto. 2012, por un valor nominal en circulación de hasta Pesos Trescientos Setenta Millones $370.000.000, o su equivalente en otras monedas, a emitirse bajo los términos y condiciones generales allí descriptos el Programa;
Que el citado Programa se creó enmarcado en el Artículo 67º de la Ley Nº 5.140 TO
Decreto Nº 404/95 MEOSP, modificado por el Artículo 2º de la Ley Nº 10.111;
Que por el Artículo 2º del Decreto Nº 1851/12
MEHF se encomendó al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas la implementación del programa, teniendo a su cargo, entre otros, la determinación de la oportunidad y conveniencia para la emisión y la definición de sus términos y condiciones particulares;
Que en dicho marco el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas ha diagramado la emisión de tres series I, II, y III, produciéndose su vencimientos finales en los meses de octubre, noviembre y diciembre del corriente año;
Que las emisiones colocadas han denotado un excelente posicionamiento de la Provincia
EDICION: 20 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
en el mercado de capitales, por lo que se entiende necesario y conveniente dar continuidad al Programa de emisión de Letras;
Que el Artículo 67º de la Ley Nº 5.140 TO
Decreto Nº 404/95 MEOSP, modificado por Ley Nº 10.111, en el cual se enmarcó el programa Letras ER vto. 2012, contempla que de superarse el ejercicio sin ser reembolsadas las Letras se transformarán en deuda pública, debiendo cumplir con los requisitos que al respecto se establecen;
Que por los Artículos 5 y 6 de la Ley Nº 10.083 se faculta al Poder Ejecutivo a concretar operaciones de crédito público mediante la colocación de títulos, entre otras modalidades, con destino a la refinanciación y/o debiendo cumplir con los requisitos que al respecto se establecen;
Que por los Artículos 5 y 6 de la Ley Nº 10.083 se faculta al Poder Ejecutivo a concretar operaciones de crédito público mediante la colocación de títulos, entre otras modalidades, con destino a la refinanciación y/o reestructuración de los servicios de la Deuda Pública por hasta la suma de Pesos Trescientos Sesenta Millones $ 360.000.000, y con destino al financiamiento del déficit acumulado y consolidado de las Rentas Generales, por hasta la suma de Pesos Cuatrocientos Siete Millones Ciento Treinta Mil $ 407.130.000; autorizaciones que presentan saldo disponible para su utilización por la suma de Pesos Ciento Sesenta y Siete Millones Ciento Treinta Mil $
167.130.000;
Que dichos Artículos contemplan que a los efectos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del endeudamiento, el Poder Ejecutivo se encuentra autorizado para afectar y/o ceder los derechos de la Provincia sobre las sumas a percibir por el régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley Nº 25.570
o el Régimen que lo sustituya;

Que por Ley Nº 10.111 se establece que las operaciones autorizadas por los Artículos 5º y 6º de la Ley Nº 10.083 podrán realizarse en pesos o su equivalente en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera;
Que este Poder Ejecutivo, en uso de la autorización legislativa consignada, entiende oportuno disponer la modificación del Programa de emisión de Letras previendo su ampliación;
Que conjuntamente se entiende necesario facultar al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas para que dicte las reglamentaciones y aclaratorias correspondientes, defina los términos y condiciones particulares de cada emisión, realice las gestiones inherentes y suscriba toda la documentación que resulte necesaria para perfeccionar la operatoria;
Que ha tomado intervención la Contaduría General de la Provincia, emitiendo informe de competencia, en el que no se verifica objeciones en relación a la operatoria de financiamiento tramitada;
Que también ha tomado intervención la Fiscalía de Estado, en lo que es de su competencia, no encontrando reparos que formular;
Por ello;
El Vicegobernador de la Provincia a cargo del Poder Ejecutivo D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la creación de un Programa de emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Entre Ríos, denominado Letras ER 2012 las Letras o el Programa, en el marco de la autorización conferida por los Artículos 5 y 6 de la Ley Nº 10.083, y su complementaria Ley Nº 10.111, y como ampliación del Programa de Letras ER vto. 2012 creado por Decreto Nº 1851/12 MEHF, a emitirse bajo los siguientes términos y condiciones generales:
aMonto: hasta un máximo en circulación bajo el Programa de Valor Nominal Pesos Ciento Sesenta y Siete Millones Ciento Treinta Mil $ 167.130.000, o su equivalente en otras monedas.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/10/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha16/10/2012

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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