Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/03/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 61
CORDOBA, R.A. JUEVES 30 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

el lapso de SESENTA Y CINCO DÍAS previos a la fecha en que se fijen las elecciones municipales, debe dictar y publicar el Decreto de convocatoria a dichos comicios. Por lo expuesto, en los considerando y normas citadas, en ejercicio de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE UNQUILLO
DECRETA
Artículo 1: CONVOCASE al Electorado de la Ciudad de Unquillo, Departamento Colon de la Provincia de Córdoba, para que el día 04 de junio de 2023, elija para los siguientes cargos a cubrir:
A.- Siete 7 Concejales Titulares y Siete 7 Concejales Suplentes para integrar el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Unquillo art. 12 de la Ley Orgánica de Municipios y Comunas N 8102;
B.- Un 1 Intendente Municipal como Titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Unquillo art. 39 de la Ley Orgánica de Municipios y Comunas N 8102;
C.- Tres 3 Miembros Titulares y Tres 3 Miembros Suplentes para integrar el Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Unquillo art. 78 de la Ley Orgánica de Municipios y Comunas N 8102.
Todos ellos, para cubrir el periodo de gobierno que transcurra desde el 10
de diciembre de 2023 al 09 de diciembre de 2027.Mediante la utilización del sistema de votación de boleta partidaria, cuya tipología determina el Art. 27 de la Ordenanza N 82/2000.
Artículo 2: La distribución de bancas y cargos de los órganos colegiados que se eligen Concejo Deliberante y Tribunal de Cuentas Municipal se realizara conforme con la Ley Orgánica Municipal N 8102, concordante con el código electoral provincial. Artículo 3: ESTABLÉCESE que en la elección Municipal para renovación de autoridades podrán votar los electores que correspondan al CIRCUITO N 40 denominado Unquillo SECION ELECTORAL N3 DPTO.
COLON, según Registro Nacional y/o Provincial de Electores.-

Viene De Pag. 1

MUNICIPALIDAD SAN JOSÉ
Ordenanza N 746/2023 Pag. 14
Ordenanza N 747/2023 Pag. 15
Decreto N 01/2022 Pag. 15
Decreto N 02/2023 Pag. 15
Decreto N 03/2023 Pag. 16
COMUNA DE VILLA DE POCHO
Resolución Nº 10/2023 Pag. 16
COMUNA DE LOS TALARES
Resolucion N 05 /2023 Pag. 17

las actividades que entiendan pertinentes para garantizar la eficiencia y regularidad del proceso eleccionario, conforme las disposiciones legales.
Artículo 5: En las elecciones ordinarias convocadas serán de aplicación las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipios y Comunas N 8102, las prescripciones pertinentes de la Ordenanza N 82/2000 y, supletoriamente, el Código Electoral de la Provincia de Córdoba Ley N 9571 y sus modificatorias y el de la Nación, en ese orden. conforme lo previsto por el Art. 142 de la Ley Orgánica de Municipios y Comunas N 8102
Artículo 6: El Departamento Ejecutivo es la Autoridad de Aplicación de este Decreto y su titular será responsable y gozará de las atribuciones necesarias a los fines de dar cumplimiento a los requerimientos humanos, infraestructura, materiales, muebles, inmuebles, útiles y cualquier otro que efectúe la Junta Electoral Municipal en el ejercicio de sus funciones. Artículo 7: El presente instrumento será refrendado por el Secretario de Gobierno. Artículo 8: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, notifíquese a la Junta Electoral Municipal, al Concejo Deliberante y al Tribunal de Cuentas, dese la más amplia publicidad, publíquese por una semana en el Juzgado de Paz de Unquillo y por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, comuníquese para su conocimiento y a los efectos que hubiere lugar al Juzgado Electoral de Córdoba y Archívese.ANEXO

Artículo 4: NOTIFÍQUESE el presente Decreto a la Junta Electoral Municipal a los fines de que coordine con los órganos públicos que correspondan
MUNICIPALIDAD

1 día - Nº 444401 - s/c - 30/03/2023 - BOE

MONTE BUEY

Decreto Municipal Nº 2599/2023
DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, MONTE BUEY, DEPARTAMENTO MARCOS JUÁREZ, PROVINCIA DE CÓRDOBA, a los Veintisiete 27 días del mes de Marzo del año Dos Mil Veintitrés.VISTO: Que las actuales autoridades municipales finalizan sus mandatos el día Diez 10 de Diciembre de 2023, resultando exigible proveer a la elección de quienes los sucederán en sus funciones, y;

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONSIDERANDO:
Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal convocar a elecciones municipales dentro los plazos previstos por la normativa electoral vigente y aplicable, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49º, inciso 4 de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102. Que el Artículo 143 de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102 prevé que las elecciones ordinarias para la renovación de autoridades municipales tendrán lugar en el plazo comprendido entre los Treinta 30 días anteriores y los Treinta 30 días posteriores a la fecha fijada por el Poder Ejecutivo Provincial para la elección de autoridades provinciales.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/03/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha30/03/2023

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1439

Primera edición31/07/2018

Ultima edición04/06/2024

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