Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

MIÉRCOLES 22 DE MARZO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 56
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD

RÍO TERCERO

5

a SECCION

LLAMADO A LICITACION PUBLICA Nº 03/2023
OBJETO: FABRICACION DE CUARENTA 40 GABINETES Y SU INSTALACION EN VEINTE 20 PUNTOS VERDES FIJOS, según Pliego de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Presupuesto oficial. VALOR DEL PLIEGO: Pesos Veinticuatro Mil Doscientos Treinta y Tres $24.233 PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOCE MILLONES
CIENTO DIECISÉIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SESENTA
Y TRES CTVOS. $ 12.116.596,63 VENTA DE LOS PLIEGOS: en Sección Compras de Lunes a Viernes de 7:30 a 13:00 hs. hasta el día 10/04/2023
inclusive FECHA DEL ACTO DE APERTURA: 11/04/2023 a la hora 10:00
en el Palacio Municipal RECEPCION DE SOBRES: tendrá lugar en Mesa de Entrada de Secretaría de Gobierno y Asuntos Institucionales hasta el 06/04/2023 una hora antes al acto de apertura. CONSULTAS E INFORMES: En Sección Compras y Suministros - Te. 03571 15615852 - Domicilio: Alberdi y Alsina 2 días - Nº 442725 - $ 3060,80 - 23/03/2023 - BOE

MUNICIPALIDAD

MORRISON

DECRETO 07/2023
Visto: Que las actuales autoridades municipales terminan su mandato el día diez del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.Y Considerando:

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 49 inc. 4 de la Ley8102, es facultad privativa del Departamento Ejecutivo Municipal la convocatoria a elecciones generales para la renovación de autoridades que conforman el Gobierno Municipal y sus organismos de control, es decir, Intendente, miembros del Concejo Deliberante y del Tribunal de Cuentas.
Que, por lo expresado precedentemente, se hace necesario definir la fecha de las elecciones municipales de nuestra localidad.
Que, conforme a ello, corresponde establecer que, a los fines de la composición del Concejo Deliberante, y de acuerdo al número de habitantes y lo establecido por el Art. 12 de la Ley 8102 corresponde a esta localidad de Morrison la convocatoria a la elección de siete miembros titulares y siete suplentes del Cuerpo Legislativo.
Que el presente Decreto deberá ser notificado al Juzgado Electoral Provincial, para que en ejercicio de sus legítimas facultades y deberes proceda a proveer todo lo concerniente al proceso electoral local, de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica Municipal y leyes electorales aplicables al caso.
Por Ello, la intendente Municipal de Morrison BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD RÍO TERCERO
Llamado A Licitacion Publica Nº 03/2023 Pag. 1
MUNICIPALIDAD MORRISON
Decreto N 07/2023 Pag. 1
MUNICIPALIDAD SAIRA
Decreto 06/2023 Pag. 2
Decreto N 07/2023 Pag. 2
Decreto N 08/2023 Pag. 3
Decreto N 09/2023 Pag. 3
Decreto N 10/2023 Pag. 3
Decreto N 11/2023 Pag. 4
Decreto N 12/2023 Pag. 4
Decreto N 13/2023 Pag. 4
Decreto N 14/2023 Pag. 5
Ordenanza N 588/23, Pag. 5
Ordenanza N 589/23, Pag. 5
Ordenanza N 590/23, Pag. 6
MUNICIPALIDAD PASCO
Decreto Nº 21/2023 Pag. 6
MUNICIPALIDAD SARMIENTO
Decreto N 04/2023 Pag. 7
Decreto Nº: 06 /2023 Pag. 7
Ordenanza Nº: 59272022 Pag. 8
MUNICIPALIDAD LEONES
Decreto N 028/2023 Pag. 9
Ordenanza Nº 1532/2023 Pag. 10
Ordenanza Nº 1533/2023 Pag. 11
MUNICIPALIDAD LAS PERDICES
Notificación Pag. 12
MUNICIPALIDAD EMBALSE
Notificación Pag. 12

D E C R ETA
Artículo 1º: Convocase al electorado de la Municipalidad de Morrison para el día domingo 11 de junio de 2023 para elegir Intendente Municipal, siete 7 miembros titulares del Concejo Deliberante y siete 7 suplentes, así como tres 3 miembros titulares del Tribunal de Cuentas y tres 3
suplentes. Los electos asumirán sus funciones el día 10 de diciembre de 2023, feneciendo sus mandatos el día 10 de diciembre del año 2027. Deberán los candidatos reunir los requisitos exigidos por la Ley Nº 8.102 para cada categoría de cargos a cubrirse.
Artículo 2º: La distribución de las bancas en el Concejo Deliberante se hará de conformidad a lo prescripto en el art. 137 de la Ley 8.102.
Artículo 3º: La representación en el Tribunal de Cuentas será de dos 2 miembros por el partido que obtenga mayor cantidad de votos y uno 1
por el que le siga en el resultado de las elecciones Art. 78.

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha22/03/2023

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones1414

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/04/2024

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