Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/8/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 24.803 - 151/11

PARANA, lunes 15 de agosto de 2011

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, EMPLEO, CIENCIA Y
TECNOLOGIA
DECRETO Nº 625 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 29 de marzo de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Sr.
Juan Luis Villanueva; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 11 de marzo de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo administrativo presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 298514 RU, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 28 de octubre de 2010 en el Área Liquidaciones del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Juan Luis Villanueva, constituyendo domicilio legal en calle Victoria Nº 296 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo administrativo presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Esta-

EDICION: 20 Págs. - $ 2,00

D. Sergio Daniel Urribarri Dr. D. José Eduardo Lauritto Cr. D. Adán Humberto Bahl Cr. D. Diego Enrique Valiero D. José Orlando Cáceres Dr. D. Angel Francisco Giano Arq. D. Guillermo Luis Federik Cr. D. Roberto Emilio Schunk
do de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres - DECRETO Nº 626 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 29 de marzo de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Raúl Oscar Muñoz; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 2 de marzo de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido el Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº l/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 353267 RU, por el que se tramita el recurso en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 18 de agosto de 2010 en la Mesa de Entradas de la Fiscalía de Estado;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Fiscalía de Estado en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Raúl Oscar Muñoz, constituyendo domicilio legal en calle Laprida Nº 374 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Fiscalía de Estado a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.

Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Fiscalía de Estado a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 627 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 29 de marzo de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Amelia Busseti de Seri; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 4 de marzo de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 133059 RU, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 20 de mayo de 2010 en el Area Liquidaciones del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra.
Amelia Busseti de Seri, constituyendo domicilio legal en Alameda de la Federación Nº 621 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/8/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha15/08/2011

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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